Diario de Sesiones 94, de fecha 21/12/2009
Punto 1

'· 7L/PL-0018 Debate de primera lectura. Proyecto de Ley por la que se Modifica la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.'

'El señor presidente: Continuamos. Primer asunto del orden del día: proyecto de Ley por el que se Modifica la Ley 7/95, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.'

'A este debate de primera lectura hay una enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario Socialista Canario, pero en primer lugar tiene la palabra el Gobierno para la presentación del proyecto de ley.'

'Señora consejera de Turismo, señora Martín Pérez, tiene la palabra.'

'La señora consejera de Turismo (Martín Pérez): Presidente, buenos días. Señorías. A todos muy buenos días.'

'La Ley 7/95, de Ordenación del Turismo en Canarias, abordó su objeto desde la concepción multi­dis­ciplinar, como dice su exposición, los motivos, contem­plando la delimitación competencial en mate­ria de turismo entre las distintas administraciones públicas canarias, la valoración de los recursos turísti­cos, la regulación integral de la oferta, la protección al usuario de servicios y la ordenación del sector vinculado al turismo.'

'La Directiva europea 2006/123, Directiva de Servicios, que conocemos como la Directiva Bolkes­tein, con el objetivo de avanzar hacia un auténtico mercado interior con mayor libertad en los Estados miembro, llama a suprimir las barreras que impiden u obstaculicen, directa o indirectamente, el establecimiento de nuevos negocios o la prestación transfronteriza de servicios, garantizando que tanto los prestadores como los destinatarios de los servicios se benefician de la libertad de establecimiento y de la prestación de los servicios consagrados en los artículos 43 y 49 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, promoviendo la simplificación de procedimientos y la eliminación de obstáculos a las actividades de servicios y potenciando la confianza recíproca entre Estados miembro y entre prestadores y consumidores del mercado interior.'

'La Directiva de Servicios resulta aplicable a una amplia gama de actividades y, entre ellas, los servicios turísticos, incluyendo expresamente los de alojamiento turístico, restauración y los que prestan agencias de viaje, intermediación turística, los guías de turismo y otros servicios de ocio.'

'En el texto que traemos a este Pleno, después de haber superado los trámites preceptivos, supone la simplificación administrativa, que facilita la libertad de establecimiento y la prestación de servicios, contribuyendo a la creación de nuevos negocios, de empleo y de riqueza.'

'Las aportaciones más significativas de la modi­fi­cación son las siguientes. En primer lugar, en nues­tra vigente ley de ordenación del turismo hay una exigencia generalizada de autorizaciones administrativas turísticas para el proceso y el ejercicio de actividades turísticas, que no resulta compatible con la Directiva de Servicios. Los controles previos al ejercicio de una actividad no son garantía del cumplimiento de la norma. Lo deseable es que el cumplimiento de lo preceptuado durante todo el ejercicio de la actividad y de modo de lograrlo con las comprobaciones y los controles periódicos, este nuevo enfoque redunde en beneficio de la creación de empleo y desarrollo económico y social.'

'En segundo lugar, con la modificación que se trata en este Pleno lo que se generaliza es el régimen de comunicación previa del inicio de las actividades turísticas, reservando la exigencia de autorización para aquellos casos en los que las actividades tengan incidencia territorial y el bien jurídico protegido esté vinculado a la protección del medio ambiente. En estos casos, para ajustar el crecimiento turístico a la capacidad de carga de las islas, no resulta discriminatorio controlar el acceso al ejercicio de la actividad.'

'En tercer lugar, la supresión de las exigencias de la autorización turística para el ejercicio de actividades de esta naturaleza que se efectúe en los espacios naturales protegidos o en las áreas de sensibilidad ecológica catalogadas, así como cuando pueden afectar a especies animales o vegetales protegidas. Se entiende que esta normativa medioambiental contempla los controles necesarios, evitando un doble control administrativo.'

'En cuarto lugar, a propósito de las habilitaciones para el ejercicio de las actividades turístico-infor­ma­tivas, procede el mantenimiento de las habilita­ciones, en aplicación del régimen previsto en la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de las cualificaciones profesionales.'

'En cualquier caso, el que no resulte justificable el mantenimiento generalizado del régimen de autoriza­ción turística no significa que no se pueda ordenar la actividad. La directiva especifica determinados requisitos que no pueden ser exigibles y otros cuya exigencia debe ser evaluada de forma expresa, a efectos de justificar su necesidad, proporcionalidad y su carácter no discriminatorio.'

'En quinto lugar, la presente modificación implica la consecuente de adecuar la tipificación de las infrac­ciones administrativas. Se eliminan como infracción muy grave las actuaciones realizadas sin inscripción en el Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos, ahora denominado Registro General Turístico, que deja de ser preceptivo.'

'En la elaboración de esta norma se han observado todos los trámites preceptivos y asumiendo numerosas aportaciones, que las entidades públicas o privadas y colectivos relacionados con su objeto han aportado. Otras han sido rechazadas, en su mayor parte, por desvirtuar la propia directiva, cuya trasposición se efectúa, o por exceder del objeto de la norma. El interés del Gobierno y de la Consejería de Turismo es poner de manifiesto que esta modificación viene a dinamizar y a simplificar la actividad económica relacionada con el turismo en nuestro archipiélago, sin perjuicio de la obligatoriedad de someterse a los controles establecidos en el resto del ordenamiento jurídico aplicable.'

'Más allá de la ineludible obligación por nuestra pertenencia a la Unión Europea de trasponer a nues­tro ordenamiento la Directiva de Servicios, quiero subrayar la plena confianza en que -esta consejera y el Gobierno al que pertenezco-, con el libre mercado, también aplicando todos los servicios turísticos, comportará una supresión de los servicios ofrecidos en términos de calidad. La supresión de trabas excesivas, compensada con los controles oportunos y con la natural criba de cualificaciones, actitudes, cualificará y dinamizará el sector turístico canario. La directiva no se flexibiliza, se cumple o se incumple, con consecuencias directas para la Comunidad Autónoma.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Muchísimas gracias, señora consejera de Turismo, señora Martín Pérez.'

'Turno de la enmienda de devolución. El Grupo Parlamentario Socialista Canario, don Santiago Pérez García.'

'El señor Pérez García: Muy buenos días a todos. Señoras y señores. Señor presidente. Señor presidente del Gobierno.'

'Me gustaría pedir la atención de sus señorías para los argumentos que paso a exponer, que han fundamentado la presentación de una enmienda a la totalidad para su devolución al Gobierno frente a este proyecto de ley.'

'Quiero decirles que este proyecto de ley se está tramitando por un procedimiento abreviado y de urgencia para tratar de hacer coincidir su entrada en vigor, si fuera aprobado por el Parlamento de Canarias, al mismo tiempo o antes que la entrada en vigor de la Directiva de Servicios. El retraso en la presentación de este proyecto de ley y, en consecuencia, su tramitación por un procedimiento de urgencia es exclusivamente imputable al Gobierno de Canarias, que tendrá más o menos razones para justificar este retraso, pero es un retraso que se debe exclusivamente al Gobierno de Canarias (Abandona su lugar en la Mesa el señor presidente. Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente segundo, Alemán Santana).'

'El Grupo Socialista se ha opuesto a esta tramita­ción pero, no obstante, hemos aceptado e incluso sugerido que abreviáramos los trámites de este debate, el trabajo de la ponencia, que se efectuará mañana, y la previsible aprobación por el Pleno para pasado mañana por una razón meramente cautelar: nos resultan inimaginables -así, literalmente, inimaginables- las consecuencia jurídicas que podría tener -y no estoy hablando en el terreno de posibles sanciones por parte de la autoridad europea, no me refiero a ese terreno- la entrada en vigor de la Directiva de Servicios antes de que entrara en vigor una ley canaria de modificación de nuestra legislación turística. Esa especie de limbo jurídico que se produciría, con independencia de su duración, podría tener consecuencias jurídicas imprevisibles.'

