Diario de Sesiones 87, de fecha 11/11/2009
Punto 32

'· 7L/C-0760 Comparecencia del Gobierno, instada por el Grupo Parlamentario Coalición Canaria (CC), sobre la nueva regulación del turno de oficio.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Señorías, reanudamos el Pleno.'

'Pido disculpas al Gobierno. La señora diputada había comunicado al presidente que se iba a retrasar diez minutos. Es verdad que ha sido más, pero, en todo caso, asume la Mesa este retraso, pidiendo, por supuesto, disculpas.'

'Tiene la palabra, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, la señora diputada doña Eulalia Guerra de Paz.'

'La señora Guerra de Paz: Buenas tardes, señorías. Gracias, señora presidenta.'

'Esta comparecencia fue solicitada por el Grupo Socialista para hablar de la situación actual de de­sarrollo, diseño y financiación del turno de oficio en Canarias. También ha sido solicitada por Coalición Canaria, con otro sentido, la misma comparecencia, y por eso, pues, que se ha unificado.'

'Normalmente no se habla de justicia gratuita sino cuando hay un conflicto que sale a la palestra. En este caso también es así, pero sí me gustaría que hablásemos, por lo menos un poco, al principio de qué es la justicia gratuita y la importancia que tiene para nuestra sociedad. Yo creo que normalmente no somos conscientes, y sobre todo los que no pe­dimos abogado de oficio, no somos conscientes de la importancia que tiene para la sociedad como conquista, para nuestra sociedad, el que exista la justicia gratuita para los que no disponen de recursos económicos, suficientes en este caso, para acudir a los tribunales de justicia a solicitar que se haga justicia en un determinado asunto.'

'La justicia gratuita es una aportación que hacen los abogados y las abogadas en nuestra sociedad. Es cierto que después son los gobiernos, en este caso autonómicos, quienes la financian, pero realmente es una aportación. Dejan de cobrar lo que se cobra por los honorarios normales para pasar a cobrar una cantidad reducida, que es la del turno de oficio, que abonan, como les decía, los gobiernos autonómicos, a través por supuesto de los colegios de abogados.'

'Según datos del Consejo General de la Abogacía Española, el sistema de asistencia gratuita gestiona aproximadamente entre un 7 y un 8% de carga del sistema judicial, que supone aproximadamente entre 300 y 350 asuntos anuales. Hay que tener en cuenta que entre un 25 y un 30% de los abogados españoles en activo están adscritos a un sistema de asistencia de este tipo, asistencia gratuita, tanto lo que son las asistencias penales, en cuanto a la intervención en comisaría, como los que no tienen que ver con la vía penal sino son civiles, y también en los últimos tiempos lo que es la asistencia a las víctimas de violencia de género, dentro del turno especial para estas víctimas.'

'Aquí sí me gustaría hacer un impasse para recordar que no hace muchos años que las vícti­mas tienen asistencia jurídica gratuita. Siempre la asistencia gratuita es para quien inicia el proce­dimiento, no para los perjudicados, y en este caso para las víctimas. Costó mucho trabajo que, de forma no reglada, se fuera incorporando que las víctimas pudiesen pedir también asistencia gratuita, hasta que ha llegado de forma especial a las víctimas de violencia de género, que sí que tienen un turno especial, que además es más complejo que el resto, porque lleva aparejada vía penal y vía civil juntas, que ha sido uno de los grandes aciertos de la Ley 1/2004, que permitió u obligó, mejor dicho, que cuando hay una situación de violencia de género, trabajen juntos, por el mismo órgano judicial, tanto la parte civil, en cuanto a las medidas que tienen que determinarse para la crisis que hay en esa situación familiar, como la parte penal, en cuanto al perjuicio causado directamente a la víctima por el presunto agresor.'

'Los 83 colegios de abogados españoles utilizan este mecanismo de la justicia gratuita, es obligatorio, y desde luego responde a un derecho constitucional de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos legítimos. Creo que es uno de los derechos más importantes que tenemos. Es verdad que la justicia es el final de un camino. Cuando no hemos podido resolver de forma pacífica un conflicto del tipo que sea, tenemos que acudir a la última vía, que es la vía judicial, y en este caso, pues, desde luego para obtener la tutela efectiva en el ejercicio de los derechos legítimos que todas las personas tenemos.'

'La finalidad de la justicia gratuita es impedir la indefensión y eliminar discriminaciones por razones económicas, facilitando esta justicia gra­tuita para quienes acrediten la insuficiencia de recursos, excepto en la vía penal, que no hace falta justificarla, porque si no nombras abogado, pues, te lo nombra directamente la Administración. Esos son los objetivos de nuestra Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y también de su reglamento.'

'La gratuidad se extiende tanto a los servicios de abogados como de procuradores y también a los informes periciales pertinentes, además de concedérseles una reducción en la publicación de edictos o en aranceles registrales. Para ello, el ciudadano o la ciudadana debe acreditar, como decía antes, la insuficiencia de recursos.'

'Ciertamente tiene mucha importancia esta ma­teria, a pesar de que se trabaja o viene poco a los parlamentos, y aunque solo sea por una cuestión de justicia social, que quizás es lo que nos ha moti­vado -quizás no, ciertamente-, nos ha motivado a traer esta comparecencia para plantearle, en este caso al Gobierno de Canarias, al consejero de la Presidencia como responsable de esta materia, cuál es la situación de la justicia gratuita en cuanto a su desarrollo, diseño y financiación. Es cierto que la traemos, pues, motivados por una situación que nos parecía de extrema gravedad, que era la huelga de los abogados y abogadas del turno de oficio, que, efectivamente, se ha paralizado, por un compromiso, que desconocemos el contenido pero que en principio es que no convocan la huelga en ninguno de los colegios con los que cuenta Canarias y el Gobierno se ha comprometido a retirar el decreto, el borrador de decreto.'

'Creo que aquí es donde se ha cometido quizás el error mayor, en que los verdaderos afectados y afectadas, que son los profesionales que inter­vienen dentro de la justicia gratuita, pues, se en­contraron con que determinaban sobre su trabajo sin contar con su opinión y su valoración. Este decreto tuvo que haber sido elaborado después de haberse reunido con los profesionales. No solo con los colegios de abogados como institución sino con las asociaciones que representan en muchos de nuestros colegios al personal que asume la responsabilidad de la justicia gratuita.'

'Nos gustaría saber no solamente cuál es la cuestión económica, que es importante, porque, como ejemplo, en el borrador figuraba que un recurso de casación, pues, se iba a costear con la cantidad de 29 euros, sino también que se nos cuente cuál es el cambio en profundidad que se piensa dar con este decreto. O si solo va a ser una cuestión puramente económica, que creo que entonces per­deríamos una ocasión importante de analizar en qué debe convertirse nuestra justicia gratuita, pues, para corregir algunas disfunciones que existen en la organización de los turnos de oficio, en relación, por ejemplo, a las víctimas de violencia de género, que tienen ese turno tan amplio y que a veces se en­cuentran solas, pues, por una disfunción que tiene que ver, no en este caso, con el Gobierno de Canarias, sino más bien con los colegios de abogados, pero sí tiene que ver, en una parte importante, con el Gobierno de Canarias, en el sentido de que sí que se tiene que evaluar cómo están funcionando los convenios que tienen los colegios de abogados con el Gobierno de Canarias, porque, en última instancia, el Gobierno de Canarias, a través de su consejero de la Presidencia, pues, es la responsabilidad final.'

