Secretaría General
Secretaría General
ADMINISTRACIÓN PARLAMENTARIA
Engloba los distintos servicios administrativos y
técnicos de la Cámara. Su carácter es profesional. La Secretaría General, bajo
la dirección del Letrado-Secretario General, presta la asistencia, el apoyo y el
asesoramiento técnico, jurídico y administrativo a los órganos de la Cámara. Es
nombrado por la Mesa, a propuesta del Presidente, de entre los letrados del
Parlamento que reúnan las condiciones profesionales y de antigüedad que la misma
decida.
Le corresponde las siguientes competencias: la
asistencia técnica y el asesoramiento a la Mesa y al Presidente en el ejercicio
de sus funciones y a la Junta de Portavoces; la coordinación, bajo las
directrices del Presidente de la Cámara, y de los de las Mesas de las
Comisiones, de la actividad parlamentaria reglamentariamente establecida; la
dirección del personal; la dirección y coordinación de la Administración
Parlamentaria.
Además de la asistencia técnica son también funciones
de la Secretaría General: las relaciones públicas y protocolo; el trabajo de
ujieres; la atención institucional a Presidencia, Mesa, Portavoces y Presidentes
de Comisión; la recepción y distribución de los documentos que se reciban en la
Cámara; la planificación y asistencia informática.
Por otra parte, bajo la dirección del Letrado-
Secretario General, la Administración Parlamentaria comprende las actividades
siguientes: gestión y asistencia técnica administrativa a Plenos, Mesa, Junta de
Portavoces y Comisiones; Biblioteca, documentación y archivo, tratamiento
informático de la información, reproducción, edición y distribución de
publicaciones de la cámara, gestión de expedientes de contratación,
mantenimiento y conservaciones de instalaciones; gestión y tramitación de los
asuntos de personal y de los diputados; custodia de fondos, valores y efectos
depositados en la caja del Parlamento y la tramitación de los gastos y pagos y
demás gestión económica.
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