Señal institucional del Pleno del debate general sobre el estado de la nacionalidad canaria

El Parlamento de Canarias ofrecerá señal institucional del Pleno del debate general sobre el estado de la nacionalidad canaria el día 26 de marzo, para televisiones y emisoras de radio. En la segunda jornada del debate no habrá señal institucional, y el acceso a la grabación de imágenes será libre para los medios de comunicación (día 27 de marzo: Propuestas de Resolución).

La sesión comenzará el próximo martes, a las 11:30 horas, con la intervención del Presidente del Gobierno de Canarias, por un tiempo aproximado de dos horas.

25/mar/2013

Desarrollo del Debate

El Pleno continuará esa misma tarde, a las 16:00 horas con la réplica de los portavoces de los Grupos Parlamentarios, en el siguiente orden: Popular, Mixto, Socialista Canario y Nacionalista Canario (CC-PNC-CCN), por un tiempo que no deberá superar los cuarenta minutos. El Presidente del Gobierno de Canarias podrá responder a los Grupos de manera individual (20 minutos) o conjunta (40 minutos) y cada Grupo tendrá derecho de réplica (15 o 10 minutos).

La respuesta del Gobierno a esta réplica cerrará el debate del martes (30 minutos).

Los Grupos podrán presentar Propuestas de Resolución hasta las 8:30 horas del miércoles 27. Las que hayan sido admitidas a trámite por la Mesa, serán debatidas a partir de las 10.30, hora en la que se reanudará la sesión.

La defensa de las Propuestas de Resolución presentadas, así como la fijación de posición sobre las de los otros Grupos Parlamentarios, se realizará de forma conjunta por cada Grupo en un turno único de 30 minutos, siguiendo el orden de su presentación en el registro. Para finalizar la sesión se votarán las Propuestas de cada Grupo Parlamentario.

Normativa que regula el Debate

•Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias (art. 13 c)

•Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (art. 48)

•Reglamento del Parlamento de Canarias aprobado en sesión plenaria de 17 de abril de 1991 (Las modificaciones subsiguientes han sido aprobadas en sesiones plenarias celebradas el 28 y 29 de marzo de 1995; el 14, 15 y 16 de abril de 1999; el 26 y 27 de marzo de 2003 y el 8 de julio de 2009). (art. 182)