'¿Por qué, señoras y señores diputados? Porque -y entro ya en el fondo de la cuestión-, porque a través de este proyecto de ley se va a producir un giro legislativo que yo calificaría de radical. La justificación o el motivo de este giro es la necesidad de adaptar nuestra legislación a la entrada en vigor de una directiva europea que alienta y obliga a impulsar una liberalización muy importante de la economía de servicios, de las actividades económicas de servicios, englobando, por lo tanto, a la principal actividad económica del archipiélago, la actividad turística, los servicios turísticos.'

'Es una operación de gran calado, señor presidente del Gobierno, porque Canarias viene de una legisla­ción muy intervencionista en esta materia. Una legislación que no apareció como fruto de un capricho ni de una ocurrencia, ni del Gobierno ni del poder legislativo, del poder legislativo que desempeña el Parlamento de Canarias. Fue fruto de una larga reflexión, una larga reflexión sobre el crecimiento económico del archipiélago y sus consecuencias. Y esa reflexión llevó a establecer como conclusión la siguiente, casi literalmente extraída de la memoria que acompaña a la Ley 19/2003, de Directrices Generales de Ordenación y del Turismo, de nuestro archipiélago. Durante un periodo de crecimiento económico muy prolongado y muy intenso, en el que confluyeron además unas especiales circunstancias fiscales y económicas muy favorables, se produce una gran acumulación de capitales que, a través del sector inmobiliario, recalan en la actividad turística, especializando nuestra economía en una oferta turística de bajo coste, en actividades turísticas de bajo coste, con una extraordinaria incidencia en los servicios públicos, especialmente el educativo y el sanitario, en las infraestructuras y en los recursos naturales y el medio ambiente, de un archipiélago que debe cuidar muy particularmente esos recursos naturales y medioambientales porque, entre otras fundamentales razones, constituyen la materia prima de nuestra principal actividad económica, y un efecto inducido sobre la población, nuevos asentamientos poblacionales, nuevo incremento de población. Que es, por cierto, un tema que preocupó particularmente a los gobernantes de Coalición Canaria durante mucho tiempo: el efecto inducido que el crecimiento de nuestro sector turístico producía en la población del archipiélago.'

'Pues bien, la legislación canaria, si se aprueba este proyecto de ley en sus actuales términos, va a dar un giro muy radical. Un giro que, además, se ha ido acentuando durante la tramitación del proyecto de ley, desde la fase de anteproyecto, que es el texto que fue sometido a informe del Consejo Económico y Social, del Consejo Consultivo de Canarias o incluso de organismos del propio Gobierno de Canarias como la Dirección General del Servicio Jurídico, desde la fase de anteproyecto hasta la fase de proyecto de ley. Una evidente radicalización del objetivo liberalizador. Y nosotros nos preguntamos, señor presidente del Gobierno: ¿es que hay dos gobiernos en el archipiélago? Un Gobierno que presenta un proyecto de Ley sobre Licencia Comercial Específica, en el que pone especial énfasis en las características peculiares de nuestro archipiélago, en su condición de territorio ultraperiférico, para establecer un atemperamiento del proceso de liberalización que la Directiva de Servicios alienta, hasta el punto de que para el sector comercial -no menos importante que el sector turístico, como es obvio, ni en la economía ni en el empleo del archipiélago- se mantiene un régimen de autorización que consiste en una barrera de entrada para el establecimiento y las actividades de los grandes equipamientos comerciales, que es la obligación de pedir una licencia comercial previa. Régimen de autorización; por lo tanto, un régimen que supone una restricción evidente de la liberalización que la Directiva de Servicios establece y promueve para la plena efectividad de dos importantes libertades comunitarias: la libertad de establecimiento y la libertad de prestación de servicios. ¿Es que hay dos gobiernos en el mismo Gobierno?'

'Si no hay dos gobiernos en el mismo Gobierno, ¿por qué nadie nos ha explicado hasta la fecha -y a fe mía que lo hemos intentado- por qué el mismo proceso de adaptación legislativo para atender la entrada en vigor de la Directiva de Servicios es desenvuelto por el Gobierno con dos perspectivas distintas? Una perspectiva intervencionista, mantener el régimen de autorización para el sector comercial, y una perspectiva radicalmente liberalizadora para el sector turístico, que es el sector principal en nuestra economía y en el empleo.'

'El Gobierno no ha intentado consensuar esta iniciativa legislativa, al menos con el Grupo Socia­lista, y vuelve a romper un clima de consenso que presidió la elaboración y la aprobación de las principales leyes que en nuestro archipiélago ordenan la actividad turística, los recursos naturales y el territorio: la Ley 7 de 1995, que ahora se pretende modificar con este proyecto de Ley de Ordenación del Turismo de Canarias; el Decreto Legislativo 1/2000, sobre legislación de ordenación del territorio y de los espacios naturales del archipiélago; la Ley 6/2001, de Medidas Urgentes en materia turística; o la Ley 19/2003, de Directrices Generales de Ordenación y del Turismo. No ha habido esfuerzo de consenso, desde luego con el Grupo Socialista, tampoco con colectivos laborales o profesionales muy importantes en este sector, como por ejemplo el de los guías turísticos, a cuyos representantes doy la bienvenida en este Pleno, especialmente a su presidente, el presidente de la Asociación de Guías Turísticos de Canarias, que a su vez lo es de la asociación española y de la europea. Bienvenidos a esta Cámara (Se reincorpora a su lugar en la Mesa el señor presidente).'

'Les decía, señoras y señores diputados, señor presidente del Gobierno, que este proyecto es un proyecto de gran calado, difícilmente compatible con la tramitación urgente y no consensuada. Un proyecto que se ha ido radicalizando en el sentido liberalizador a medida que se ha ido tramitando y nos plantea las siguientes cuestiones.'

'En primer lugar, la moratoria turística. Eso que se llama la moratoria fue la desembocadura de una reflexión muy importante en el campo de las fuerzas políticas y de los agentes sociales y económicos del archipiélago. Y la moratoria, señoras y señores diputados, la moratoria al final consiste en un instrumento, desembocó en un solo instrumento, que consistía en la suspensión de las autorizaciones turísticas previas. Un instrumento, la autorización previa, establecido por la Ley 7/1995, que estaba ahí, un instrumento exclusivamente turístico, relacionado con requisitos para el desarrollo de la actividad turís­tica, estándares de calidad, equipamientos, infraestruc­turas. Pero, insisto, una autorización espe­cí­fi­ca­mente turística, con fundamentos en la legisla­ción turística, que estaba ahí desde el año 1995, es utilizada por la Ley 6/2001, de Medidas Urgentes, y la Ley de Directrices, como instrumento de lo que se ha llamado la moratoria, que es el esfuerzo por contener el crecimiento indiscriminado de nuestra oferta turística, porque no crecía, no crecía en función de las características del propio negocio turístico, de sus expectativas, de su rentabilidad, sino que crecía como consecuencia de un conjunto de factores externos, la mayor parte de ellos, y muy potentes, a la propia actividad y negocio turístico. En esto consistió la moratoria. Y la moratoria fue la conclusión de una reflexión que demostró que el mercado no estaba asignando correctamente, eficientemente, los recursos de inversión; que en el sector turístico estaban confluyendo unos cúmulos de inversión muy potentes que nada tenían que ver con la rentabilidad y la viabilidad del propio negocio turístico en el largo alcance, con su sostenibilidad. Esta es la clave del asunto. Bien.'