'Yo dejo aquí esta primera parte, tampoco para agotar todo el tiempo, porque tengo más tiempo después, y así podré intervenir, teniendo en cuenta lo que diga el resto de los grupos y, sobre todo, pues, las respuestas que nos pueda aportar el consejero de la Presidencia.'

'Gracias, señora presidenta.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): En nombre del Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra la señora diputada doña Flora Marrero Ramos.'

'La señora Marrero Ramos: Muchas gracias, señora presidenta. Señor consejero.'

'Nosotros que hemos planteado esta compare­cencia, que prácticamente coincide en el tiempo con la del Grupo Parlamentario Socialista, era para que nos explicase el contenido del borrador de la nueva regulación del turno de oficio. Nosotros hemos creído oportuno que nos informase de los pasos a seguir una vez que el Gobierno ha tomado la decisión oportuna, desde nuestro punto de vista, de actualizar el sistema de la asistencia jurídica gratuita.'

'La asistencia jurídica gratuita, como sabemos, está regulada por la Ley 1/1996, del 10 de enero, y la última actualización está por una orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que se incrementan los módulos de compen­sación y bases económicas de los abogados y procuradores por las actuaciones en la asistencia jurídica gratuita con efecto del 1 de abril de 2008.'

'Por ello nos parece importante desde el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria no perder de vista, en primer lugar, lo que es el objeto de la materia, que es la asistencia gratuita, que está consagrado en la propia Constitución española, en el artículo 119, cuando se dice que "la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar". Por ello hay que resaltar -y nos parece que en este tema tenemos que centrarnos- que el objetivo único del turno de oficio dentro de nuestro Estado, Estado social y democrático de Derecho, es el contar con profesionales especializados en la defensa y en la representación de los derechos y de los intereses legítimos para los ciudadanos y las ciudadanas que acrediten insuficientes recursos para litigar y poder acceder a la tutela judicial efectiva para ver adecuadamente defendidos sus derechos e intereses legítimos y garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad a toda la ciudadanía.'

'¿Por qué digo esto? Porque cuando se aprobó esta ley que estamos comentando del año 1999, se quiso que en la propia ley las personas que acudiesen a la justicia gratuita, se llegase a una desjuicialización del procedimiento, donde el propio derecho de las personas que solicitan sea una actividad meramente administrativa, ¿no? Por ello su reconocimiento corresponde pura y exclusivamente a los colegios profesionales, que son los que inician la tramitación ordinaria de las personas que solicitan el derecho a la justicia gratuita, con la participación de la comisión de asistencia jurídica gratuita, como son los órganos que al final tienen la decisión final. Esto se provee, como sabemos, con fondos públicos, porque la justicia gratuita está basada en un servicio público, siendo el último responsable el Estado, como garante de prestar este servicio.'

'El asunto del turno de oficio, y si vemos lo que sucede en otras comunidades autónomas, es una preocupación a nivel estatal. Ayer mismo, y veíamos hoy en los medios de comunicación y nos había adelantado algo en la Comisión del lunes, de Gobernación, ayer en la Conferencia Sectorial de Justicia, donde se reunieron todas las comunidades autónomas con el Ministerio de Justicia, se dijo, dentro de todos los asuntos que se trataron en relación a la Ley de Asistencia Gratuita, se dijo que se está trabajando en el futuro borrador -este que estamos comentando del año 96-, y se decía textualmente: "sin alterar la garantía del derecho a la tutela judicial efectiva, siendo imprescindible un cambio en el sistema actual". Por ello a mí me parece que es importante señalar que la situación de la asistencia gratuita es una situación que en este momento nece­sita modificación en Canarias pero también en el resto del Estado, como así se está plasmando en la Conferencia Sectorial de Justicia. Y si vemos, en las hemerotecas, lo que está sucediendo en otros colegios de otras comunidades autónomas, pues, se siguen planteando prácticamente los mismos problemas que tenemos en Canarias.'

'En la comisión del lunes, también, cuando anali­zamos el Plan estratégico de modernización de la justicia del año 2009-2012, se dijo, y es importante recordar la Carta de Derechos de la Ciudadanía ante la Justicia, que saben que fue aprobada por unani­midad de todas las fuerzas políticas en el año 2002, en el Congreso, en abril del 2002, y en el punto 3 se hace referencia también a la justicia gratuita, cuando se dice que debe haber una relación de confianza con abogados y procuradores, conducta correcta, una adecuada deontología profesional, información al cliente y una justicia gratuita de calidad. Y al final, en el mismo plan, se hace referencia al constante esfuerzo que tiene que haber de colegiación entre todas las partes implicadas.'

'Y también me gustaría hacer referencia a una preocupación de un congreso de este año, celebrado en Gijón, un congreso nacional de abogados de turno de oficio, celebrado en Gijón los días 12 y 13 de julio de este año, donde, entre varias propuestas, se planteó el constituir la Confederación Española de Abogados de Turno de Oficio.'

'¿Por qué, señor consejero, he querido hacer referencia, pues, a lo que está sucediendo en otras comunidades autónomas, para centrarlo un poco en Canarias y un poco situarlo a nivel estatal? Porque en este momento todos estamos de acuerdo, y lo podemos ver en el Diario de Sesiones, en el Congreso y el Senado, la justicia no solo está cambiando sino que debe cambiar. Se tiene que adaptar, en primer lugar, a lo que son las nuevas tecnologías y también, lógicamente, el turno de oficio se tiene que adaptar a estos cambios. En este momento en Canarias hay cerca de 1.500 abogados en el turno de oficio, apuntados en el turno de oficio, en los cuatro colegios de abogados que hay, y ayer precisamente vinieron a esta Cámara tres decanos de los cuatro colegios de abogados, 500 solo en la isla de Tenerife. Y por eso entendemos nosotros que es necesario hacer un planteamiento en lo que es la asistencia gratuita.'

'Ello unido, en el actual marco de la crisis económica, al incremento notable de asuntos judi­ciales que hay en este momento, un incremento no­table que es preocupante. En el 2008 en Canarias hubo 5.000 solicitudes de asistencia gratuita; en el año 2009, que todavía no lo hemos finalizado, se está haciendo una estimación aproximada de cerca de 100.000 solicitudes. Con ello estamos hablando de un incremento de casi un 100%. Y en España hay 196 asuntos por cada 1.000 habitantes y en Canarias 211 expedientes. Según el último informe de la memoria del Consejo General del Poder Judicial, en Canarias 211 expedientes por cada 1.000 habitantes; es decir, uno de cada cinco canarios acude a la justicia gratuita.'

