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De Control de Radiotelevisión Canaria
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Descripción
Funciones: La Comisión de Control de Radiotelevisión Canaria tiene por finalidad supervisar el cumplimiento por parte de los órganos rectores del ente público de los principios de objetividad, veracidad e imparcialidad de las informaciones, libertad de expresión de opiniones y otros principios consagrados en la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En esta normativa, los órganos objeto de control son el Consejo Rector y el presidente, que vienen a sustituir al Consejo de Administración y al director de la Radiotelevisión Canaria establecidos por la normativa anterior. Este control se desarrolla mediante preguntas orales al presidente del Consejo Rector y preguntas escritas al Consejo, y comparecencias del presidente del Consejo (artículos 193 y 194 RPC).
La Comisión también ha de examinar el informe anual sobre la ejecución del mandato marco, que debe ser trasladado con la memoria sobre el cumplimiento del servicio público encomendado.