'Esa autorización previa, señoras y señores, es definitivamente derogada por este proyecto de ley y parece que la va a sustituir una autorización previa de carácter excepcional, cuya naturaleza y cuyos fundamentos legales son distintos de los de la autorización previa turística que ha venido rigiendo hasta la fecha. Y por eso decimos: con este proyecto de ley definitivamente termina el proceso y las medidas legislativas que conocemos popularmente como moratoria. Por dos razones: la primera, porque las restricciones cuantitativas que recogía la disposición transitoria primera y segunda de la Ley de Directrices han quedado modificadas por la Ley de Medidas Urgentes, la Ley 9/2006, que se aprobó por el Parlamento en abril de este año, que abandona las restricciones cuantitativas. Número uno. Número dos, el otro instrumento, el instrumento de la autorización turística previa, definitivamente queda derogado y parece que va a ser sustituido por otra autorización previa, excepcional esta, que ni en su naturaleza ni en sus fundamentos legales tiene que ver, es la misma que la autorización turística previa. Y cuando este paso se produce, sobre el que no hemos visto ningún análisis ni ninguna reflexión en los antecedentes de este proyecto de ley, el Gobierno de Canarias y el Parlamento debieran tantearse la ropa con cuidado, porque venimos de una serie de situaciones jurídicas que han experimentado restricciones por una legislación de moratoria -para entendernos- intervencionista y restrictiva y que ahora ven cómo el instrumento de aquella legislación, la autorización turística previa, desaparece del ordenamiento jurídico y puede que sea sustituida por otro tipo de autorización previa, insisto, de naturaleza y de fundamentos legales que ya no tiene que ver con el propio sector o el ordenamiento de la actividad turística. Y este es un tema que nos parece muy importante.'

'Segundo, el Gobierno de Canarias ha venido hablando -y con el Gobierno de Canarias buena parte de la sociedad- sobre los efectos de la oferta turística ilegal, irregular o clandestina, porque con esos tres términos se ha aludido a la misma en nuestra legislación y también en el pacto de gobierno que suscribieron a principio de esta legislatura -página 82- Coalición Canaria y Partido Popular. Hablaban de que iban a efectuar un impulso importante de los servicios de la inspección turística para tratar de erradicar una oferta ilegal que dañaba la imagen turística del archipiélago y que además constituía un tipo de competencia ilegal. Y mi reflexión es la siguiente: si hasta la fecha, con unos servicios de inspección turística muy reducidos -no digamos ya de los efectivos humanos con que cuenta la Administración- para instruir los procedimientos sancionadores que derivan de las actas de la inspección turística -5 inspectores turísticos y un subinspector para toda la provincia de Las Palmas de Gran Canaria; 4 inspectores y 2 subinspectores para toda la provincia de Santa Cruz de Tenerife-, si con esos efectivos no ha sido capaz la inspección turística de desarrollar sus funciones, con una legislación que les exigía menos funciones que las que ahora se les van a atribuir, ¿qué va a ocurrir a partir de ahora, cuando un importante control, el control que consistía en la exigencia de autorización turística previa, desaparece? De tal forma que esos controles legales que subsisten, a los que ha aludido la consejera del Gobierno, ya tienen que ver solo con la legislación de ordenación del territorio y de los recursos naturales y con los instrumentos de planeamiento, pero esa legislación y los instrumentos de planeamiento presentan ahora un panorama profun­damente transitorio, profundamente interino, que cifró el consejero de Ordenación del Territorio y de Medio Ambiente en la reciente comparecencia ante la comisión parlamentaria, diciendo que de los 88 municipios del archipiélago solo 15 tienen plenamente adaptado el planeamiento a la Ley de Ordenación del Territorio y a la Ley de Directrices y 22 más solo a la Ley de Ordenación del Territorio. Si el único parámetro que va a haber ahora de control sobre el inicio de una actividad turística o la construcción de los establecimientos, su rehabilitación o su reforma, son controles que ya no tienen que ver ni con la legislación ni con la autoridad turística sino con la legislación de ordenación del territorio y medio ambiente, vamos a quedar pendientes de un solo elemento de control que presenta un panorama profundamente transitorio, interino y, por lo tanto, no garantizante de la seguridad jurídica. Nos preocupa este asunto y así queremos plantearlo.'

'Sobre las camas irregulares tenemos que decir lo siguiente. Cualquier persona que haya tenido la inquietud de examinar los antecedentes de este proyecto de ley, comprobará cómo sus promotores, esa parte del Gobierno que pretende adoctrinarnos en un liberalismo a ultranza y que reitera hoy la confianza plena en unos mecanismos del mercado que no han funcionado eficientemente en nuestro archipiélago, y por eso la gran reflexión y las determinaciones legisla­tivas que se tomaron durante tres lustros consecu­tivos... Si hasta la fecha la inspección turística no ha sido capaz de cumplir con sus funciones, siendo califi­cada su actividad y sus recursos como claramente deficitarios por presidentes del cabildo, en su reciente comparecencia ante la Comisión General de Cabildos, ¿cómo va la inspección turística a asumir ese control a posteriori, que tendrá que efectuar una vez iniciadas las actividades turísticas, que ya no requieren un elemento de control previo, como era la autorización turística? ¿Qué efectos va a producir esa oferta irregular o ilegal de camas, que se cifra entre 150.000 y 200.000 camas en el archipiélago, sobre el mercado y sobre la calidad de nuestra imagen y de nuestra, digamos, excelencia como destino turístico? No hay ninguna respuesta. El Gobierno no ha presentado ninguna iniciativa. Parece que esa preocupación tan importante que expresaron en el pacto de gobierno se ha desvanecido, y queremos plantearlo aquí.'

'El señor presidente: Vaya terminando.'

'El señor Pérez García: Voy terminando, señor presidente. Voy terminando.'

'Por lo tanto, el Grupo Socialista ha presentado -y voy concluyendo, señor presidente- una enmienda de totalidad, con el objeto de dejar claro que los efectos de este proyecto de ley serán atribuibles en exclusiva al Gobierno y a los grupos que le apoyan, que no ha tomado el menor recado de intentar crear un clima de consenso, que es el que ha presidido la elaboración y la aprobación de las principales leyes en el archipiélago en materia medioambiental, de ordenación del territorio y turística.'

'Y, en segundo lugar, un proyecto de ley que contiene y que marca un giro radicalmente libera­lizador. Es verdad que Canarias debe cumplir y debe­mos apoyar políticamente el cumplimiento de la Directiva de Servicios, pero es verdad que las Islas Canarias, las que contempla este proyecto de ley, son las mismas Canarias que contemplaba el proyecto de Ley de Licencia Comercial, que lo que pretende es efectuar un aterrizaje suave, un aterrizaje suave, que no genere una particular conmoción en la economía y en las situaciones jurídicas de nuestro archipiélago. Todo lo contrario, todo lo contrario de lo que al parecer pretende este proyecto de ley.'

'Termino. ¿Es que hay dos gobiernos o uno solo? ¿Es que la actividad turística es menos importante, en términos de economía y de empleo, que la actividad comercial a cargo de los grandes establecimientos comerciales? ¿Es que las Islas Canarias en las que uno ha vivido durante los últimos años, que han protagonizado esa reflexión tan importante sobre el crecimiento de nuestra oferta turística, sobre la necesidad de preservar su calidad y afrontar como gran prioridad la rehabilitación de nuestros destinos turísticos deteriorados, son unas Islas Canarias distintas de esas Islas Canarias en las que aparece este proyecto de ley?'

'Señoras y señores del Gobierno, la enmienda a la totalidad tenía ese sentido y las enmiendas al articulado que hemos formalizado pretenden también apuntar en esa dirección.'