'Por ello, señor consejero, hemos visto oportuno hacerle estos planteamientos y sobre todo solici­tarle esta convocatoria, y que nos pudiese explicar, pues, el contenido de la comparecencia, de este borrador. Y un borrador hay que decir que no se retira; un borrador no es un decreto, no es ningún documento, sino es un documento de trabajo que está a disposición de todas las partes implicadas y, como tal borrador, está sobre la mesa y es lo que en este momento se está analizando. Yo no entiendo que se haya retirado ningún borrador, porque la misma palabra lo dice. Un borrador es un documento de trabajo provisional, porque si el Gobierno de Canarias hubiese querido aprobar esto por un decreto, lo hubiese hecho, porque tiene competencias para ello. Lo que ha querido el Gobierno de Canarias, por lo menos lo que hemos leído en los medios de comunicación y de las personas con las que yo he podido hablar, es un poco conocer la opinión, en este caso de los abogados.'

'Y por eso nosotros hemos solicitado esta comparecencia.'

'Muchas gracias.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Pasamos a la intervención del Gobierno. Tiene la palabra el consejero de la Presidencia, Justicia y Seguridad, el señor don José Miguel Ruano León.'

'El señor consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad (Ruano León): Muchas gracias, presidenta. Buenas tardes, señorías.'

'Me gustaría empezar esta comparecencia en referencia al concepto, en relación a la intervención de la señora Guerra de Paz y también de la señora Marrero, intervenciones de cada una de ellas, porque creo que es importante desde el punto de vista de la respuesta, en torno a qué se entiende o cuál es el objetivo de la justicia o, mejor, de la asistencia jurídica gratuita. Lo digo porque el plan­teamiento, el planteamiento, discrepo totalmente del plantea­miento de la portavoz socialista en relación a la consideración de la justicia gratuita como una aportación de los abogados. La justicia gratuita hay que verla desde el justiciable, respecto a aquella persona que tiene derecho a obtener el beneficio de la justicia gratuita, por cuanto se estima que concurre en ella una incapacidad económica. Normalmente una incapacidad económica para litigar u otras causas que estén establecidas por la ley y que, como tal, se le reconocen.'

'Por tanto, invirtamos el planteamiento. Lo sus­tantivo es el derecho del ciudadano a obtener la tu­tela judicial efectiva, y esa tutela solo se puede obtener, por aquellos que no tienen recursos o por algunos colectivos determinados que se establezcan legalmente, por esta vía como un reconocimiento de Derecho. Y esa aportación, por tanto, es una aportación, la aportación que puedan realizar los abogados lo es con relación a una contraprestación económica que reciben por ello. Porque la justicia es gratuita para el justiciable, pero no es gratuita para el conjunto de los ciudadanos. Eso no es así. La justicia es gratuita para quien la recibe, pero los ciudadanos en su conjunto están pagando una contraprestación por esa tarea. Porque, por fortuna, en España este asunto, digamos, ha evolucionado en ese sentido, lógicamente vincu­lado al propio desarrollo económico de España y al propio de­sarrollo democrático de España, porque hasta, bueno, hace unos cuantos años el beneficio de la justicia gratuita no daba derecho a contraprestación económica a los abogados que estaban en el turno de oficio. Obviamente eso cambió, como debe ser por otra parte, porque lo sustantivo es el derecho de la persona a recibir justicia y, como tal, hay que verlo como una contraprestación la que recibe el profesional de la abogacía o el profesional de la procuraduría, puesto que los procuradores también están o tienen parte de ese turno de oficio, lógicamente en proporciones muy distintas.'

'Bien. Dicho eso, creo que eso hace posible que pueda hacer también una valoración acerca de un juicio sobre el presunto o el tema del borrador, porque hablan de que "el borrador determinaba su trabajo". El borrador, el documento borrador, al que se ha referido la portavoz del Grupo de Coalición Canaria, era eso, y no es que determine su trabajo, determina básicamente, pues, lo que he dicho: el derecho de los ciudadanos a recibir la justicia gra­tuita y lógicamente la contraprestación de los abo­gados por realizarla, amén de las obligaciones de los colegios profesionales. Porque hay muchos otros colegios profesionales que desarrollan también car­gas establecidas por la legislación, por eso existen los colegios profesionales. Por ejemplo, en los arqui­tectos, el visado de determinados proyectos y demás. Eso es lo que da naturaleza singular justamente a los colegios profesionales desde el punto de vista de su personalidad jurídica.'

'Así pues, dicho eso, que considero una intro­ducción necesaria, me voy a centrar en todo lo que se refiere a qué es la asistencia jurídica gratuita, cuáles son las comisiones de asistencia jurídica gratuita, como foros de reconocimiento del derecho, el diseño y desarrollo de ese turno de oficio y la financiación; y, por último, la reforma de la asistencia jurídica gratuita en España y en Canarias.'

'Deben saber sus señorías que, como ha señalado la portavoz del Grupo de Coalición Canaria, en España hay en este momento abierto un proceso de modificación de la ley del año 96, que es la ley básica que regula este derecho, este derecho fundamental, en definitiva, porque viene a desarrollar previsiones del 24 en relación con quienes obtengan el derecho -el artículo 24 de la Constitución-, y, por tanto, al fi­nal estamos en un marco estatal que está en revisión. Ayer mismo, en el seno de la Conferencia Sectorial de Justicia celebrada en Madrid, uno de los puntos del orden del día, concretamente el punto 7, era asistencia jurídica gratuita. Y se ha constituido un grupo de trabajo para modificar la Ley de Asistencia. Un grupo de trabajo en el cual está el ministerio con las comunidades autónomas y, una vez concluido el borrador, se producirán encuentros con el Consejo General de la Abogacía.'

'De la misma manera, en Canarias hemos obrado en relación con el decreto que rige hoy, es un decreto del año 98. Ha habido muchísimas modificaciones legislativas desde el año 98, ha habido cambios sus­tantivos en materia procesal, ha habido cambios lógicamente en materia tecnológica, que requieren que la gestión, la propia gestión del sistema de asistencia jurídica gratuita se mejore, y eso requiere cambios a su vez en la norma que lo ampara, en el decreto del 98.'

'Por eso, señorías, creo que es importante que digamos que el beneficio de asistencia jurídica gra­tuita, de acuerdo con la ley, incluye el asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso, la asis­tencia del abogado al detenido preso, la defensa y representación gratuita por abogado y procurador en el procedimiento judicial cuando su intervención fuera preceptiva, la inserción gratuita de anuncios o edictos en el curso del proceso, la exención del pago de depósitos para interponer recursos, la asis­tencia pericial gratuita en el proceso, en su caso, o la obtención gratuita de copias. En definitiva, todo un conjunto de derechos que no se limitan a la propia organización del turno de oficio. Es un derecho con mucho más contenido o más extensión y, evidentemente, quizás lo más importante desde el punto de vista organizativo es que para hacerlo efectivo se organiza en los colegios profesionales un turno de oficio de atención a aquellos a los que se reconoce el derecho.'

