Diario de Sesiones 139, de fecha 22/3/2007
Punto 5

'· 6L/PL-0020 Dictamen de comisión. De la Comisión de Turismo y Transportes, sobre el Proyecto de Ley de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.'

'El señor presidente: Pasamos por último a los dictámenes de comisión.'

'Dictámenes de comisión. De la Comisión de Turismo y Transportes, sobre Proyecto de ley de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.'

'Señorías, como hemos hecho otras veces en este tipo de dictámenes hay vivas para este debate plenario dos enmiendas, del Grupo Parlamentario Popular. Si les parece, lo hacemos como hemos hecho en otras ocasiones, en primer lugar por el Grupo Popular se defienden las enmiendas y se fija posición sobre el conjunto global del dic­tamen, y por los restantes grupos parlamen­tarios también se fija posición sobre las en­miendas y sobre el conjunto total, en vez de que haya un turno a favor y un turno en contra, dado que son solo dos enmiendas. ¿Les parece, a sus señorías, que lo hagamos así, como hemos hecho habitual­mente? Por tanto, tendrá un turno el Grupo Parla­mentario Popular para la defensa de las en­miendas y fijación de posición sobre el resto del dictamen, y luego un turno de todos los grupos parlamentarios para fijación de posición en re­lación con las enmiendas y sobre el texto, fina­lizándose inmediatamente después de esa única intervención con la votación de las enmiendas y del resto del texto.'

'En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Toribio, por cinco minutos.'

'El señor Toribio Fernández: Gracias, señor presidente. Señorías.'

'Las enmiendas que presenta el Partido Popular a este proyecto de ley, a este informe de la po­nencia, son dos. Una, la que afecta al artículo 5, apartado 2, en el cual nosotros proponemos una enmienda de supresión, porque entendemos que va a introducir una mejora técnica acorde con la recomendación recogida en el Dictamen 71/2006, del Consejo Consultivo de Canarias, ya que se entiende que no se puede restringir la libre pres­tación de servicios por razones de índole medioam­biental, al sobrepasar los límites reco­gidos en la normativa comuni­taria y más concre­tamente en el Regla­mento 3577/92, del Consejo, de 7 de diciembre. Y la última enmie­nda, que es la número 22, planteamos una modifi­cación al artículo 8, apartado 4º, en el sentido de permitir la cesación en la prestación del servicio regular, deberá ser comunicada al órgano autonómico competente. Consideramos que es una mejora técnica también, acorde con el Dictamen 7/2006, del Consejo Consultivo de Canarias.'

'En cuanto a la valoración que nos merece al Partido Popular, y por ello vamos a apoyar este proyecto de Ley de Ordenación del Transporte de Canarias, creemos que es un avance funda­mental en la conectividad y en la vertebración de los canarios y por eso, en este proyecto de ley, que consta de 39 artículos, 2 disposiciones transitorias, 2 disposiciones adicionales, 3 dispo­siciones finales y 1 derogatoria creemos que el legislador canario ha introducido unos elementos importantísimos de salvaguarda para, sobre todo, los usuarios. Y, en este sentido, protegemos nosotros, de una manera clara y relevante, la libertad de la prestación de servicios conforme a lo que marcan los pará­metros de la Unión Europea, en relación directa también con las obligaciones de servicio público. De tal manera, cuando hay unas líneas esenciales que, de alguna manera, choquen o rocen con la libertad de pres­tación de servicios, en esos momentos el Go­bierno de Canarias puede actuar de una manera coherente para fijar esas obligaciones de servicio público.'

'Por otro lado, creo que hemos hecho una cuestión fundamental, que es, por primera vez, igualar los derechos y deberes de los pasajeros con el tráfico aéreo. Por lo tanto, vamos a disfrutar de igualdad de condiciones los usuarios, los pasa­jeros, de los mismos derechos y deberes de los que goza ya, precisamente, el transporte aéreo en Canarias. Por lo tanto, creemos que esto es uno de los elementos más fundamentales que ha introducido la ley.'

