Diario de Sesiones 31, de fecha 23/4/2008
Punto 6

'· 7L/PO/P-0217 Pregunta de la señora diputada doña Belén Allende Riera, del Grupo Parlamentario Coalición Canaria (CC), sobre Reglamento de la Ley de Transporte Marítimo de Canarias, dirigida al señor consejero de Obras Públicas y Transportes.'

'El señor presidente: Siguiente pregunta, de la señora diputada doña Belén Allende Riera, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, sobre Reglamento de la Ley de Transporte Marítimo de Canarias, dirigida al señor consejero de Obras Públicas y Transportes.'

'Señora Allende, tiene la palabra.'

'La señora Allende Riera (Desde su escaño): Gracias, señor presidente. Señor consejero, buenos días.'

'El 27 de abril, concretamente, del año 2007 aprobaba este Parlamento la Ley de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias y mandataba la tramitación del decreto de dicho transporte que permitiría establecer el nivel básico de comunicación entre las islas y los reglamentos de desarrollo que competían al ámbito de mercancías y pasajeros. Usted, en diferentes iniciativas parlamentarias, se ha comprometido a impulsar la determinación de estas obligaciones de servicio público a través de la regulación de dicho decreto y no nos cabe la menor duda, después de evidenciar el corte de las preguntas dirigidas al presidente del Gobierno, que en un curso de desaceleración económica, que por lo visto ya parece cierto para todo el mundo y de lo cual nos congratulamos, pero que está contextuado con carácter internacional, Canarias no queda fuera y es lícito que los agentes socioeconómicos soliciten medidas puntuales y de forma coyuntural para solventar muchos de los problemas que se suscitan. En Canarias concretamente el tema del transporte es básico y, por lo tanto, urge la aprobación de ese decreto y su reglamento.'

'¿Para cuándo tiene previsto el Gobierno la misma?'

'El señor presidente: Muchas gracias, señora Allende.'

'Señor consejero de Obras Públicas y Transportes, señor Hernández Gómez, tiene la palabra.'

'El señor consejero de Obras Públicas y Transportes (Hernández Gómez) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente. Señora diputada.'

'Como ya he tenido oportunidad de manifestar en esta sede parlamentaria, para fijar la cuestión que se plantea es necesario señalar que, tras la entrada en vigor de la Ley 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias, el Ministerio de Fomento presentó reparos respecto de ciertos artículos de la citada ley, en concreto el artículo 31.7. Con el fin de superar estos reparos, se acudió al marco de las acciones de cooperación relacionadas con la conflictividad constitucional, contempladas en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero. Tras las negociaciones llevadas a cabo entre la representación de las dos administraciones públicas, se llegó al acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación administrativa del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, de 23 de enero de 2008, y en dicho acuerdo el Gobierno de Canarias se comprometió a realizar los trámites oportunos a fin de modificar la redacción del artículo 31.7 de la Ley territorial de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias en los términos contemplados en el mismo.'

'Por otra parte, desde la consejería se considera que, además, procede la modificación de determinados artículos de la ley en aras a conseguir una adecuación a la distinta normativa comunitaria y estatal en los siguientes artículos: el artículo 9.1, apartado e), artículo 16, apartado 1, artículo 24.1 f) y la disposición adicional segunda.'

'Señalado lo anterior, he de decir que se ha seguido trabajando paralelamente y ya disponemos de un texto como borrador de proyecto de decreto, por el que se aprueba el Reglamento de régimen especial de prestación de los transportes marítimos regulares. No obstante, me parece conveniente esperar a la modificación de la Ley 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo, para iniciar la tramitación de este decreto que viene a desarrollar la misma.'

'Por tanto, en este momento estamos procediendo, primero, a la modificación de la ley. Por este departamento se ha elaborado la memoria correspondiente en la que se propone la modificación de los artículos indicados. La misma ha sido remitida a la Secretaría General Técnica de Presidencia del Gobierno para que se dé traslado a las distintas consejerías. Asimismo, se ha solicitado que, por razones de urgencia, el plazo de 15 días establecido para dicho trámite sea reducido a 7, transcurridos los cuales se procederá a la inclusión en el Consejo de Gobierno, previa Comisión de Secretarios Generales Técnicos. Y, segundo, paralelamente -como he señalado-, disponemos del borrador del proyecto de decreto, por el que se aprueba el Reglamento especial de prestación de transportes marítimos regulares. Dicho reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen especial de prestación de transportes marítimos regulares mediante la identificación de las líneas que satisfacen las necesidades básicas de comunicación. En él se fijan las condiciones mínimas de prestación, la aplicación de obligaciones de servicio público y la sujeción a autorización previa. Se trata de un documento fundamental para que la Administración canaria disponga de instrumentos jurídicos con los que atender la demanda de más y mejores servicios de transporte marítimo regular.'

'El señor presidente: Sí. Señor consejero, muchas gracias.'

'Señora Allende, le queda un poco de tiempo.'

'La señora Allende Riera (Desde su escaño): Sí. Gracias, señor consejero.'

'La verdad es que la alta expectación que nos hemos marcado todos los canarios en el desarrollo de la Ley del Transporte Marítimo, evidentemente, queda frenada con lo que usted nos acaba de comentar, que han sido las objeciones formuladas por el ministerio, pero que, afortunadamente, se han resuelto favorablemente.'

'Como va a tener -por lo que usted me dice- que adaptarse a una modificación, yo le pediría la urgencia que le pedimos también para este decreto y la benevolencia de parte de los grupos de la Cámara para que podamos aceptar esas modificaciones con carácter de urgencia en la tramitación parlamentaria, porque, evidentemente, si usted está condicionando ese borrador de decreto, que ya esboza las líneas sometidas a obligación de servicio público para la conectividad de Canarias, a nosotros -créame-, sobre todo aquellas islas donde les es totalmente trascendental que el hecho de su condición ultraperiférica reforzada encaje en el hecho insular o como es lo que hemos visto recientemente con la línea que va a quedar a partir de mayo sin capacidad de comunicación de La Gomera, desde Valle Gran Rey-Playa Santiago-San Sebastián de La Gomera-Los Cristianos, es más que necesario el abordar con garantías y con efectividad dicho borrador de decreto. Yo le invitaría, como ha hecho la Fecai, a que a lo mejor, con tandas de reuniones por el resto de las islas, se puedan contrastar aquellos aspectos más importantes que regulen las obligaciones de servicio público, no solamente en la condición del encaje de la ultraperiferia en el hecho insular, de cómo queda regulado el transporte para pasajeros, sino también en la relación con respecto a las mercancías, porque es una de las medidas que ha anunciado el señor presidente y que hemos recibido todos los canarios con grata satisfacción, sobre todo los canarios de las islas periféricas.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señora Allende.'