'La asistencia jurídica gratuita, desde el año 2004, se reconoce en base al indicador de renta de efectos múltiples, el Iprem, hasta dos veces el Iprem, y hay determinadas circunstancias o determinados colectivos, determinadas circunstancias familiares, en donde las comisiones de asistencia jurídica gratuita pueden reconocer también el derecho, fuera de ese marco económico concreto. Por eso insistía al principio en que se trata de una prestación pública al justiciable sin recursos.'

'Las comisiones de asistencia jurídica gratuita en Canarias están constituidas en cada una de las islas que disponen de colegio de abogados. Concreta­mente hay cuatro colegios de abogados en Canarias. El de Las Palmas agrupa a las islas de Gran Canaria y Fuerteventura; el colegio de Lanzarote; el colegio de Santa Cruz de Tenerife agrupa a las islas de Tenerife, La Gomera y El Hierro; y también el colegio de La Palma. En cada uno de los cuatro colegios existe, como digo, una comisión de asistencia jurídica gratuita, en la que hay, además de un fiscal que preside la comisión, un abogado designado por el decano del colegio, un procurador designado por el decano del colegio, un letrado del servicio jurídico y el director de la consejería, el director general de Relaciones con la Administración de Justicia o un funcionario que este designe. Estas comisiones son las que hacen el reconocimiento de la justicia.'

'Una de las cuestiones que se plantean como necesarias en la modificación normativa es que, ante nuevas demandas en materia de justicia, concretamente en juicios rápidos, cómo se hace el reconocimiento de la justicia gratuita cuando la inmediatez del proceso no permite que se produzca una reunión de la comisión o un reconocimiento por parte del propio colegio sino que digamos que sobre la marcha hay que conocer si la persona a la que se presta asistencia reúne los recursos para ser considerada beneficiaria de la justicia gratuita. Esa es una de las cuestiones que, en todo caso, habrá que regular, de la forma que sea, en el decreto que haya de sustituir al decreto vigente desde el año 98.'

'La justicia gratuita, como decía, no es gratuita pa­ra los ciudadanos en su conjunto, puesto que estos financian la misma a través de los presupuestos públicos, en este caso de la Consejería de Justicia. Los colegios profesionales reciben una dotación de distinto alcance: la dotación para el propio turno de oficio, para los abogados, para los profesionales que, en función del número de servicios prestados, pues, reciben la contraprestación económica y la que re­ciben los colegios para la propia gestión del turno. Una subvención, en términos puros y duros, que recibe cada colegio para la gestión del turno. Por tanto, se trata de una dotación que, en general, nos sitúa a nosotros, a Canarias, dentro de las comunidades que mejor re­lación, en relación a los recursos o a las actuaciones, produce, a las distintas actuaciones, produce. Y, por tan­to, creo que eso es un tema absolutamente destacable por parte de nuestra actividad, de nuestra actividad.'

'Voy terminando, presidente, diciendo, refirién­dome a lo que decía la portavoz del Grupo de Coalición Canaria. Nosotros teníamos, iniciamos una reforma en base a un borrador, del cual no estábamos ni siquiera en trámite de audiencia. Es decir, si nosotros hubiéramos tenido el propósito de impulsar el proceso con la modificación, con el texto que poníamos, hubiéramos trasladado tal cual el texto del decreto, dábamos el trámite de audiencia que procede según la ley y hubiéramos seguido adelante. Nuestra voluntad era abrir el proceso de debate. Lo que se hizo fue la entrega, en el mes de julio, de un documento borrador, que además lo pone en todas y cada una de sus páginas, con el objetivo de propiciar una reflexión sobre la modificación.'

'El acuerdo con los colegios de abogados ha sido, pues, decir que no estamos en un proceso de retirada, puesto que no teníamos tampoco una iniciativa, sino un método, la búsqueda de un método, para alcanzar la modificación del decreto del 98, y ese método, pues, era un método que podía ser válido. Para empezar de nuevo, lo que hemos dicho es que nosotros par­timos de una consideración en blanco, es decir, no­sotros estamos abiertos a cualquier modificación que sea acorde con el objetivo de la justicia gratuita.'

'Y creo que es muy importante volver al prin­cipio de mi intervención. No se trata de un plantea­miento, un planteamiento de aportación de los colegios, sino de un planteamiento del justiciable y del derecho a la asistencia jurídica gratuita. ¡Naturalmente, naturalmente! Los profesionales del Derecho que trabajan -tanto procuradores co­mo abogados- reciben la contraprestación que corresponde a los servicios que prestan.'

'Nada más. Muchas gracias.'

'En la segunda intervención puedo explicar algunas cuestiones que no he podido hacerlo en la primera.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Pasamos a la intervención del Grupo Parlamentario Popular.'

'Tiene la palabra su señoría, el señor diputado don Fernando Figuereo Force.'

'El señor Figuereo Force: Gracias, señora presidenta. Señorías, buenas tardes a todos.'

'Yo voy a enfocar mi intervención un poco de forma diferente y quisiera hacer un estudio de estos letrados, de estos abogados, que conforman o están adscritos al turno de oficio.'

'Cuando un letrado interviene en el turno de oficio, se está materializando algo más que el ejer­cicio de una profesión liberal: se está cumpliendo con un precepto de la Constitución, un precepto constitucional. El artículo 17.3 establece que "se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales en los términos que la ley establezca". Asimismo, el artículo 24, tras declarar en el apartado 1 el derecho a la tutela judicial efectiva de toda persona en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sanciona, en el apartado 2, que, "asimismo, todos tienen derecho a la defensa y a la asistencia de letrado".'

'Así está configurado en nuestra Constitución el derecho de defensa, como derecho de asistencia técnica, al que aparece íntimamente ligado el derecho a la asistencia gratuita, recogido en el artículo 119 de la Constitución, que señala que "la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley, en todo ca­so respecto a quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar". Es decir, el derecho a la asis­tencia letrada gratuita está íntimamente ligado, es parte integrante del derecho de defensa.'

'La asistencia letrada gratuita, en lo que se re­fiere a la designación de abogado, se configura co­mo un de­recho subjetivo fundamental de carácter prestacional, que no puede, no debe y no lo hace desembocar en una simple designación que redunde en una manifiesta ausencia de asistencia efectiva. Todo lo contrario, debe destacar -y destaca- el carácter técnico, profesional y eficaz de la asistencia. Y es aquí donde nuestro grupo quiere poner de manifiesto la profesionalidad, eficacia y tesón de todos y cada uno de los letrados que se encuentran inmersos en el turno de oficio. Cuando un letrado es asignado, se olvida de que ha sido por el turno de oficio. Se vuelca en el estudio y en la defensa del trabajo encomendado, sin importar el tiempo que necesite para ello, como si su cliente lo fuere de privado. Están todos y cada uno de ellos perfectamente capacitados para dicho trabajo. Hay que alabar dicho trabajo, hay que alabar a dicho colectivo.'