'Termino. Cuando se debatió el proyecto de Ley sobre Licencia Comercial Específica, desde esta tribuna y en nombre del Grupo Socialista, dije: "pueden mantener o hacer desaparecer el régimen de autorización, no somos especialmente favorables al mismo, pero si desaparece el régimen de autorización, tiene que haber un parámetro de legalidad bien claro en nuestra ordenación del territorio y en nuestro sistema de planeamiento, y todo ese sistema debe girar alrededor de la potenciación de los planes insulares y de los cabildos como principal autoridad sobre el territorio de cada isla". Nuestra misma filosofía, la misma filosofía que pretende justificar esta enmienda a la totalidad y el conjunto de enmiendas al articulado. Con una novedad: hemos aportado una enmienda para intentar modificar el artículo 16 de la Ley de Ordenación del Territorio y de los Espacios Naturales del archipiélago, para facilitar la tramitación y aprobación de las directrices sectoriales del Gobierno como instrumento de planeamiento del Gobierno, para lograr de una vez que el sistema de planeamiento del archipiélago sea un sistema integrado y jerárquico, porque hemos venido diciendo que la aprobación de las directrices sectoriales estaba sometida a un proceso verdaderamente tortuoso. Resérvese ese proceso solo para las directrices generales, que tienen un calado...'

'El señor presidente: Señor Pérez García, por favor.'

'El señor Pérez García: ...que requiere una intervención activa del Parlamento y su aprobación en forma de ley, pero las directrices sectoriales, como instrumento de planeamiento del Gobierno de Canarias, no deben tener una tramitación más recargada que la de los planes insulares de ordenación de cada isla, que culmina con una aprobación del Gobierno de Canarias.'

'Esta es una propuesta que hacemos en nuestro esfuerzo por intentar simplificar el sistema de planeamiento para hacerlo efectivo, para convertirlo en un sistema integrado, coherente y que sirva de parámetro para hacer realidad, desde donde se puede intentarlo, desde las esferas administrativas y gubernamentales, ese modelo de desarrollo sostenible, del que tanto se habla y por el que tan poco se hace.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señor Pérez García.'

'Para un turno en contra de esta enmienda a la totalidad al proyecto de ley, señora Montelongo González, tiene la palabra.'

'La señora Montelongo González: Buenos días. Gracias, señor presidente.'

'Subo a esta tribuna para establecer el turno en contra a la enmienda a la totalidad, y lo hago con un firme propósito: intentar convencer al Grupo Socialista, a su portavoz, al señor Santiago Pérez, de que lo que está haciendo esta ley es lo que mandata la Directiva de Servicios europea y no otra cosa. Pero quiero, de verdad, ser sincera y manifestar que estoy convencida de que voy a tener difícil el convencerle, sobre todo por la serie de bandazos que usted ha dado en su intervención. Por un lado, mantiene que esta ley es demasiado liberalizadora o incluso la tacha de radicalista en cuanto a liberalización y, por otro lado, mantiene que la Ley de Comercio que hemos traído aquí no cumple con las expectativas liberalizadoras. Creo que son una serie de contradicciones que para nada reflejan el espíritu que tiene esta ley y el espíritu que tiene el Gobierno de trasponer la Directiva de Servicios en todas aquellas materias que le afecten.'

'Yo, sinceramente, señor Pérez, veo un solo Gobierno y también veo una clara intención, la intención de dividirlo y que no ha sido posible. Por eso hoy estamos abordando una ley tan importante para Canarias, como es la trasposición y la modificación de la Ley del Turismo de Canarias, adaptada a la Directiva de Servicios.'

'La Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de las competencias que el Estatuto de Autonomía le confiere, a través de la presente ley re­co­ge las modificaciones legislativas precisas para la adaptación de la normativa autonómica a la direc­tiva y a la legislación básica modificada por esta. La directiva, al afectar a los servicios del mercado interior, tiene especial incidencia en la economía canaria debido a su fuerte dependencia del sector servicios.'

'Esta ley es un paso más en la política de eliminación de trabas administrativas de la Comunidad canaria y de liberalización de la economía. Esta ley plasma la voluntad de liberalizar la economía canaria mediante la simplificación administrativa y la eliminación de las barreras burocráticas que dificultan el ejercicio de las actividades económicas, pasando así de una administración que en determinados supuestos puede ser un freno a la actividad económica a una administración proactiva y que facilite su libre ejercicio en la Comunidad.'

'El turismo se caracteriza por ser una realidad cam­biante, dinámica, en constante evolución y renovación, precisamente por la férrea competencia que ha de soportar. La posibilidad de avance depende de forma decisiva de la capacidad de adaptación del sector a los nuevos retos, planteando iniciativas, modificando sus esquemas de juego, ideando fórmulas imaginativas de gestión y prestación de servicios o simplemente presentando cara a los desafíos del mercado con ánimos renovados. Esta característica intrínseca del turismo resulta en gran medida incompatible con la vocación de permanencia en el tiempo de normas jurídicas. Por ello el tratamiento de este sector a través de instrumentos normativos debe evitar marcos de regulación excesivamente rígidos que no se adapten a esta naturaleza mudable.'

'Asimismo, es preciso considerar las materias que han de sujetarse a una regulación normativa, rompiendo la inercia intervencionista que ha dominado la legislación turística hasta la fecha. Las administraciones públicas, desde los inicios del fenómeno turístico, han tratado de controlarlo, regulándolo, promocionándolo, sancionándolo o incluso prestando directamente servicios turísticos. Pero ese intervencionismo que en los primeros momentos pudiera estar justificado, puesto que se trataba de una actividad novedosa, necesitaba de ordenación, en la actualidad debe ser reexaminado desde perspectivas críticas para evitar que se produzcan los efectos contrarios a los que se pretenden. Una excesiva interferencia de los poderes públicos sobre actividades de servicio eminentemente privadas puede llevar a alterar el régimen natural de desarrollo de estas actividades sujetas a las reglas de mercado y obstaculizar la consecución de iniciativas empresariales válidas y productivas, apartándose de las políticas europeas de liberalización del mercado. El mismo sector, no solo ahora sino desde tiempos remotos, y sobre todo ahora en estos momentos de cambios económicos y sociales lo ha hecho con mayor insistencia, ha pedido un marco de regulación más flexible, para aprovechar las oportunidades que le ofrece el mercado único europeo, combatiendo las cargas administrativas que retrasan la puesta en funcionamiento de instalaciones y establecimientos de alto coste económico y generadores de riqueza y empleo. Este es, en esencia, el fundamento de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a la Directiva de Servicios en el mercado interior.'

'Es importante destacar que la directiva también pretende reforzar los derechos de los destinatarios a los servicios, en particular los consumidores, estableciendo medidas concretas para la formulación de una política sobre calidad de los servicios en toda Europa.'

'La Ley de Ordenación del Turismo de Canarias sujeta a autorización administrativa el ejercicio de cualquier actividad turística que pretenda desarrollarse en el archipiélago, concretamente artículos 13.2 b), 21 y 24, fundamentalmente. El proceso de evaluación al que se sometió la normativa territorial turística ha puesto de manifiesto que la exigencia generalizada de autorización administrativa turística para el acceso y ejercicio de actividades turísticas no resulta compatible con la directiva. Con carácter general, los regímenes de autorizaciones previstos en la Ley 7/95 no se estiman proporcionados en los términos previstos en el artículo 9 de la directiva, en la medida en que el objetivo que persiguen puede ser conseguido mediante medidas menos restrictivas y, en concreto, mediante comprobaciones posteriores. Los controles previos no son una garantía del cumplimiento de la norma. Lo realmente importante y lo que se debería perseguir es que el cumplimiento se produzca durante todo el periodo de ejercicio efectivo de la actividad; lo que se logra mediante comprobaciones y controles periódicos.'

