PREGUNTAS DE INICIATIVA CIUDADANA
Cualquier ciudadano residente en Canarias
podrá formular preguntas para su respuesta oral al
Gobierno de Canarias o a cada uno de sus miembros.
Presentación
Las preguntas se presentarán por escrito en el
Registro General del Parlamento de Canarias, debiendo
contener los requisitos de identificación que se prevén
en la Ley reguladora del régimen jurídico de las
administraciones públicas.
Admisión
Una vez examinadas por la Mesa de la Cámara,
y de ser admitidas si cumplen los requisitos que se
exigen en el presente capítulo a las demás preguntas,
aquélla ordenará su traslado a los distintos grupos
parlamentarios.
Asunción por los diputados
Sólo podrán tramitarse ante el Pleno o en
Comisión aquellas preguntas que sean asumidas por
un diputado, para lo cual éste habrá de comunicarlo
por escrito a la Mesa de la Cámara. De ser varios los
diputados que desearan asumir una misma pregunta,
se le asignará a aquél que primero manifieste
fehacientemente su intención de hacerlo.
Decaimiento
Las preguntas admitidas a trámite por la Mesa
de la Cámara que no hayan sido asumidas por ningún
diputado en el plazo de quince días desde la fecha de
su admisión se considerarán decaídas, no pudiendo ser
objeto de tramitación ni en Pleno ni en Comisión.
Determinación de su tramitación en pleno o en comisión
La decisión sobre si la pregunta de iniciativa
popular se tramita en Pleno o en Comisión corresponde
al diputado que la haya asumido aunque, en todo caso,
éste habrá de hacer constar en su intervención el autor
de la iniciativa, salvo que expresamente éste haya
solicitado permanecer en el anonimato haciéndolo
constar en su escrito de presentación. Asimismo, el
diputado no podrá modificar de forma sustancial en su
intervención el contenido originario del texto de la
pregunta.
Inclusión en el orden del día
En cada sesión plenaria sólo podrán formularse
dos preguntas de este tipo como máximo. Para su
inclusión en el orden del día se tendrá en cuenta como
criterio prioritario el orden cronológico de su
presentación, sin perjuicio de que éste pueda ser
alterado por razones de urgencia o de actualidad,
cuando la materia sobre la que versa la pregunta así lo
aconseje.
Preguntas pendientes
Finalizado un periodo de sesiones, las
preguntas de iniciativa popular asumidas dentro de
plazo por un diputado que no hayan podido ser
sustanciadas en Pleno o Comisión, se tramitarán como
preguntas con respuesta por escrito.
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