'Por último, hay un dato fundamental, que es que conexionamos esta ley con la garantía que tienen que llevar a cabo los usuarios del trans­porte marítimo, los agentes económicos del transporte marítimo, los navieros, con el ecosiste­ma canario, con la protección del ecosistema canario interinsular, de nuestra fauna, de nuestra flora y de nuestra calidad de las aguas que lo rodean.'

'Por lo tanto, señorías, en estos 39 artículos, donde además se especifica toda una serie de actuaciones encaminadas al cumplimiento de la ley, que estamos en presencia de una norma positiva, de una norma que ha tardado mucho en el tiempo, porque desde 1982 nosotros ya teníamos la obligación de haber legislado en unas competencias que son exclusivas de la Comu­nidad Autónoma de Canarias. Y, por lo tanto, nosotros vamos a votar favorablemente a este proyecto de ley, porque consideramos que ahora tenemos una herramienta básica que nos va a permitir ser más competitivos, estar más cohesio­nados y sobre todo tener unas garantías de tener una herramienta básica para conseguir, en defini­tiva, la mejor conexión, la mejor vertebración de Canarias.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señoría.'

'¿En nombre del Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.) No va a intervenir.'

'¿Grupo Parlamentario Socialista?, tiene la palabra el señor Cruz.'

'El señor Cruz Hernández: Señor presidente. Señorías.'

'En primer lugar, en relación a las dos en­mien­das del señor Toribio, mire, en relación al artículo 5 usted pretende suprimir que la Administración pública, en la prestación de los servicios marítimos, pueda modular y establecer medidas para contribuir a asegurar la protección de los ecosistemas insulares en las zonas marítimas y más Canarias, que es una zona marítima sensible. Es evidente que nosotros no estamos de acuerdo con la pretensión suya de eliminar que la Comunidad Autónoma pueda modular políticas en materia de transporte marítimo para garantizar esa zona sensible y la protección de los ecosistemas insulares. Por lo tanto, vamos a rechazar la enmienda al artículo 5 del Grupo Popular.'

'En relación al artículo 8, usted lo que pretende es suprimir que la cesación en los servicios públicos regulares, tal como está establecido en la propuesta del proyecto de ley, es que la naviera tiene que notificar a la Administración pública, con quince días de antelación, que va a dejar de prestar el servicio. Y usted dice: "no, no, la na­viera puede dejar de prestar el servicio, simple­mente comunicán­dolo", quitando el plazo de los quince días previos. Nos parece una bar­baridad, ya quince días nos parece que no es lo adecuado, y habíamos establecido treinta, y la cesación en un servicio público esencial, como es este, que es de comuni­caciones entre islas, no puede ser a cargo de las navieras cuando ellas lo consideren, y sin que la Administración se entere por la prensa, o cuando le llega el papel, y que la cesación sea en el mismo día.'

'Por lo tanto, creo que no va a favor de los intereses de los ciudadanos, no va a favor del transporte, y no va a favor de la seguridad, que tienen derecho los ciudadanos canarios, a que sepan cuándo la naviera va a viajar y cuándo no.'

'Por lo tanto, también rechazamos esa enmienda (Rumores en la sala).'

'En relación con el carácter global y en la...'

'El señor presidente: Señorías, por favor.'

'El señor Cruz Hernández: ...haciendo una pequeña valoración...'

'El señor presidente: Señorías.'

'El señor Cruz Hernández: ...sobre la Ley del Transporte Marítimo, hay que decir que esta es una ley que ha sido trabajada en ponencia adecuadamente, ha sido durante bastante tiempo, tres meses aproximadamente, y se ha llegado a un consenso, sin ser en estos dos artículos, y donde el Grupo Socialista presentó treinta y pico enmiendas, han sido prácticamente todas aceptadas, y se ha modificado incluso en la ponencia algunos aspectos que ni siquiera fueron enmendados por ningún grupo, pero se consideró, a la vista de los mismos, que era necesario adecuarlos a la realidad canaria, y creo que ha salido una muy buena Ley de Transporte Marítimo en Canarias.'

'Vamos a tener la primera Ley de Transporte Marítimo, una ley que va a constituir una pieza fundamental para asegurar la cohesión económica, territorial, social de Canarias, eso que tanto decimos, y que hoy, por fin, tenemos una ley que va a contribuir claramente a ello.'