'Las autorizaciones previas denotan una descon­fianza inadmisible de las administraciones hacia los prestadores de servicios y perjudican la creación de empleo y el desarrollo económico y social, y únicamente resulta proporcionada su exigencia cuando se compruebe que los controles posteriores son ineficaces o llegan demasiado tarde para obtener el fin pretendido.'

'Ustedes, el Partido Socialista, plantean más control, más restricción, más inspección, más sanción... Nosotros planteamos más confianza en el administrado, más generación de riqueza, más generación de empleo.'

'Asimismo, la mayoría de los regímenes de autorización vigentes son además innecesarios, empleando la terminología utilizada por el Tribunal de Justicia de la comunidad europea, puesto que no se justifican en razones imperiosas de interés general. Es preciso tener en cuenta que en materia de autorizaciones de establecimiento y actividades turísticas se superponen distintos niveles de control administrativo -licencias municipales, autorización de actividades clasificadas, autorización de instalaciones industriales-, de tal modo que cada admi­nis­tración, en el ámbito de su respectiva competencia, se responsabiliza de velar por parcelas concretas de interés general, sin que resulte admisible que las distintas administraciones públicas sujeten al prestador de servicio a controles que persiguen en esencia la misma finalidad. En este sentido, razones imperiosas de interés general, como la protección de los consumidores, de los destinatarios de los servicios y de los trabajadores y la protección del medio natural y del entorno urbano justificarían la exigencia de autorización, pero no de una específicamente turística.'

'En concreto, la presente iniciativa pretende modi­fi­car aquellos preceptos de la Ley 7/95 que configuran el régimen de autorizaciones de empresas, actividades y establecimientos turísticos, contemplando la supre­sión como norma general de mecanismos de control previo, quedando reducido el marco de intervención administrativa a la comprobación posterior del cumplimiento de los requisitos ordenadores aplica­bles, una vez que los promotores de las actividades comuniquen a la Administración el inicio de ésta.'

'De conformidad con lo que dispone la Directiva de Servicios, solo serán exigibles autorizaciones previas cuando vengan justificadas en algunas de las razones imperiosas de interés general que ha delimitado la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad europea y resulten proporcionadas o adecuadas al objeto pretendido y no tengan carácter discriminatorio. Los principios que inspiran esta actuación administrativa son la transformación de los procedimientos de autorización administrativa previa en declaraciones responsables y comunicaciones previas del interesado y el respeto al principio gene­ral de consideración del silencio administrativo esti­ma­torio como regla básica de actuación de la Administración. Sin duda estas actuaciones librarán recursos para la economía y ahorrarán costes de todo tipo, que redundarán en un potencial mayor dinamismo de la economía y de generación de empleo.'

'Por otro lado, se pretende adecuar la tipificación de las infracciones al nuevo régimen de intervención administrativa sobre las actividades y establecimientos turísticos.'

'La ley suprime los requisitos y controles injustificados cuando exista una normativa general o específica que regule la materia, con idéntica vocación protectora de la seguridad de los usuarios.'

'La presente ley ordena la oferta de alojamientos turísticos, estableciendo sus modalidades de forma clara y precisa y eliminando toda referencia a los sistemas de explotación y comercialización, estableciendo únicamente dos categorías: hotelera y extrahotelera.'

'Por otro lado, se modifican aquellos preceptos que estén impidiendo de forma injustificada la materia­lización de las iniciativas dirigidas a la renovación edificatoria de la oferta de alojamiento turístico, el estándar mínimo de densidad. Se suprimen las restricciones a la libertad de prestación de servicios, obligación de nombrar representantes domiciliados en Canarias para el ejercicio de la actividad en el territorio de Canarias, así como adecuar las previsiones sobre el procedimiento sancionador a la jurisprudencia y actualizar las previsiones legales, conversión a euros de las cuantías de las sanciones pecuniarias previstas.'

'El fin último de las modificaciones normativas contempladas en la presente ley es eliminar en los térmi­nos previstos en la directiva los obstáculos todavía existentes a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de servicios entre los Estados miembro, garantizando la seguridad jurídica necesaria para el ejercicio efectivo de ambas.'

'La Comunidad canaria avanza con esta ley hacia procesos de liberalización y flexibilización de los regímenes reguladores de las actividades económicas, así como de la propia Administración, con el objetivo de alcanzar un elevado nivel de competencia y crear nuevas oportunidades de generación de empleo.'

'Sí que me gustaría decir que el anteproyecto de esta ley, tal como planteaba la enmienda a la totalidad que plantea el Partido Socialista, plantea que esta ley carece de un estudio sobre la incidencia en las situaciones jurídicas. Yo creo que no es cierto, porque si bien... el anteproyecto de ley modifica preceptos que han sido objeto de desarrollo reglamentario, por lo que su aprobación y entrada en vigor desencadenará la necesidad de adecuar dichas normas reglamentarias al nuevo marco legal. Las disposiciones reglamentarias que resultan afectadas son muchas, entre ellas el Decreto 72/2005, el 10/2001, el 178/2000. Una serie de decretos que se han tenido en cuenta por parte del Gobierno y, asimismo, ha establecido el ámbito al que se circunscribirá el desarrollo reglamentario, que abarca otras materias, entre ellas la ordenación de los establecimientos de alojamiento, los establecimientos de restauración, las guías de turismo, las agencias de viaje y en general empresas de intermediación, actividades turísticas desarrolladas en espacios naturales protegidos y que afecten a especies protegidas y registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos.'

'Teniendo en cuenta la fecha límite de trasposición de la Directiva de Servicios, la entrada en vigor se hará coincidir con la publicación de la misma en el diario oficial. Ese es el objeto y es la intención del Gobierno de Canarias, algo que es importante para que la norma en proyecto, pues, no altere la estructura organizativa actual.'

'Por otro lado, hay un tema que no quiero dejar de reseñar. Plantea usted en su enmienda a la totalidad como que esta ley va a eliminar, planteaba usted concretamente que esta ley venía a eliminar la derogación de la llamada moratoria turística. No es cierto y eso es importante que quede claro. Es necesario precisar que la creación de nueva oferta de alojamiento turístico se encuentra limitada en estos momentos en virtud de lo que provee la disposición transitoria segunda de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.'

'Y, por último, sí que quiero terminar diciendo, señorías, que la comprensión de las medidas liberali­zadoras contenidas en el anteproyecto de ley depende considerablemente del conocimiento que se tenga de la política de servicios de la Comunidad Europea y, en concreto, de la esencia y el contenido de la Directiva de Servicios y pueden llegar a resultar impactantes, como le ha parecido a usted, señor Pérez, si partimos, como es el caso del sector turístico, de un marco regulador que ampara potentes títulos de intervención a favor de la Administración pública. Y es verdad que un cambio tan severo en el orden establecido puede afectar a la aplicabilidad de la norma, al carecerse de referentes que permitan asegurar una ejecución pronta y pacífica sin dudas ni lagunas, pero la norma proyectada difiere la concreción de la supresión y la modificación de los regímenes de autorización a los reglamentos ordenadores de las distintas actividades y establecimientos. No obstante, como ha manifestado la consejera de Turismo en muchas ocasiones, es intención del departamento propiciar una trasposi­ción plena, rápida y completa, al menos de las previsiones que requieran medidas normativas, por lo que se procederá a simultanear la elaboración del anteproyecto de ley y la de los proyectos normativos de desarrollo para que la dilación entre la entrada en vigor de la ley y la de los reglamentos de ejecución sea la menor posible.'

