Diario de Sesiones 109, de fecha 28/4/2010
Punto 22

'· 7L/PPL-0015 Debate de toma en consideración. Proposición de Ley de los Grupos Parlamentarios Coalición Canaria (CC) y Popular, por la que se modifica la Ley 8/2005, de 21 de diciembre, de Modificación de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario.'

'El señor vicepresidente segundo (Alemán Santana): Pasamos al debate de toma en consideración.'

'Le cedo la palabra al presidente para yo hacer el papel de secretario, porque alguien tiene que leer el criterio del Gobierno.'

'(El señor presidente se reincorpora a su lugar en la Mesa).'

'El señor presidente: Gracias, sí.'

'El señor vicepresidente segundo (Alemán Santana): "Siguiendo instrucciones del excelen­tísimo señor secretario del Gobierno, adjunto remito certificación conteniendo acuerdo adoptado por el Gobierno en sesión celebrada el 8 de abril de 2010, en el que manifiesta su criterio favorable a la toma en consideración, así como su conformidad respecto a la tramitación, por no contener previsiones que impliquen aumento de los créditos ni disminución de ingresos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la proposición de Ley de los Grupos Parlamentarios Coalición Canaria y Popular, por la que se modifica la Ley 8/2005, de 21 de diciembre, de Modificación de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, conforme a lo dispuesto en el artículo 183.2 del Reglamento del Parlamento de Canarias".'

'El señor presidente: Muchísimas gracias.'

'Entonces pasamos al debate, en cualquier caso, de la proposición de Ley de los Grupos Parlamentarios Coalición Canaria y Popular, de Modificación de la Ley 11/97, de Regulación del Sector Eléctrico de Canarias.'

'Tiene 15 minutos usted. Don José Miguel González.'

'El señor González Hernández: Gracias, presidente.'

'Voy a hacer la defensa de la proposición de ley y el portavoz del Grupo Popular se reserva la toma de posición, como está previsto en el Reglamento. Hay una defensa, una posición, y la posición de los grupos.'

'¿Cuál es la proposición de ley que estamos defen­diendo? La proposición de ley es bastante sencilla. De hecho, si ustedes miran simplemente el documento que tienen en sus manos, del Parlamento, ven que está en una sola hoja; o sea, es un proyecto de ley bastante sencillo. ¿Qué es lo que dice la proposición de ley? Primero, el título es importante, porque se trata, como dice, de modificación de una ley que se tomó en el año 2005, el 21 de diciembre, en este Parlamento. La exposición de motivos dice que, efectivamente, esa ley se hizo con un objetivo, pero que con el tiempo se ha visto que había algunos puntos de esa modificación de la ley que no se acomodaban a la necesidad y a los objetivos que se habían planteado con su creación. Y esto es lo que plantea este proyecto. Es una modificación bastante pequeña del artículo que se había introducido en la Ley del 97, que era un artículo 6-bis de la Ley del Sector Eléctrico Canario. ¿Y qué dice ese artículo? Bueno, decía, el título es muy importante, porque quizás ahí se define lo que es; es procedimiento excepcional para obras de interés general para el suministro de energía eléctrica. Es decir, se trata de una norma de carácter excepcional y, como tal norma de carácter excepcional, solo será de aplicación cuando se den unos supuestos excepcionales.'

'El ideal de este proyecto de ley es que nunca entre en funcionamiento, que no sea necesario establecerlo. Porque, ¿a qué nos estamos enfrentando?: a la necesidad de disponer de medios para poder realizar las infraestructuras eléctricas, ya sean las líneas eléctricas ya sean las estaciones de generación.'

'¿Y cuál es el esquema que nosotros nos hemos dado no excepcional? Como ustedes saben, la Ley de Ordenación del Territorio, porque ahí, en este caso, la Ley del Sector Eléctrico está en conexión con las prescripciones que establece el real decreto legislativo del texto refundido de la Ley del Suelo, establece, como ustedes saben, un sistema jerárquico de normas: las Directrices, los planes insulares, los planes territoriales especiales y luego los órganos, los planes municipales en sus distintas facetas.'