'Y va a contribuir porque le pone en manos del Gobierno instrumentos precisos para garan­tizar las obligaciones de servicio público. Esa estructura establece una estructura de cómo articular las obligaciones de servicio público, y un instrumento esencial para que el Gobierno las pueda ejecutar.'

'Además, regula cuestiones importantes, como los consejos de usuarios, se van a crear consejos de usuarios en defensa de los intereses de los usuarios de los transportes marítimos insulares, y a nivel de Canarias, y eso va a permitir que los usuarios estén en una situación muy por debajo de las empresas que gestionan el transporte, por cuanto no pueden opinar, no pueden decidir, no pueden expresar su posición en relación a las determinaciones del transporte marítimo. Creemos que ahí se va a dar mayor participación ciudadana, y además los usuarios podrán defenderse de sus derechos.'

'Otra cuestión importante es que, en la determinación de las necesidades básicas, se establece ya en ley que hay que tener en consideración los costes derivados de la doble insularidad. Es uno de los aspectos, de las primeras leyes que establecen que la doble insularidad -y más en transporte marítimo, muy importante-, tiene que tenerse en cuenta, y además que esas necesidades básicas a deter­minar por el Gobierno no solo tienen que tener las condiciones de continuidad, de frecuencia y capacidad, sino también de precio del servicio, es decir, que cuando se determina la necesidad básica, el Gobierno debe evaluar ese precio, y establecer en algún caso ese precio como necesidad o marco al cual debe acogerse esa línea.'

'Y quizás el aspecto más importante, aparte de establecer un régimen sancionador, para todo el conjunto del proyecto, creo que es la defi­nición de derechos y deberes de los pasajeros. Aquí creo que, en Canarias, y este Parlamento en el día de hoy, va a innovar con carácter general en toda España, y por primera vez se va a establecer que en el transporte marítimo va a haber derechos y obligaciones de los pasajeros. Las obligaciones ya las teníamos, en el sentido de que los contratos del pasaje en estos mo­mentos de que cualquier naviera el usuario y el pasajero prácticamente no tenía derecho a nada y era un contrato de adhesión, en estos mo­men­tos se equilibra el contrato de pasaje, y al mismo tiempo se le establecen una serie de derechos, derechos creo que muy importantes. Son muy similares a los que ya figuran en el transporte aéreo, pero que hasta ahora no había en el trans­porte marítimo, y, entre esos derechos, destacar: "disponer de unos servicios de trans­porte seguros y asequi­bles"; "recibir infor­mación comple­ta, detallada, precios, trayectos, horarios, buques"; "disponer de unos servicios adaptados a las necesidades de personas de movilidad reducida, de forma gratuita por parte de las navieras"; "disponer de una información detallada sobre los servicios contratados y, en caso de retraso del horario, la necesidad de indemnización por las compañías al usuario, con una hora de retraso", y esa indemnización es independiente, es decir, no hay que hacer un expediente para esa indemnización, sino que opera, igual que el sistema del transporte aéreo, que en ventanilla, en reclamación, si el retraso de ha producido tiene que producirse la indemni­zación correspondiente; igual que si se cancela el viaje por cualquier circunstancia, excepto fuerza mayor, tiene también que producir una indemnización, y de tal manera que si a uno, a un pasajero, no le conviene ya viajar, por cuanto el retraso ya le impide o le dificulta el objeto para el cual iba a viajar, puede solicitar el reembolso automático del contrato de pasaje, o del pasaje que había realizado. Eso es una cuestión que hoy no se da, incluso algunas navieras te decían: "no, tiene derecho al 75%, reclámele, le dura un tiempo...", ¡no, no!, usted si se retrasa puede ir a la ventanilla, y le tienen que devolver el coste económico de ese pasaje. En resumen, señorías, a ser indemnizados por daños materiales, en resumen, una serie de dere­chos que van a equilibrar, como señalaba, el contrato de pasaje entre la naviera que presta el servicio y el usuario, el pasajero ordinario, los canarios en definitiva que usamos el trans­porte interinsular marítimo de viajeros.'