'Por lo tanto, para finalizar, señor don Santiago Pérez, esta ley cumple un claro objetivo, y es devolver la confianza a aquellas personas que tienen intención de invertir en Canarias, que tienen capital para invertir en Canarias y donde la Administración, en este caso el Gobierno de Canarias, los cabildos y también los ayuntamientos, tenemos que darles la plena confianza para que esa inversión sea plena, sin dilación, sin que la Administración se convierta en una rémora para el administrado que quiere invertir, que quiere generar empleo, que quiere generar riqueza y sobre todo en estos momentos de tanta necesidad, sobre todo por las circunstancias económicas por las que atraviesa nuestra Comunidad y nuestro país.'

'Nada más y muchas gracias.'

'El señor presidente: Muchísimas gracias, señora Montelongo González.'

'Por los grupos no intervinientes, en la fijación de posiciones, para fijación de la posición del grupo, señora Allende Riera, doña Belén, por el Grupo de Coalición Canaria.'

'La señora Allende Riera: Gracias, señor presidente. Señorías. Muy buenos días.'

'El hablar en último lugar, después de tener la responsabilidad de haber tenido que responder a la enmienda de totalidad, presentada con ocasión del debate de la Ley de Comercio en mi persona, y ahora tener que fijar la posición de grupo, te hace, pues, partir yo creo que con ventaja, porque te da tiempo de analizar y estar expectante a las declaraciones vertidas tanto por el autor de la propia enmienda a la totalidad como por la autora, defensora del voto contrario a esa enmienda a la totalidad, y fijar una posición bajo la objetividad de esa tensión que para nosotros, para nuestro grupo, es total, dado que estamos tratando y abordando una ley que tiene una incidencia importantísima en el motor de nuestra economía, como pueda ser el turismo. Por lo tanto, es un primer punto coincidente con los dos ponentes al respecto.'

'Pero, permítanme, permítanme, señorías, que dis­cre­pe abiertamente con respecto a lo argumentado en la fase de exposición de la enmienda a la totalidad con el señor Pérez, por no aclararme cuando se hace una intervención que viene a sustentarse en que la ley que regula la licencia comercial específica fue una ley restrictiva que no se sujetó a los criterios liberalizadores de la Directiva de Servicios y en la mañana de hoy nos encontramos ante la presentación de una ley excesivamente liberalizadora. Mire, yo entiendo que ambas, tanto la de Comercio como la de Turismo, son todo lo liberalizadoras que le permite la ordenación del territorio y la ordenación medioambiental, porque ambas ordenaciones, la territorial y medioambiental, en base a los criterios que recogen en su espíritu, normalmente sustanciado en su exposición de motivos, son el fundamento claro para poder, de cara a cumplir con la trasposición de la Directiva de Servicios, mantener que son razones suficientes, razones imperiosas de interés general, para establecer excepciones a la regla general. Y la regla general, establecida en su artículo 13 y en su artículo 24, es la de comunicación previa y, cuando reglamentariamente se exija, la declaración responsable, y el 24.3, que yo creo que va a ser de aplicación en la mayoría de los casos, o cuando la capacidad de carga de cada una de las islas así lo determine, será la excepción, que se marcaba y que pedía el Consejo Consultivo y el Consejo Económico y Social y fue recogida por el Gobierno, la excepción a esa regla general que se traspone con la directiva, que es el sometimiento a una autorización previa.'

'Ese sometimiento, evidentemente, está regulado y está marcado y sigue los mismos criterios, el mismo principio de contención, el mismo principio de adecuación de nuestro territorio fragmentado, archipielágico y con un motor económico que ha impulsado a este Parlamento a tomar medidas como las que usted antes señalaba, con consenso, mejoradas actualmente, donde hemos visto que son otros tiempos y también otras formas de hacer política, ese consenso ya no se ha logrado, como son las modificaciones introducidas en la Ley de Medidas Urgentes, que vienen a preservar lo que usted antes ha intentado perturbar. Perturbar desde el razonamiento, que desde luego no se sujeta a los principios contenidos en la propia normativa, concretamente en su artículo 24.3 y en la excepción recogida en el 13.2 b), que va a ser una regla a la que se tengan que ajustar todas y cada una de las islas a la hora de adecuar esa capacidad de carga en la sujeción de autorizaciones, cuando estas se tengan que regular por esta vía, o comunicación, que viene a ser la regla general.'

'Dicho esto, yo creo, señorías, que después del trámite de la Comisión de Cabildos, donde hemos oído las manifestaciones vertidas por las corporaciones insulares de cara a plantear las inquietudes lógicas de cara a una nueva concepción en la forma de actuar desde el punto de vista de la aplicación administrativa, no nos resta más que entrar en algunos de los aspectos, dado que mi compañera Águeda Montelongo ha hecho una revisión general de los principios contenidos en todos y cada uno de los artículos: los que afectan a los deberes, los que afectan al registro de la información, los que afectan al propio sistema de ejercicio de la actividad turística, en el que yo sí le recalco que el régimen de comunicación previsto se limita al ámbito turístico y su aplicación se efectuará siempre sin perjuicio de la obligatoriedad de someterse a controles y autorizaciones establecidos en el resto del ordenamiento jurídico, especialmente los territoriales y medioambientales. De ahí que el grueso de nuestras enmiendas vaya en esta, digamos, matización, casi perniciosa, en todos y cada uno de los aspectos donde hemos entendido que debiera quedar meridianamente clara cuál es la posición del Gobierno de Canarias, único Gobierno de Canarias que en estos momentos rige los destinos de esta Comunidad.'

'Entrando en la materia que pudiera, a raíz de la intervención de los presidentes de cabildos, suscitar algún elemento de duda y después de las intervenciones o en el juego, yo me atrevería a decir que interesado, de dejar o veladamente dejar sobre el tapete la posibilidad de, aquí, que se salten todas las restricciones y limitaciones territoriales y medioambientales en pos de una liberalización absoluta sin ningún tipo de modelo en el desarrollo, nosotros lo que hemos intentado hacer, de cara a la fijación de nuestra postura, es un ejercicio de trasposición del artículo clave del cuerpo normativo, que es el 24, reconducido a lo que dice su disposición adicional, que es cuando convierte lo que es ahora la regla general, la autorización, en la regla general a partir del 28 de diciembre, que es la comunicación previa. Y nos llevamos la grata sorpresa, porque nuestro grupo parlamentario también cree en el papel que juegan los cabildos y cree en el papel que a posteriori tendrán que jugar tanto los que tengan la competencia, en esa actuación de control que será posterior cuando se efectúe la comunicación previa o se efectuará tal cual determina la autorización en los supuestos del 24.3, con lo que será la actividad de control por parte de la inspección del Gobierno de Canarias, que en eso sí le doy la razón y yo creo que es consciente el propio Gobierno de Canarias, que esa inspección tendrá que matizarse en el organigrama actual, en un incremento significativo para poder acometer los retos de presente y de futuro que esta trasposición implica...'

'Como también pongo sobre la mesa una preocu­pación compartida por nuestro grupo parlamentario, yo creo que se vislumbró en la actuación de los presi­dentes de cabildo, de cara a los ejercicios que tendrán que acometer, que son los siguientes. Una vez que entre en vigor esta normativa, los controles serán los que signifiquen comprobación posterior de la comunicación previa de apertura y de funcionamiento de restaurantes, cafeterías y similares, comprobación posterior a la comunicación previa de apertura y funcionamiento de establecimientos turísticos, de alojamientos no contemplados en el 24.3, comprobación posterior de la comunicación previa cuando recaiga sobre proyectos técnicos de construcción, ampliación, rehabilitación de establecimientos turísticos de alojamiento, siempre que no estén contemplados en el 24.3, porque esos tienen el régimen de autorización -que es lo que ahora señalo-, autorización de apertura y funcionamiento de los establecimientos turísticos del 24.3 y las autorizaciones que recaigan sobre proyectos técnicos de construcción, ampliación y rehabilitación de establecimientos del 24.3, con las correspondientes calificaciones: unas, cuando vengan establecidas por comunicación previa, se harán siempre a posteriori y cuando sea por autorización previa, se harán en el momento en que se otorgue la misma.'