'Es más, a los abogados del turno de oficio y de asistencia jurídica gratuita se les exige un plus que va más allá del que se pueda exigir a un abogado particular, porque, además del consabido título de licenciado en Derecho, se les exige tres años de ejercicio y haber realizado la Escuela de Práctica Jurídica, que por regla general dura dos años. Por ello los ciudadanos que necesiten de sus servicios pueden estar tranquilos, porque están asistidos por profesionales de una extraordinaria valía.'

'Por todos es sabido que en el desarrollo del derecho constitucional se dictó la Ley 1/1996, de 10 de enero, que regula el procedimiento para su obtención, y fue también en el año 96 cuando nues­tra Comunidad asumió el traspaso de funciones del Estado en materia de Administración de Justicia. Y desde dicha fecha es indudable, incuestionable, la realidad, el interés de nuestra Comunidad y de su Gobierno en la organización y funcionamiento de la asistencia jurídica gratuita. Más cuando ello implica garantizar diversos derechos fundamentales.'

'En el año 98, mediante el Decreto 57/98, se regulan las comisiones de asistencia gratuita en cuanto a su composición y funcionamiento, modificándose pos­teriormente por sendos decretos del año 2000, 2003, 2004 y 2007. Las retribuciones de los profesionales desde el año 2003 hasta el 2008 partían de la base de la actualización del IPC, actualizándose en abril del 2008 mediante un nuevo baremo. Y en la actualidad es necesario un nuevo decreto, una nueva regulación, que no solo actualice las prestaciones que reciben los profesionales del Derecho sino que nuestro grupo entiende que debe ser reflejo de las modificaciones legislativas que ha habido hasta ahora, no solo en la Ley de Enjuiciamiento Civil, sino también en las di­ferentes leyes dictadas, como pueden ser las relativas a violencia de género, asistencia letrada a menores, etcétera. Debe ser reflejo de los avances tecnológicos, de la evolución de nuestra sociedad.'

'Nuestro grupo entiende que es necesario que se generen campañas de información, de difusión, sobre el buen trabajo que realizan los abogados adscritos al turno de oficio. Quizás la percepción que tienen los ciudadanos de los abogados del turno de oficio es injusta y parece que viene más asociada a la credibilidad en el sistema judicial que a la propia competencia profesional de los abogados.'

'Es necesario que el abogado deje de realizar actividades burocráticas relativas a la acreditación documental ante la Administración del trabajo reali­zado, ya que entendemos que la propia Adminis­tración tiene o debe tener los medios suficientes para acreditar el trabajo realizado por los letrados del turno de oficio y así liberar a los mismos del tiempo que necesitan, darles más tiempo para realizar su trabajo.'

'La abogacía es un servicio público esencial, que alcanza su mayor dimensión social en la asis­tencia jurídica gratuita. Los abogados son los garantes de los derechos e intereses de unos ciudadanos frente a otros y, lo que es más importante, de los ciudadanos frente al poder. Nos complace conocer que se está negociando con los colectivos de abogados de nues­tra Comunidad, con procuradores, con todas las per­sonas implicadas, para la redacción de este nuevo decreto, señor consejero, porque llegar a sacar este nuevo decreto significaría apoyar más -y termino, señora presidenta- el derecho constitucional, que está regulado en el artículo 119.'

'No quisiera terminar sin señalar a la portavoz del Grupo Socialista que yo difiero un poco entre lo que es justicia gratuita y asistencia jurídica gratuita. La justicia debe ser gratuita para todos los que vayamos, los que van con abogado privado o con abogado del turno de oficio. La justicia debe ser gratuita. Otra cosa es la asistencia jurídica gratuita, de la que hemos estado hablando hasta ahora. Lo que pasa es que la justicia gratuita parece ser que no existe o por lo me­nos cada vez se hace más difícil. Todos conocemos, todos los letrados conocemos cómo desde hace una semana resulta que para interponer un recurso, ya sea de queja, de súplica o de apelación, pues, hay que pagar, hay que pagar una tasa, un impuesto, por llamarlo así, y el Grupo Popular...'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Vaya concluyendo, señor diputado, por favor.'

'El señor Figuereo Force: Voy terminando, señoría.'

'...lo vemos ilógico. Es un afán recaudatorio. Como sigamos así, vamos a llegar a que incluso para un simple testimonio, para un simple de una sentencia, de un auto, pues, también tengamos que pagar. Eso no es justicia gratuita, eso simplemente es afán recaudatorio.'

'Muchas gracias, presidenta.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Pasamos a la intervención del Grupo Socialista Canario, la segunda intervención. Tiene la palabra en nombre de este grupo la señora diputada doña Eulalia Guerra de Paz.'

'La señora Guerra de Paz: Gracias, señora presidenta.'

'Comenzar diciéndole, señor Figuereo Force, que me alegra que usted hable de eficacia, de tesón, de ca­pacidad, porque desde luego mis primeras palabras eran para reflejar la importancia que tiene el trabajo de los abogados y abogadas que asumen la asistencia -tiene usted razón en ese sentido, yo no dije otra cosa, pero es verdad-, asistencia jurídica gratuita. Yo lo que pasa es que sí que enmarqué la exposición dentro de la justicia gratuita, que es un concepto más amplio y tiene sus pequeñas diferencias, es cierto, pero me alegra que usted haya sacado eso, porque es que daba la sensación, en la intervención tanto de Coalición Canaria pero sobre todo del señor consejero, de que, bueno, que los abogados aquí tienen un aspecto lucrativo desmedido cuando trabajan por bastante menos de la mitad de lo que serían sus honorarios normales si no estuvieran dentro de esa asistencia. Es verdad que no es obligatorio formar parte del turno de oficio, es cierto, pero cuando estás dentro, sí es verdad que es obligatorio asumir la asistencia del turno que te toque. Puedes renunciar en dos ocasiones, pero en la tercera lo tienes que asumir, te guste o no te guste, tengas cuestiones en contra o no puedas defender ese asunto por los motivos que sean. Por tanto, tiene un punto de obligatoriedad.'

'Claro, yo, señor consejero, tengo un poco difícil esta segunda intervención, porque, claro, como no me ha contado nada del decreto, sino lo que nos cuentan los colectivos y lo que sale en la prensa, pues, entendemos que, bueno, que esa será la realidad. No ha respondido usted tampoco a lo que le planteaba doña Flora Marrero con respecto a que contara el contenido, que es lo realmente importante.'

'Sí es cierto, y si no es que ha engañado usted a los abogados y abogadas del turno de oficio, que retiró usted el borrador, y además estaba todo su equipo y usted presidiéndolo; y se comprometió a retirar el borrador porque era un borrador que no había tenido en cuenta para su elaboración los criterios, las opiniones, mejor dicho, de los abogados y abogadas. También el señor Figuereo Force dijo -y también le doy en eso la razón, porque va en el mismo sentido- que hay que tener en cuenta lo que opinan los abogados y las abogadas del turno de oficio, no solo los colegios profesionales. Es verdad que hay atención gratuita en otros ámbitos, pero la más importante es la que está amparada dentro del turno de oficio.'