'Por lo tanto, hay en esta ley una garantía para los ciudadanos y una innovación muy, muy importante, que creo que va a sentar un prece­dente en todo el territorio español y va a suponer una mejora con esta ley y un instrumento para que el Gobierno pueda garantizar unos trans­portes marítimos interinsulares adecuados a las necesidades de los canarios del siglo XXI.'

'Gracias, señor presidente.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señoría.'

'En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Barragán.'

'El señor Barragán Cabrera: Gracias, señor presidente.'

'En relación con las enmiendas... Bueno, antes que nada -señor presidente, señorías, buenos días, la cortesía nunca hay que perderla-, antes que nada, en relación a las enmiendas del Partido Popular, prácticamente el señor Julio Cruz le ha contestado correctamente, a mi juicio, de por qué las enmiendas no deben ni siquiera permanecer de cara al Pleno y, antes de decirle que las vamos a rechazar, yo les invito, después de la reflexión que voy a hacer, a que se lo piensen y que, en aras de la unanimidad, las podamos retirar o las pueda retirar el Partido Popular.'

'El tema de los 15 días es una cuestión obvia, es decir, si se le pide a la Administración, en este caso a las empresas, que comuniquen que van a operar con 15 días de antelación para ver si hay algún motivo o no, ¿no es lógico que la empresa comunique con 15 días de antelación que va a dejar de prestar el servicio? ¿Está usted seguro de que, si usted estuviera al frente de la Dirección General de Transportes de esta Comunidad, una naviera presentara un escrito por la mañana y dijera que ha cesado la actividad y usted se entere en menos de una hora, que tenga allí a 20.000 usuarios porque se ha quitado el servicio y que la Administración no tenga la capacidad de operar? ¿No parece lógico que esto lo hagamos con 15 días de antelación, de tal forma que sepamos que, efectivamente, si hay que operar por parte de la Administración tenga 15 días o para buscar una naviera alternativa o para modular de una forma distinta a esos usuarios que estaban pendientes de ese transporte?, ¿no es lógico eso? ¿Cómo le vamos a decir que la naviera puede presentar un escrito y mañana se marche, sin más, y usted enterarse a la hora? Yo creo que es lógico y, por lo tanto, como es lógico y de sentido común, les vamos a pedir que, en vez de rechazársela, que se lo piensen y la retiren, sobre todo porque, como usted bien ha manifes­tado, esta ley la van a apoyar en su conjunto porque la inmensa mayoría de los acuerdos han sido por unanimidad.'

'Y después en el otro tema, en el artículo 5, Libertad de prestación, ustedes hacen referencia al Dictamen 71/2006, del Consejo Consultivo, pero acuérdese de que ya el texto, al que ustedes enmiendan, ya está corregido. Es decir, en el texto original que venía del Gobierno venía la palabra "restricción", que, por cierto, venía adecuadamente porque la OMI -la Organización Marítima Internacional-, cuando declara zona marítima de especial sensibilidad a Canarias y a todas las demás zonas marítimas de especial sensibilidad, dice que la OMI, o en este caso quien tenga la competencia, que lo estamos operando desde Canarias, puede restringir, es decir, puede incluso incorporar restricciones para preservar lo que estamos intentando preservar, que es el medio ambiente. Pero, señoría, acuérdese de que lo que hicimos fue cambiar la palabra "restringir" por "modular" y, por lo tanto, nos parecía más acertada en Derecho esta palabra, no era tan fuerte como la palabra "restricción". Y, por lo tanto, también entendemos que, habiéndose modificado ya el texto original en la propia ponencia y en comisión, que también lo debatimos, también le pido, antes de proceder al voto en contra, que se lo piensen y puedan ustedes retirar esta enmienda.'

'Y, por último, la posición de nuestro grupo con respecto a esta ley. Señorías, en Canarias el transporte marítimo en estos últimos años ha cambiado de una forma vertiginosa. Ya no estamos ante aquella Canarias donde llegaban algunos buques de vez en cuando a las islas capitalinas y de allí salía un barco una vez a la semana, una o dos veces a la semana, hacia los puertos de interés general que existían en cada una de las islas. Hoy nos encontramos con un tráfico de pasajeros y mercancías importantísimo, que no solamente están en los puertos de interés general sino que también ocupan a toda la red de transporte que tiene el Gobierno de Canarias, toda la red de puertos de interés de la Comunidad Autónoma.'