'Por lo tanto, a nosotros sí nos preocupa, por ejemplo, nos preocupa, señora consejera, el que no haya percepción dentro del papel que jugarán las Oficinas de Turismo de los cabildos insulares del cambio de mentalidad que se va a tener que operar para abordar los procedimientos administrativos, tanto en su simplificación como en la propia actuación del administrador frente al administrado. Hay alguna de las competencias transferidas actualmente, como puede ser el sellado, el cambio de titularidad o el cese de la actividad, que ahora con una simple declaración vale, y el señor que hasta el momento venía cuñando papel tras papel ahora va a tener que ponerse un casco y salir a la calle, el funcionario tendrá que salir a la calle a hacer los controles pertinentes cuando vengan por la vía de la comunicación y ejercitar su trabajo cuando vengan por la vía de la autorización previa. Y yo ahí sí creo que nadie ha hecho mención a esa situación que se producirá de facto a partir del 1 de enero y que, sin embargo, va a marcar un antes y un después a la hora de prestar la correspondiente y diligente actuación de la Administración frente al requerimiento del administrado, que, como decía la señora Águeda Montelongo, es el gran beneficiario, es el gran beneficiario de esta política europea que se traspone en la normativa de aplicación, tanto general como sectorial, de nuestro ordenamiento jurídico canario.'

'Por último, nosotros también hemos presentado enmiendas que van en la dirección de lo mantenido; enmiendas que van a abordar problemas que se arrastran de antaño, como situaciones muy peculiares en islas menores con respecto a la calificación de una serie de establecimientos que actualmente no tienen encaje con la normativa existente y lo pueden tener perfectamente a partir de la entrada en vigor; enmiendas adicionales en cuanto al efecto que tendrá la trasposición también en el arrendamiento de vehículos, los rent a car tradicionales sin conductor.'

'Y, por último, dado que están aquí presentes los guías de turismo, quiero trasladarles no solamente el saludo afectuoso que ha dicho el señor Santiago Pérez, sino trasladarles y compartir con ustedes, como con el resto de la Cámara, que si hubiera una posibilidad, solo una posibilidad, que no hubiera contemplado en sus alegaciones el Consejo Consultivo, el Consejo Económico y Social o la propia Dirección General de los Servicios Jurídicos de la consejería o el trabajo mediante reuniones y conversaciones que se han mantenido, por lo menos con nuestro grupo, y la atención pormenorizada del ofrecimiento que se ha hecho por parte de los guías de establecer posibles propuestas, de encontrar algo que venga a salvar lo que la Directiva de Servicios hace con respecto al reconocimiento de cualificaciones profesionales, porque ni nuestro grupo ni el Popular ni el Partido Socialista en ese sentido han presentado enmiendas en este sentido, nos comprometemos a que de forma in voce, en atención al espíritu sustentado por el señor Santiago Pérez -donde ellos tampoco, repito, han podido establecer enmienda alguna que venga a paliar la preocupación, que es una preocupación que entendemos compartida por los guías de turismo-, van a tener a esta diputada y a nuestro grupo de frente para llegar a acuerdos, si los hubiera o si se pudiera, que no perturbaran el sentido de la Directiva de Servicios, en sentido de dar una orientación más cierta a la orientación que da la Directiva de Servicios, que es lo que ha hecho la Consejería de Turismo, trasponer literalmente la misma.'

'Sin más, creo que entramos en una fase donde se pueden acercar posturas, donde se puede mejorar el texto propuesto por parte del Gobierno y esa será nuestra intención para que la misma pueda entrar en vigor, como decía la señora Águeda Montelongo, sin ver fantasmas donde no los hay, el mismo día en que entre en vigor la directiva aprobada en el año 2006, cumpliendo con el mandato de tres años para dicha trasposición.'

'Gracias.'

'(El señor Pérez García solicita intervenir.)'

'El señor presidente: Sí. Muchas gracias, señora Allende.'

'Sí, dígame, don Santiago, dígame.'

'El señor Pérez García (Desde su escaño): Señor presidente, para pedirle un turno adicional breve, como suele ser práctica de la Presidencia en este tipo de debates de envergadura. Breve para todos los grupos, desde luego para el mío.'

'El señor presidente: Yo le agradezco, don Santiago... Efectivamente, empezamos con las excep­cio­nes y después con las excepciones no sabemos el límite. Yo le agradezco, por favor, si es posible desde el escaño, y tres minutos, y se abre el turno para todos.'

'El señor Pérez García (Desde su escaño): Sí, sí, con mucho gusto.'

'Señoras y señores diputados, señora Montelongo, miren, si el Partido Socialista hubiera dado bandazos en su posición respecto a la Ley Reguladora de la Licencia Comercial, esta podría ser grave, pero es muchísimo menos grave que el hecho de que los bandazos los dé el Gobierno, porque al final es el criterio del Gobierno el que logra recabar la mayoría de la Cámara, y hasta ahora nadie ha explicado por qué todos esos argumentos que usted utiliza de que el control administrativo es una rémora y que expresa una desconfianza sobre los administrados. El concepto de administrado es propio de los regíme­nes autoritarios, no de los democráticos. En los democrá­ticos hablamos de ciudadanos; lo que pasa es que hay ciertas reconversiones que dejan huellas por el camino o pistas por el camino. Mire, alguien tendría que explicarnos por qué los argumentos que expresa el proyecto de Ley, ya Ley, de Licencia Comercial sobre las características de fragilidad de nuestro territorio para mantener un régimen de autorización no valen para una propuesta de máxima liberalización. Si el Grupo Socialista tuviera bandazos, lo cual yo lo considero simplemente un tics, un latiguillo que usted ha utilizado, eso para los ciudadanos no es relevante; lo relevante es que los bandazos los dé el Gobierno.'

'Segundo, mire, en estos asuntos serios... Yo estas explicaciones de que lo que se pretende es dividir el Gobierno simplemente las doy por no puestas, simplemente las doy por no puestas. Esto es un tema demasiado serio. Demasiada reflexión ha habido, demasiado bandazo va a haber ahora, porque, miren, hablando en plata, esto de que con la dotación de Inspección de Trabajo a posteriori van a controlar, yo espero que no lo estén diciendo en serio, pero es un tema muy serio, es un tema muy serio.'

'Y, finalmente, sobre el tema de las camas ilegales, cero palabras. Sobre el tema de la moratoria -termino-, la moratoria se instrumenta con una herramienta, la suspensión de las autorizaciones turísticas previas -esto es lo que hace la disposición adicional de la Ley de Directrices-, y ese tipo de instrumentos se deroga. Se podrá sustituir o intentar sustituir por una autorización que tiene otra naturaleza y otros fundamentos legales -medioambientales, territoriales-, pero la autorización previa, instaurada por la Ley de Turismo 7/1995, que es la que se usa como instrumento, estaba ahí y se usó como instrumento para instrumentar, para articular la moratoria, queda derogada. La intervención que ha hecho la señora Montelongo, refiriéndose a ella como la autorización turística, que es la misma que la que hace el Consejo Consultivo o el Servicio Jurídico del Gobierno, es evidente, lo ha reforzado.'

'Creo que se está cambiando un lenguaje. Nos están tratando de imponer una especie de credo neoliberal como si toda intervención de la Administración pública o de los poderes públicos, como, por ejemplo, las que habilita la Constitución española en materia de medioambiente, fuera eso que ahora llaman los neocon rémoras. ¿Hemos estado haciendo rémoras durante todos estos años, aunque la valoración que uno haga del balance de esas medidas sea muy discutible? Para dar un bandazo como este... Pasará el tiempo, señor presidente. Nunca tendrá en esta legislatura una Oposición que se alegre de que las cosas le vayan mal a la ciudadanía para que le vayan mal al Gobierno; todo lo contrario de lo que ocurre en la política nacional. Nosotros tenemos nuestros límites porque somos herederos de una cultura democrática que nos obliga, nos obliga a ser responsables, pero lo que venga a pasar a partir de ahora tendrá que ver, señor presidente, con su responsabilidad.'