'Bien. Lo que sí nos preocupaba, y es por lo que hemos traído esta comparecencia, es porque vemos que en un momento de crisis aumentan las solici­tudes de asistencia gratuita. Es normal, porque si estabas dentro de la situación y que estabas fuera del do­ble del salario mínimo interprofesional y ahora te encuentras que no tienes empleo, ahora tienes derecho a la asistencia gratuita. Lo que no sería bueno es que las personas que tienen necesidad de solicitar la asistencia gratuita o de entablar un procedimiento no lo hagan porque piensen que, desde luego, se les atiende peor. Yo por eso defendía el trabajo de los abogados y abogadas del turno de oficio.'

'Es cierto que históricamente comenzaron no cobrando por la prestación, pero desde luego eso es una historia bastante vieja. Yo ya soy mayorcita y yo entré siempre cobrando, una parte, por mi trabajo cuando estuve como abogada del turno de oficio. Por tanto, sí es cierto que se cobra. Y que dejan de cobrar; yo creo que no está mal que reconozcamos que los abogados y abogadas del turno de oficio dejan de percibir una parte y atienden exactamente igual que al que viene de forma particular. Lo atienden exactamente igual o a veces con mucho más interés, porque a veces da más trabajo, por algunas circunstancias que no viene al caso relatar. Sí que hacen un esfuerzo.'

'Y desde luego, ¿que todos con nuestros impuestos pagamos parte del turno de oficio? Claro, igual que pagamos la sanidad, igual que pagamos absoluta­mente todo lo que está dentro de los presupuestos, tanto del Gobierno de Canarias como del Gobierno de España, y yo creo que eso está de más decirlo. Parece que ahora tenemos que responsabilizar a los abogados de que desde luego no reivindiquen su derecho a cobrar por el trabajo que realizan porque están subvencionados. Tampoco entonces trabajarían los médicos de la seguridad social, porque el trabajo también es diferente. Es decir, que creo que a ese punto no habría que llegar. Yo en lo que sigo insistiendo es en que se tiene que llegar a un acuerdo para que la justicia gratuita esté dentro de los parámetros que conlleva nuestra sociedad, no solo desde el punto de vista económico sino organizativo.'

'Y sí es cierto que ha habido quejas en cuanto a la organización, no por mala asistencia, sino organizativo, y le puse como ejemplo el de los turnos de oficio para la asistencia a las víctimas de justicia gratuita, que es un turno nuevo, que lleva poco tiempo y que tiene algunas circunstancias que deben ser abordadas en esa reforma que se lleve a cabo. Otra cosa es la reforma de la ley de la justicia gratuita a nivel estatal, que entiendo que es una circunstancia distinta a la que nos ha traído aquí.'

'Bien. ¿Qué aspectos habría que modificar en este caso concreto? Pues la formación. Es fundamental la formación de los abogados y abogadas. ¿Por qué? Porque, como hemos hablado esta tarde y yo creo que ha salido en todas las intervenciones, nuestra sociedad en estos momentos es diferente a cuando se crea la asistencia gratuita o cuando estaba en un sistema que no era democrático y pasamos a un sis­tema democrático y se reconoce el derecho a la asistencia gratuita, la justicia gratuita, dentro de la Constitución. Por tanto, si tenemos una sociedad distinta, la formación tiene que ser distinta. En estos momentos se está dando una formación que con­siste en una tarde o dos de una charla especializada pero que no lleva un análisis en profundidad de lo que supone la justicia gratuita para la violencia de género. Es decir, es una atención diferente. Dejamos no de ser abogados pero sí asumimos una parte social importante, quizás más que en otro turno. Por tanto, la formación sería importante que se reconociera de otra manera.'

'Y la constitución en cuanto a cómo se organiza el turno, también. En otras ocasiones cre o que lo hemos hablado, que desde luego no es de recibo que la víctima llegue sola al juzgado, cuando no viene acompañada porque a lo mejor su caso ha entrado a través de una asociación de las que trabajan con mujeres que sufren violencia de género, sino que viene, pues, porque fue y puso la denuncia en la policía. Y acuden solas al juzgado y están prácticamente casi veinticuatro horas sin acompañamiento; por tanto, toman la decisión de retirar la denuncia en muchas ocasiones. Creo que se puede resolver aplicando lo que ha sido la modi­ficación del turno de oficio específico, que es un turno que se abre desde que la señora llega a la comisaría y desde luego hasta que tiene, como mínimo, su comparecencia en el juzgado. Y esto no significa que sea una responsabilidad exclusiva del Cuerpo Nacional de Policía; no, en cuanto a las víctimas, la responsabilidad viene desde el turno de oficio, es decir, viene a través de cómo se organiza ese turno y por el contenido que tienen los convenios entre el Gobierno de Canarias y los colegios de abogados.'

'Le he dicho cambios importantes que se pueden asumir, muchos otros, porque creo que es un proceso que se debe hacer con mucha más serenidad. No es una cuestión economicista exclusivamente para reducir lo que se paga por la asistencia gratuita sino que debe ir mucho más al fondo del asunto y, sobre todo, teniendo en cuenta que estamos en un tiempo de crisis, que también afecta sobre todo en este caso a la justicia gratuita.'

'Sería también importante, y es verdad, y ahí sí es una cuestión a analizar, cómo regulamos el sistema de recursos. Es verdad que hay un exceso, podíamos hablar de que hay un exceso de recursos. También tenemos que tener en cuenta que los recursos son una garantía para el justiciable. Entonces tampoco deberían eliminarse todos, pero sí que debería a lo mejor regularse de una forma diferente, quizás para que se ralentice menos nuestro sistema judicial.'

'Nada de esto se puede hacer al margen de quienes llevan a cabo una labor importante, que son estos abogados y abogadas del turno de oficio.'

'Bien. Muy grave en este caso nos parece -y volvemos a reiterarlo para que usted nos dé una explicación- que solo se hablaba en este plantea­miento del borrador de los colegios profesionales como institución y no incorporando a los abogados y abogadas que están representados, pues, por diversa representación... que los representa. Creo que es importante que se incorporen.'

'Creemos que usted cuando fue a esa reunión -y como no nos ha contado nada más, no podemos profundizar en los aspectos que componen el conte­nido, que contienen el contenido de esa propuesta de borrador-, usted, pues, acudió a apagar un fuego y lo hizo con un extintor, sin intervenir nunca más en el incendio. Porque desde luego la información que tenemos es que no ha habido ninguna comunicación más de la Consejería de la Presidencia con los abo­gados y abogadas del turno de oficio de Canarias, de ninguno de los colegios de Canarias. Y desde luego sí que nos parece una irresponsabilidad, porque el problema se volverá a generar cuando ustedes vuelvan a llevar otro borrador sin haberlo trabajado. Insisto, ustedes retiraron de la mesa ese borrador y desde luego no creo que merezca la pena entrar a dilucidar si un borrador se retira o no se retira. Ustedes llevaron el borrador, era lo que pretendían que se aprobara como decreto y desde luego lo tuvieron que retirar.'