'Señorías, esta es una ley importante porque regula, por primera vez en Canarias, el trans­porte interinsular de personas y pasajeros. Cree­mos que es importante el avance que hemos dado desde el punto de vista social en esta ley. No solamente nos estamos preocupando de cuál es el papel de la Administración y cuál es el papel de los operadores en el mercado sino que también se ha introducido, como no podía ser de otra manera, a los usuarios, a las personas que usan ese servicio, garantizándoles una serie de derechos cuando fallen los operadores en la prestación de esos servicios y sea imputable precisamente a ellos y no a causa de fuerza mayor, como comentaba y relacionaba el señor Julio Cruz. Don Julio ha hecho una exposición amplia sobre esta cuestión. No me voy a extender en ella, precisamente porque coincido plenamente con el análisis que ha hecho sobre la importancia que tiene en esta ley todo lo referente a los usuarios.'

'Pero también hay otra cuestión importante, y es que no solamente antes no existían obligaciones de servicio público, ahora sí están. Estaban desde antes pero ahora tenemos un instrumento más cualificado, muy debatido, muy estudiado. Saben que en esto hay posi­ciones autorizadas también en contra y a favor de que existan las obligaciones de servicio público en Canarias, pero nosotros entendemos que es un instrumento, una herramienta que tiene el Gobierno de Canarias para cuando fallen las comunicaciones.'

'Y aquí voy a hacer una referencia preci­samente a un hecho que sucedió en meses pasados pero que puede ser un ejemplo perfec­tamente de cómo se puede articular un artículo concreto en la ley y que puede ser útil para los ciudadanos, y es el caso de El Hierro. Esta ley va a permitir que si se nos dan nuevamente situa­ciones como la de El Hierro, el Gobierno, ago­tadas otras vías de comunicación, es posible, perdón, de comunicación y de intento de acuerdo con las navieras, es posible que aplique las obligaciones de servicio público. Y, por lo tanto, también un avance importantísimo en ese sentido.'

'Por último, señorías, decir que esta ley también es importante porque traslada lo que es el Derecho comunitario, respeta el Derecho comunitario, en las comunicaciones interinsulares.'

'Y, en definitiva, como todas estas leyes que estamos intentando incorporar al cuerpo legis­lativo de la Comunidad Autónoma, como son las leyes vinculadas al transporte; como todos los elementos, como puede ser el Eje Transinsu­lar, el eje de las infraestructuras que tienen que ver con los modos de transporte en el archipiéla­go, todo esto no deja de reflejar ni más ni menos, señorías, la preocupación de este Parlamento por una de las cuestiones esenciales para el desarrollo económico de este archipi éla­go, que es precisamente lo que hoy debatimos, los transportes.'

'Muchas gracias.'

'(Los señores Toribio Fernández y Rodríguez Pérez solicitan la palabra.)'

'El señor presidente: Muchas gracias, señoría.'

'Sí, señor Toribio o señor Rodríguez, me han pedido la palabra los dos. Señor Rodríguez.'

'El señor Rodríguez Pérez (Desde su escaño): A la vista del poco éxito que van a tener, nosotros retiramos las enmiendas.'

'El señor presidente: De acuerdo. Muchas gracias. Quedan retiradas las dos enmiendas que se mantenían vivas para el Pleno.'

'Por tanto, someteríamos a votación el dictamen de la Comisión de Turismo y Transportes, sobre el proyecto de Ley de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias, en los términos exactos en los que viene de comisión. Y tal y como hemos venido haciendo en el día de hoy, el procedimiento será el mismo.'

'Comenzamos la votación. ¿Votos a favor? (Pausa.). Gracias, señorías. ¿Votos en contra? (Pausa.) Ninguno. ¿Abstenciones? (Pausa.) Ninguna.'

'Queda aprobado el dictamen con 46 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.'

'No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Muchas gracias.'

'(Se levanta la sesión a las doce horas y seis minutos.)'