'Finalmente, no es creíble la alusión que ha hecho ahora la señora Allende a incrementar los efectivos de la Inspección turística, justo a los que se refería el pacto de gobierno entre Coalición Canaria y Partido Popular, simplemente porque en los Presupuestos para el próximo año, que es cuando entra en vigor esta normativa, el Gobierno ha bloqueado todo incremento del Capítulo I, menos el de la policía autonómica. Está bloqueado. Esta historia de que van a fortalecer los recursos de la Inspección turística... Lo harán a posteriori, se lo...'

'(La señora Montelongo González solicita la palabra.)'

'El señor presidente: Muchas gracias, don Santiago, muchas gracias.'

'Sí, señora. Si es posible, también desde el escaño. Muchas gracias.'

'La señora Montelongo González (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.'

'Señoría, cuando uno utiliza argumentos en los que no cree o de los que no está convencido, como me ha parecido lo de hoy, usted aquí, pues, se producen las manifestaciones que he escuchado y que la verdad es que me tienen bastante sorprendida. No sé si son producto de esa indefinición que hay en el Partido Socialista o son producto de sus propios complejos. Mire, yo le puedo decir que yo utilizo la palabra "administrado", utilizo la palabra "ciudadano", utilizo la palabra "libertad" y utilizo la palabra "ciudadanía". Jamás imaginé que era una palabra del régimen totalitario, quizás porque siempre he vivido en libertad. Quizás son esas rémoras las que le quedan a usted y a su pensamiento. Cuando habla de credo neoliberal, de tics, los tendrá usted, señor Santiago Pérez. Soy una mujer de la democracia y vivo en democracia, en libertad y por ella trabajo y lucho.'

'Mire, es cierto que hay que promover un cambio de mentalidad en toda nuestra Comunidad Autónoma canaria. Usted no puede decir que no ha habido intervencionismo, usted tendrá que estar conmigo en que ha habido un exceso de burocracia y que la Administración canaria está caminando, está aportando los pasos suficientes para eliminar esas trabas burocráticas y permitir a la persona que quiere invertir en Canarias, que tiene una idea, que tiene un proyecto, que tiene dinero, que lo haga realizable y no que se pase años y años esperando a la Administración a que le dé las correspondientes autorizaciones pertinentes para comenzar. Por lo tanto, este cambio de libertad no solamente afecta a las administraciones, también a los políticos, señor Santiago Pérez, también al Partido Socialista. Y este cambio de mentalidad lo tenemos que decidir si queremos ser una comunidad que apueste por el liberalismo económico o queremos seguir siendo esa comunidad restrictiva, esa comunidad que controla, esa comunidad que supervisa. Yo apuesto por la confianza, yo apuesto por ser una Comunidad que da confianza a aquellas personas que quieren invertir en ella. Y esa es la clave. Usted quiere poner más controles, que paguen más sanciones, que se les persiga.'

'Y, mire, y una cosa, diga usted hoy aquí: ¿a partir de esta ley se van a poder construir hoteles donde uno quiera en Canarias? Usted sabe que eso es incierto. Hay una Ley de Directrices en Canarias, aprobada por usted también, aprobada por todos de manera unánime, que sigue en vigor. Y no se puede intentar engañar o intentar confundir en un tema tan, tan clave y patente, como es la responsabilidad que ha habido en el control del crecimiento en este territorio.'

'Por lo tanto, yo, para finalizar, solo confío en que en el debate de las enmiendas presentadas podamos llegar a un acuerdo; podamos llegar también a acuerdos, como ha dicho la diputada de Coalición Canaria, en la materia de los guías. Si fuera posible, fíjense ustedes en que ningún grupo ha presentado enmiendas en ese sentido. Bueno, pues, si fuera posible y ustedes encuentran la vía, también nosotros estaremos dispuestos para ello.'

'Muchas gracias.'

'El señor presidente: Gracias, señora Montelongo.'

'Sí, señora Allende, tiene también su turno.'

'La señora Allende Riera (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.'

'Señor Pérez, créame que usted y yo somos muy distintos en el sentido de que usted pidió, cuando intervino, total atención por parte de los diputados y esta diputada y mi grupo se la estuvo prestando en toda su intervención, porque entendíamos que era muy importante y le damos mucha importancia a que se presente una enmienda a la totalidad, analizándola y dando los argumentos que, creemos, no sustentan su posición, que, repito, para nosotros es respetable e importante.'

'Y figúrese si usted y yo somos diferentes que usted a mí no me escucha cuando yo le hablo. Yo he intentado hacer un ejercicio, un ejercicio, no de decir de qué va la Directiva de Servicios, que, entre otras cosas, sí es bueno recordarle a la Cámara los dos principios que consagra, son los de libertad de establecimiento y prestación de servicios, no libertad para construir. La libertad para construir, cada país regulará cómo hará su desarrollo, y nosotros lo tenemos muy claro en Canarias y lo hemos perfeccionado, y la lástima es que en esa perfección, como fue la actual redacción de la Ley de Medidas Urgentes, no pudimos arrancar el consenso que inspiró la moratoria en el 2003 o la llamada ley de moratoria, Ley de Directrices, porque no hay que confundir con los decretos anteriores al 2003. Y en ese sentido lo que dice la ley y lo que recoge la esencia de la directiva es, aquellas actividades turísticas que no tengan que ver con la construcción o a las que no les quede afecta la ordenación territorial y medioambiental irán por una comunicación previa, porque hay que desarrollar el proceso administrativo, de manera que las trabas burocráticas no impiden el libre ejercicio ni el desarrollo de la actividad económica que esta genera. Pero cuando esté sujeto a regulación territorial y medioambiental entra la excepción a la regla general que implica Europa, establece Europa, que es la autorización previa. Llámela autorización administrativa, como quiera. Es previa, porque de hecho es previa a la propia licencia edificatoria y de hecho lleva implícita la propia calificación.'

'Por lo tanto, créame que a mí me ha disgustado el que yo sí haya -creo que en esta y en todas sus intervenciones- escuchado muy atentamente lo que usted dice, porque a mí me parece interesante si de verdad tenemos voluntad de sacar esta ley y buscar consensos de cara a llegar a acuerdos con nuestras enmiendas, las nuestras y las suyas, el que usted no haya escuchado la posición de mi grupo político cuando he hecho las manifestaciones que he creído oportunas.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Muy bien, señorías, concluido el debate, vamos a proceder a la votación. Vamos a llamar, un momentito (El señor presidente hace sonar la campanilla de llamada a la votación). (Pausa.)'

'Les recuerdo, señorías, que vamos a votar la enmienda a la totalidad del proyecto de Ley, por la que se modifica la Ley 7, de 1995, de 6 de abril, de Ordenación de Turismo de Canarias. Enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Parlamentario Socialista Canario. ¿Votos a favor de la enmienda a la totalidad? (Pausa.) Gracias. ¿Votos en contra? (Pausa.) Gracias. ¿Alguna abstención? (Pausa.)'

'Queda rechazada por 16 votos a favor, 25 en contra y ninguna abstención.'

'Este proyecto de ley continúa su tramitación, para información de ustedes, en estos momentos, porque así se ha acordado en la Junta de Portavoces y en la Mesa, se convoca Pleno para el miércoles a las diez de la mañana para ver las enmiendas parciales.'