'Se tendría, por tanto, que haber comenzado con el trabajo con estos colectivos. Le pedimos, que está a tiempo de darle la vuelta al orden de su trabajo, del trabajo de su consejería, contacten de nuevo con la representación, no solo institucional sino del colec­tivo de abogados y abogadas del turno de oficio, para iniciar una reunión, en la que se respeten sus derechos, porque respetar los derechos de los profesionales que intervienen en la justicia gratuita es, desde luego, respetar el derecho de la ciuda­danía. Yo creo, y lo dije además al principio, si usted recuerda, que dije que la justicia gratuita es una conquista de la población en general. Yo no hablé en primer lugar de los abo­gados. Después sí que dije que es una aportación que hacen los abogados y desde luego lo sigo manteniendo. Hacen un trabajo eficaz, profesional y con máxima seguridad para las personas que obtienen el recurso de la justicia gratuita. Por tanto, sigo esperando una información de ese contenido, que han criticado tan­to los abo­gados y abogadas del turno de oficio, y que le puse como ejemplo, porque creo que llama mucho la atención, todos sabemos o prácticamente todos y todas sabemos qué es un recurso de casación. Creo que en esta Cámara han salido referencias a recursos de casación en muchísimas ocasiones y creo que 29 euros no creo que sea lo que se tenga que abonar por un recurso de casación.'

'Gracias. Gracias, señora presidenta.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Gracias, señora diputada. Disculpe.'

'En nombre del Grupo de Coalición Canaria, para una segunda intervención, tiene la palabra su señoría, la diputada doña Flora Marrero Ramos.'

'La señora Marrero Ramos: Muchas gracias, señora presidenta.'

'Bueno, yo creo que queda suficientemente acla­rado que el borrador es un documento para el debate. Me parece que no podemos seguir analizando si al final fue retirado o no fue retirado. Lo cierto es que hay un documento que tienen todos los abogados. Yo se lo puedo facilitar, doña Eulalia, si usted no lo tiene, porque está circulando, circula por ahí. Cualquier abogado, pues, que esté interesado tiene ese borrador.'

'A mí lo que, señor consejero, lo que nos parece importante, ahora que se va a empezar a analizar en Canarias, igual que en el resto del Estado, lo que es un nuevo planteamiento de la justicia gratuita, nos parecen importantes algunos asuntos que sean recogidos.'

'El incorporar las nuevas tecnologías, las nuevas tecnologías a este servicio. No podemos seguir como se ha seguido hasta ahora, y cuando hablo de las nuevas tecnologías, estamos hablando lógicamente de la administración electrónica.'

'Y después, en el caso de Canarias, adaptarnos a las peculiaridades de Canarias. Cuando en la Comisión Sectorial de Justicia cada una de las comunidades autónomas hace sus reivindicaciones, propias de su entorno, de su territorio, en Canarias, pues, tenemos unas peculiaridades especiales, y unas peculiaridades que difieren también de los diferentes colegios de abogados. No es lo mismo la realidad del Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que la de Lanzarote ni la de Santa Cruz de Tenerife ni la del Colegio de Abogados de Gran Canaria. Es decir, hay que adaptar esta nueva regulación de la asistencia gra­tuita a lo que es Canarias y, dentro de Canarias, intentar también que se recojan, pues, las características de cada una de las cuatro realidades diferentes.'

'Con este decreto, que cuando se apruebe, al final, lo que todos estamos intentando, y es quizás lo más importante que me parece que tenemos que destacar esta tarde, es la igualdad de la ciudadanía ante la ley, que es el objetivo que perseguimos todos.'

'En la memoria del Consejo General del Poder Judicial -que antes hice referencia a algunos datos- también se decía que Canarias es la cuarta Comunidad Autónoma donde hay más litigios por habitante, y lo señalaba directamente con el incremento de la población, con el número de habitantes, y así se recoge en la propia memoria.'

'Y a mí me parece que es importante no olvidar lo que son los turnos especializados dentro de los abogados de oficio. Ha hablado la compañera doña Eulalia Guerra de la violencia de género, pero a mí me gus­taría recordar también los turnos referidos al tema de menores, que es un tema impor­tantísimo, porque también es un colectivo donde más indefensión hay y sobre todo donde más desinformación. Las mu­jeres, afortunadamente ca­da vez más, tenemos más información sobre los recursos que existen sobre vio­lencia de género, pero hay una asignatura pendiente sobre la información en este caso a los menores.'

'Y hay un tema que en su momento fue muy importante para los turnos de oficio, que es el tema de la inmigración. Todos recordamos aquel verano del 2007, creo recordar, donde llegó una cantidad importante de inmigrantes a esta tierra y donde las personas que se dedicaban al turno de oficio en el te­ma de la inmigración, pues, inclusive creo recordar -si no corríjame, señor consejero- que hubo que llegar hasta unos topes, ¿no?, a la hora de pagar lo que son las minutas. Y esto es un tema en que tenemos que no perder la perspectiva y que tenerlo en cuenta.'

'En cualquier caso, señor consejero, nosotros, desde el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, nos parece oportuno que se afronte esta modificación de la asistencia gratuita adaptándola a esta realidad. Una realidad, no solo, pues, a nuestras características geográficas y nuestras características sociológicas, sino sobre todo a esta coyuntura económica, como es la crisis económica, donde si todos los pronósticos se confirman, va a haber muchas personas que, por desgracia, van a tener que asistir a la asistencia gratuita por carecer de medios económicos. Y es importante que esas personas, pues, sean atendidas, porque al final de lo que estamos hablando es de una igualdad ante la ley, que lo proclama la Constitución española y el Estatuto de Autonomía.'

'Muchas gracias.'

'La señora vicepresidenta primera (Tavío Ascanio): Última intervención, en nombre del Gobierno tiene la palabra el consejero de la Presi­dencia, Justicia y Seguridad, el señor don José Miguel Ruano León.'

'El señor consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad (Ruano León): Muchas gracias, señora presidenta.'

'Bien. Yo creo que en esta segunda parte es importante... quiero retomar algunas de las cuestiones de mi primera intervención y sobre la base de la voluntad que ha manifestado el Gobierno, y que reitera, de alcanzar acuerdos con los colegios profe­sionales. Por tanto, en algunas de las cuestiones sobre las cuales se me requiere, ocasionalmente puede ser que no encuentre la respuesta que a lo mejor a su señoría le gustaría, porque -lo he señalado- estamos en un proceso de diálogo con los cuatro colegios, con los cuales esperamos alcanzar acuerdos.'

