Diario de Sesiones 74, de fecha 28/5/2009
Punto 5

'· 7L/PO/P-0711 Pregunta de la señora diputada doña María Beatriz Acosta Guerra, del Grupo Parlamentario Coalición Canaria (CC), sobre el Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo de 2009, sobre la titularidad compartida de las explotaciones agrarias, dirigida a la señora consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.'

'El señor presidente: Siguiente pregunta, de la señora diputada doña María Beatriz Acosta Guerra, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, sobre el Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo, sobre la titularidad compartida de las explotaciones agrarias, dirigida a la señora consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.'

'Señora Acosta.'

'La señora Acosta Guerra (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente. Señora consejera.'

'La igualdad en el empleo es una de las demandas históricas de las organizaciones de mujeres. En el medio rural muchas veces el trabajo de las mujeres se computa como ayuda familiar, por lo que no solo no está remunerado sino que tampoco está reconocido profesionalmente ni reporta derechos sociales. En este contexto, las mujeres contribuyen en gran medida a sacar adelante las empresas familiares, pero lo hacen con un alto grado de invisibilidad, donde el 82% de las mujeres rurales españolas trabaja en explotaciones agrarias y solo un 59% de ellas cotiza a la Seguridad Social. El resto desarrolla un trabajo invisible, sin ningún reconocimiento.'

'Señora consejera, con la titularidad compartida se establecerá un marco jurídico que potencie el papel de la mujer en las explotaciones agrarias y logre el reconocimiento de su actividad profesional y los derechos que le corresponden en el ámbito civil, social y fiscal, de manera que las personas que trabajan en una explotación agraria tengan los mismos derechos y deberes, sin que ello suponga un incremento de costes para las pequeñas explotaciones familiares. Se propone para ello que se establezca en la Seguridad Social una cuota diferenciada para el segundo cotizante de esta explotación, que reporte los mismos derechos por el mismo trabajo.'

'En cuanto al marco jurídico de la titularidad compartida, la Ley 45/2007, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, establece en su disposición final cuarta que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3, de marzo del 2007, el Gobierno promoverá y desarrollará el régimen de cotitularidad compartida de bienes, derechos y obligaciones en el sector agrario y su correspondiente protección en la Seguridad Social. El 26 de marzo de este año, ante las demandas de las mujeres rurales, se publica en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 297/2009, que regulará la titularidad compartida, cuyo fin es eliminar situaciones de esta clara discriminación de la mujer en el medio rural, donde no solo afectará a los cónyuges o parejas de hecho sino que también se hará extensiva a otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad. Además, supondrá un gran avance al dotar a las mujeres rurales de un marco jurídico para el reconocimiento de su actividad profesional y de los derechos que de él se derivan.'

'Pero, señorías, señora consejera, a mí me gustaría centrarme en Canarias. Y en este sentido va dirigida mi pregunta: ¿qué efecto tendrá en las economías familiares del medio rural de Canarias la aprobación de este Real Decreto 297/2009, del 6 de marzo?'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señora Acosta.'

'Señora consejera de Agricultura, señora Merino.'

'La señora consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Merino Troncoso) (Desde su escaño): Gracias, presidente.'

'Efectivamente, las mujeres, a nivel nacional, son titulares de un número pequeño de explotaciones agrarias. Hay que decir que de un total de 1.697.000 explotaciones agrarias que hay, aproximadamente, en el censo agrario, en el último que hay elaborado, solamente 503.000 explotaciones, la titularidad de esas explotaciones está ejercida por mujeres y 1.193.000 lo es por hombres. Por lo tanto, es cerca de un 30%, exclusivamente, la que está en manos, la titularidad, solo de mujeres. Y de ese 30% la mayoría, el 60% de ese 30%, son explotaciones agrícolas que son pequeñas, de pequeño tamaño, y su viabilidad es difícil.'

'Por ello este decreto, este Real Decreto 297, que viene como consecuencia de dos leyes -como bien ha explicado la señora diputada-, tanto la Ley de Igualdad, que es la que mandata al Gobierno a elaborar una normativa que haga efectiva esa igualdad entre hombres y mujeres en materia agraria, y que tan importante es en el medio rural, y también la normativa que hace referencia a la Seguridad Social y a la importancia que tiene el que esas mujeres que hoy en día están llevando a cabo un trabajo en el medio rural... Muchas veces, como muy bien se ha dicho, es un trabajo invisible, es la invisibilidad del medio rural, porque en las explotaciones el titular es normalmente el marido o el cónyuge o la pareja de hecho y realmente el trabajo que se aporta es un trabajo que no se ve y no están dados de alta en la Seguridad Social, lo cual quiere decir que las mujeres no perciben ninguna prestación en caso de jubilación y, por lo tanto, están muy desprotegidas. El objetivo de este real decreto es proteger a esas mujeres y de alguna manera establecer una nueva figura administrativa, que sería la titularidad compartida, que, como dice el dictamen del Consejo de Estado -que es preceptivo para la elaboración de este real decreto-, es una primera medida -que también se incorpora en la exposición de motivos de este real decreto-, una primera medida que debe dar lugar a otras medidas también, que exigen una modificación del Código Civil, del derecho de la propiedad, pero que no cabe duda de que es un primer paso que es importante.'

'El objetivo, desde luego, es promover esa titularidad compartida. Para ello se establece un registro, al que tienen que acudir las perso­nas cotitulares que quieren hacer constar esa cotitula­ridad compartida y darse de alta, y esta­blecer una cuenta, dice el artículo 3, señalar la cuenta conjunta en que deban hacerse efectivos los correspondientes ingresos, porque el objetivo de este real decreto es que todos los pagos, cuotas, primas, subvenciones que perciba esa explotación, que en este momento el titular es uno, pues, sea recibido por ambos en una cuenta común. Lo que ocurre es que para poner en práctica este real decreto hay que incentivarlo, porque no cabe duda de que ya la Ley de Modernización de Explotaciones Agrarias, como establece el real decreto, establece cuáles son las explotaciones prioritarias, y va a ser prioritaria una explotación cuya titularidad sea compartida...'

'El señor presidente: Muchas gracias, señora consejera.'

'Se habían agotado los tiempos por ambas partes.'