Preguntas de iniciativa ciudadana

Cualquier ciudadano residente en Canarias podrá formular preguntas para su respuesta oral al Gobierno de Canarias o a cada uno de sus miembros.

Presentación

Las preguntas se presentarán por escrito en el Registro General del Parlamento de Canarias, debiendo contener los requisitos de identificación que se prevén en la Ley reguladora del régimen jurídico de las administraciones públicas.

Admisión

Una vez examinadas por la Mesa de la Cámara, y de ser admitidas si cumplen los requisitos que se exigen en el presente capítulo a las demás preguntas, aquélla ordenará su traslado a los distintos grupos parlamentarios.

Asunción por los diputados

Sólo podrán tramitarse ante el Pleno o en Comisión aquellas preguntas que sean asumidas por un diputado, para lo cual éste habrá de comunicarlo por escrito a la Mesa de la Cámara. De ser varios los diputados que desearan asumir una misma pregunta, se le asignará a aquél que primero manifieste fehacientemente su intención de hacerlo.

Decaimiento

Las preguntas admitidas a trámite por la Mesa de la Cámara que no hayan sido asumidas por ningún diputado en el plazo de quince días desde la fecha de su admisión se considerarán decaídas, no pudiendo ser objeto de tramitación ni en Pleno ni en Comisión.

Determinación de su tramitación en pleno o en comisión

La decisión sobre si la pregunta de iniciativa popular se tramita en Pleno o en Comisión corresponde al diputado que la haya asumido aunque, en todo caso, éste habrá de hacer constar en su intervención el autor de la iniciativa, salvo que expresamente éste haya solicitado permanecer en el anonimato haciéndolo constar en su escrito de presentación. Asimismo, el diputado no podrá modificar de forma sustancial en su intervención el contenido originario del texto de la pregunta.

Inclusión en el orden del día

En cada sesión plenaria sólo podrán formularse dos preguntas de este tipo como máximo. Para su inclusión en el orden del día se tendrá en cuenta como criterio prioritario el orden cronológico de su presentación, sin perjuicio de que éste pueda ser alterado por razones de urgencia o de actualidad, cuando la materia sobre la que versa la pregunta así lo aconseje.

Preguntas pendientes

Finalizado un periodo de sesiones, las preguntas de iniciativa popular asumidas dentro de plazo por un diputado que no hayan podido ser sustanciadas en Pleno o Comisión, se tramitarán como preguntas con respuesta por escrito.