'Tengo que decir que, además, la representación y el deber del Gobierno es establecer esa relación con quienes tienen la representación. Lógicamente, en la organización de cada colegio el cómo se adop­ten las decisiones es producto de la autonomía de gobierno y de la autonomía funcional de cada uno de los colegios en relación a la adopción de una decisión. Pero me gustaría intentar trasladarles a sus señorías que, igual que la educación no es algo de los docentes, tampoco la asistencia jurídica gratuita es algo solo de los profesionales, siendo como son los docentes esenciales para tomar decisiones sobre el ámbito educativo, siendo como son esenciales los profesionales de la abogacía y la procuraduría para tomar decisiones en torno a la asistencia jurídica gratuita. Pero creo que es fundamental que cuando observamos o cuando diagnosticamos cualquier asunto de interés público, lo hagamos desde nuestra representación general, porque a lo que estamos aquí obligados es a hacer la defensa de los intereses generales de los ciudadanos.'

'Y yo no cuestiono -no lo ha hecho el Gobierno ni lo he hecho yo en mi primera intervención ni lo hago ahora- el buen ejercicio profesional de la gran mayoría, de la inmensa mayoría de los profesionales que están ejerciendo dentro de los correspondientes turnos en sus respectivos colegios. Eso no lo he cues­tionado ni lo ha cuestionado en ningún momento ningún responsable del departamento. Pero es cierto que algunas cosas tenemos que mejorarlas; algunas cosas vinculadas, como son cuatro colegios, al modo de liquidación del turno de oficio de forma homogénea; tenemos que mejorar temas vinculados a la interoperabilidad de los colegios en relación al conocimiento del funcionamiento del turno de oficio, a la asistencia a la persona, a la información completa a la persona que acude a demandar asis­tencia jurídica gratuita, una información que permi­ta incluso hacer accesible a través de la web de los respectivos colegios a personas que puedan contar con ese derecho. Es decir, tenemos que dar un cambio en torno a un proceso que está, digamos, de alguna manera, superado.'

'Hemos hablado de muchas cosas de índole general y se queda un poco en el debate la idea de muchas o, digamos, de muchos puntos de en­cuentro, puntos comunes, en los cuales, pues, tanto el Gobierno como los grupos que han intervenido estamos de acuerdo. Es decir, nadie cuestiona la profesionalidad, todos estamos de acuerdo con que los colegios hacen una tarea importante de colaboración y de organización del turno y otra cuestión diferente es que no estamos, no estamos, insisto, ante una aportación de los profesionales. Los profesionales reciben una compensación.'

'Como no me gustaría que quedara en el... Ya he dicho que ese decreto, perdón, ese borrador de decreto, no tenía en aquel momento, porque no fue nunca sino un borrador y no fue, como digo, sometido a audiencia, la previsión que había en el documento, en el documento anexo, respecto a las cantidades a abonar, porque intenta usted ridiculizarlo con una cuestión concreta, y esa cuestión concreta, para que no quede en el ambiente que no contesto a ella, respecto a 29 euros, es el escrito que anuncia la interposición, no el recurso de casación, el escrito que anuncia la interposición, que no es exactamente lo mismo. Y por establecer comparaciones, para que sepan ustedes, por si acaso, que nosotros estamos pagando, los ciudadanos canarios están pagando, un turno de guardia, la guardia de veinticuatro horas, a 209 euros y un fiscal o un juez cobra la guardia de una semana a 300 euros. Por tanto, vamos a dejarnos de establecer comparaciones que no responden con rigor a la realidad del funcionamiento del turno de oficio en Canarias, que tiene un tratamiento digno, vamos a decirlo así, en términos... Evidentemente debe ser así y, por tanto, eso no está en discusión. Nosotros no estamos en ese sentido discutiendo eso, pero tampoco queremos que nos vayamos al otro extremo y pasemos al intento de ridiculización de lo que hoy representa la organización de la asistencia jurídica gratuita en general.'

'Lo que sí es cierto, como dije en mi primera intervención, es que hay algunas novedades legisla­tivas que requieren una organización específica y que tienen que regularse en un decreto, porque, en definitiva, afectan al derecho económico del justi­ciable. Es decir, el justiciable... y lo digo con relación a la intervención de los portavoces en torno a la relación entre justicia y justicia gratuita o, más concretamente, como señalaba el señor Figuereo, hablando de la justicia como servicio en general, si tendría que haber tasas para su financiación y demás. Yo creo que ese tema en este momento, señor Figuereo, incluso en la reciente reforma procesal, hace unos días se ha publicado una tasa por recurso, y creo que hay que valorar que las cosas deben costar. Deben costar, porque al final eso va a financiar el propio servicio. Eso es lo importante. Si no es una tasa para la caja única, y no es el caso; es una tasa específica, en la cual además han estado de acuerdo todas las comunidades autónomas, las 11 comunidades autónomas y el Ministerio de Justicia en su implementación, las 11 comunidades autónomas que tienen competencia en materia de justicia.'

'Por tanto, creo que respecto de estos asuntos intentemos trasladar que... En un juicio rápido, si a un señor lo detienen porque va bebido y le van a realizar un juicio rápido, pues, tendremos que, de alguna manera, saber cuáles son sus condiciones económicas. No tenemos por qué prestarle asistencia jurídica gratuita si es el señor Botín, por ejemplo, y puede darse, y puede darse, y se da, y se da. Por tanto, establezcamos de forma rigurosa cuáles son los derechos del justiciable, de aquel justiciable que está amparado por la Constitución española, por la Constitución y por la ley que lo desarrolla, la ley del 96 ahora, y vamos entonces a establecer la norma para poderlo hacer realmente efectivo. Y, por tanto, la justicia no está en hacerlo de igual manera para aquel que cuenta con sobrados recursos respecto de aquel que no tiene recursos, porque el sistema está previsto para aquellos que no tienen recursos, y el que tiene recursos tiene que pagar. Y, por tanto, esa es la cuestión básica. Y, por tanto, algunas cuestiones que se preveían en el texto sobre la necesidad de conocer cuál es la situación económica de la persona que va a recibir la asistencia tienen que ver con el control de los recursos públicos y, si yo no hubiera movido ese asunto, si el departamento no hubiera movido ese asunto, posiblemente pasa como en tantos otros, que forman parte de las cuestiones, digamos, que cuando van transcurriendo, con independencia de cuál sea el coste del servicio, pues, da igual. Pues, miren, no da igual, porque administramos recursos públicos. Y, por tanto, con ese compromiso, que asumimos cuando asumimos tareas públicas, tenemos que hacer defensa de esos recursos. Y vamos a hacerlo, insisto, intentando el acuerdo con los colegios, pero sobre la idea, una idea muy distinta a alguna manifestada por la portavoz del Grupo Socialista, y es el derecho del justiciable y la contraprestación, naturalmente, del abogado o del procurador, pero el derecho es del justiciable: de aquel que, no teniendo los recursos su­ficientes para litigar, está amparado por lo previsto en la Constitución y amparado por lo previsto en la ley.'

'Muchas gracias.'