Tiene como función proteger los poderes de la Cámara cuando ésta no está
reunida (vacaciones o periodos intersesiones) y en caso de disolución o
extinción del mandato del Parlamento.
Está presidida por el Presidente del
Parlamento y la componen un mínimo de once miembros, que representan a
los Grupos Parlamentarios en proporción a su importancia numérica.
Ningún diputado que sea miembro del Gobierno de Canarias puede serlo
de la Diputación Permanente.