El Parlamento de Canarias aprueba el Proyecto de Ley de medidas aplicables al destino del Fondo Canario de Financiación Municipal

El Pleno del Parlamento de Canarias aprobó hoy, con 33 votos a favor y 19 abstenciones, el Proyecto de Ley de Medidas Aplicables al destino del Fondo Canario de Financiación Municipal a través del cual se permite a los ayuntamientos que cumplan los indicadores de saneamiento económico-financiero establecidos en la Ley que regula este Fondo, salvo el de ahorro neto, destinar la parte de 2013 correspondiente a saneamiento a la cancelación de la deuda con proveedores a 31 de diciembre de 2012 y a inversión o ayudas de emergencia social, hasta el porcentaje establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el presente ejercicio.

29/jul/2013

El Proyecto persigue así dar a los ayuntamientos menos endeudados y con mayores índices de saneamiento económico-financiero la posibilidad de destinar una parte del Fondo Canario a la cancelación de la deuda comercial y, en el caso de no tenerla, a inversión o a ayudas de emergencia social.

Según se explica en el texto, esta es una medida coyuntural de apoyo al esfuerzo de saneamiento realizado por determinadas corporaciones municipales del Archipiélago, con la que se pretenden conseguir efectos directos en el ámbito socioeconómico, al propiciar que las empresas proveedoras o prestadoras de servicios a los ayuntamientos ganen en liquidez y competitividad.

Además, la medida pretende estimular la inversión pública y propiciar un beneficio para la población más desfavorecida, a través del destino de parte del Fondo Canario a ayudas de emergencia social.

Antecedentes

La Ley 3/1999, de 4 de febrero, creó el Fondo Canario de Financiación Municipal con el objetivo de establecer un mecanismo de financiación a las entidades municipales que posibilitara su saneamiento económico-financiero y les permitiera disponer de recursos adicionales para cumplir sus competencias y prestar servicios.

Su regulación ha sido objeto de diversas modificaciones para solventar las dificultades surgidas en su aplicación práctica o a adaptar sus previsiones a las nuevas necesidades que han ido surgiendo desde su aprobación. Asimismo, ha sido necesario arbitrar medidas transitorias, ante coyunturas económicas determinadas, que no han alterado la regulación general del Fondo. Esta evolución dinámica del Fondo resulta coherente con su carácter instrumental y le está permitiendo adaptarse a las distintas necesidades planteadas en la financiación municipal desde su creación.