Diario de Sesiones 144, de fecha 20/12/2018
Punto 11

9L/PO/P-2362 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON ANTONIO ÁNGEL CASTRO CORDOBEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NACIONALISTA CANARIO (CC-PNC), SOBRE MEDIDAS PREVISTAS EN LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS PARA EL IMPULSO ECONÓMICO DE LA PALMA, LA GOMERA Y EL HIERRO, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE HACIENDA.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Siguiente pregunta: del señor diputado don Antonio Ángel Castro Cordobez, del Grupo Nacionalista Canario, sobre medidas previstas en la modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para el impulso económico de La Palma, La Gomera y El Hierro, dirigida a la señora consejera de Hacienda.

Señor Castro.

El señor CASTRO CORDOBEZ (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente. Señorías, muy buenos días. Doña Rosa Dávila, muy buenos días.

Bueno, en primer lugar hay que felicitarla por el Régimen Económico y Fiscal, yo no lo había hecho eso y lo tengo que hacer.

Señorías, cuatro o cinco ideas de uno de los éxitos mayores de nuestra legislatura, que tiene un calado que trasciende mucho más allá, mucho más allá de lo que pueda ser esta legislatura. Es nuestro fuero, el fuero del Régimen Económico y Fiscal, y que es recogido por el Estatuto de Autonomía y que se ha ido modificando a lo largo de los cinco últimos años: en el 2014, en la ley 28 se modificaban las medidas fiscales y financieras; después el decreto-ley, las ayudas de Estado; en el 2018, que el trabajo es suyo y de este Gobierno y del presidente Clavijo, se ha aprobado el nuevo REF, que, como digo, empieza a anclarse en el Estatuto y que algún día tendrá que quedar anclado perfectamente en la Constitución como el hecho diferencial y singular de Canarias.

Son excepcionales las medidas que se han conseguido para Canarias. Una de ellas es que la reconoce como región ultraperiférica -y voy a ir siguiendo, porque el futuro que puede deparar esta ley es inmenso para Canarias-. Se establecen medidas económicas para la cohesión social, la competitividad, las telecomunicaciones -destaco algunas-, el suministro eléctrico, la gestión de residuos, los precios del agua, el empleo, que Canarias se reconoce como plataforma atlántica, medidas para las universidades canarias, regula los convenios, los sistemas de convenio con el Estado, el comercio exterior, competencias a la comunidad autónoma, incluso las comunidades de aguas, que quedan exentas de la transmisión y del impuesto de empresas.

Pero yo me quiero concretar en lo que es otra parte, que es el logro histórico. Histórico es que aparece en el REF por primera vez la diferenciación de las islas según su situación económica, es decir, se reconoce la doble insularidad, la doble insularidad, y se establecen medidas no solo para las islas de La Gomera, La Palma y El Hierro, como dice la pregunta, sino también para todas las islas; y en La Palma, La Gomera y El Hierro se establecen medidas para el desarrollo turístico.

Yo quiero felicitarla y espero que usted pueda aclarar esas medidas en lo que queda de tiempo...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Castro.

Señora consejera de Hacienda.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Muchísimas gracias, señor Castro, por esta pregunta, porque creo que, una vez que se ha aprobado el Régimen Económico y Fiscal, hay que abundar en la cantidad de medidas específicas, herramientas útiles, de las que nos hemos dotado en este Régimen Económico y Fiscal, haciendo diferenciación de las distintas singularidades de las islas.

Como bien saben, el Régimen Económico y Fiscal quedó aprobado el pasado mes de octubre, publicado en el mes de noviembre, con un alto nivel de consenso, y se lograron grandes actuaciones en prácticamente todos los ámbitos, pero específicamente creo que hoy es de justicia recordar y reconocer -y tengo que decirlo públicamente y en esta Cámara-, que fue un empeño personal del señor Castro, que durante semanas estuvimos trabajando intensamente para que el reconocimiento de las islas verdes también quedara anclado en el Régimen Económico y Fiscal.

Hay dos medidas muy concretas: el artículo 20 y la disposición adicional cuarta, que recogen medidas específicas para estas islas.

En lo que se refiere al artículo 20, el REF mejora los incentivos económicos regionales dotándolos de más flexibilidad en cuanto al funcionamiento de estos incentivos y permitiendo localizar inversiones en estas islas sin más limitaciones sectoriales y financieras que las establecidas por la norma comunitaria. La novedad es que el nuevo REF prima la inversión en las islas mediante la exigencia de un volumen mínimo de inversión establecido para el resto del territorio y a los efectos pasa, el volumen mínimo de inversión exigible en Canarias, de los 900 000 euros actuales a 300 000 en Tenerife y Gran Canaria, pero 100 000 para el resto de las islas periféricas.

La disposición adicional cuarta del nuevo REF ha introducido cambios en lo que favorece a la deducción por inversiones en Canarias para las islas de La Palma, La Gomera y El Hierro, incrementando el tope mínimo al 100 % y, además, el diferencial mínimo pasa a 45 puntos porcentuales. Hay que recordar que para el resto de islas el tope mínimo es del 80 % y 35 puntos, el diferencial.

Por lo tanto, este Parlamento hizo suya una ley de islas verdes y esa ley de islas verdes ha quedado anclada con deducciones y herramientas específicas en el nuevo Régimen Económico y Fiscal y también en el Estatuto de Autonomía.

Enhorabuena, señor Castro, y muchísimas gracias por sus aportaciones y su trabajo.

Muchísimas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora consejera.