'¿Y qué ocurre respecto al tema del sector eléctrico? Cuando este Parlamento estableció lo que era el contenido de los planes insulares existía una ley básica, que todavía es básica, que daba, ponía en la cúspide de todo el ordenamiento los planes de ordenación de los recursos naturales, los llamados PORN, de tal manera que la planificación en que se establecen cuáles son los objetivos de uso de los recursos naturales se superpone a todas ellas. Por eso, cuando se estableció aquí el contenido de los planes insulares, se les dio el contenido de planes de ordenación de los recursos naturales; es decir, los planes insulares, con un contenido -que luego me referiré- obligatorio, eventual o accesorio, son planes de ordenación de los recursos naturales. Por lo tanto, están en la cúspide del planeamiento.'

'Como ustedes saben, se establecieron también los planes territoriales especiales, unos de carácter parcial y otros general, que tienen como objeto orde­nar ciertas y determinadas actividades, entre otras un plan territorial especial como podía ser para las instalaciones eléctricas, tanto en sus líneas como en su establecimiento, que tienen que ser redactados por el órgano competente, en este caso sería la Consejería de Industria, Comercio y demás, y que tendrían que ser aprobados por el Gobierno. De esos planes territoriales tendrían que tener reflejo.'

'¿Pero qué ocurre respecto al tema? Dicen las leyes canarias -y es lógico que lo digan- que los planes territoriales especiales solo son obligatorios cuando desarrollan los preceptos de los planes insulares y que cuando no desarrollan los preceptos de los planes insulares son simples recomendaciones. Y nos enfrentamos a una situación de facto. Cuando establecimos la normativa urbanística o la normativa territorial y urbanística, para ser más precisos, partíamos de que cada administración iba a cumplir con sus obligaciones y que íbamos a disponer en tiempo y forma de la normativa necesaria, pero la realidad es la siguiente: los planes insulares, no todos los cabildos tienen planes insulares y los planes insulares no cumplen con el contenido específico que la propia ley dice. Aquí tengo delante el artículo 18 del decreto legislativo, que dice: "Planes insulares de ordenación: contenido necesario", y dice: "los planes insulares habrán de definir el modelo de ordenación territorial que se propugna para la isla y hacia cuya consecución deberán dirigirse coordinadamente las actuaciones públicas y privadas. A estos efectos, establecerán, al menos, las siguientes determinaciones: la primera, la estructura y localización de las infraestructuras, los equipamientos, las dotaciones e instalaciones de servicios públicos de relevancia e interés social". Los planes insulares tienen que establecer los corredores para las líneas eléctricas, la localización de las centrales de generación y, en consecuencia, cuando los planes insulares, se puede elaborar, si el plan insular existe, el plan territorial, y el plan territorial ordenará las actuaciones municipales. Pero la realidad es que los planes insulares, con una excepción parcial el de la isla de Tenerife, no han entrado en la definición de las líneas o pudiéramos hablar de las bandas por donde tienen que transcurrir las líneas eléctricas ni tampoco las instalaciones. ¿Eso qué quiere decir? Que el Gobierno de Canarias, si elaborara un plan territorial, el plan territorial carece de eficacia jurídica, porque se convierte en simple recomendación y, por lo tanto, no se puede imponer al planeamiento municipal.'

'Entonces ahí es cuando entran en juego artículos de carácter excepcional. Un artículo de carácter excepcional -usted lo sabe- es el artículo 47 del texto refundido, que permite que se suspenda el planeamiento por el Gobierno por temas de interés general. Pero, siendo una cosa tan trascendente el tema eléctrico, pareció correcto en aquella fecha -y sigue siendo correcto hoy- establecer una normativa singular que afecte, con carácter excepcional, a cubrir las posibilidades de ejecutar las líneas eléctricas y localizar las instalaciones de generación, sin poder disponer de que los planes insulares hayan cumplido su fin y, por lo tanto, que hayan permitido hacer los planes territoriales.'

'Y eso es lo que planteaba la ley, la que estamos reformando, que viene a decir, dice que, cuando razones excepcionales y justificadas de urgencia aconsejen la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribu­ción, la consejería competente en materia de energía podrá declarar de interés general las obras necesarias para la ejecución de dichas instalaciones. Quiero decir -y voy a seguir después con el texto de la ley- que esto no fue original. Como ustedes saben, por lo menos los que han trabajado este tema, esto lo que hace es reiterar un precepto que está establecido a nivel de todo el Estado a base de una ley del Estado, que la estableció, claro, donde es competente, que dice prácticamente lo mismo.'

'¿Qué dice el segundo párrafo? "Los proyectos de construcción, modificación y ampliación de las instalaciones a las que se refiere el apartado anterior no estarán sujetos a licencia urbanística -hemos hablado antes de la licencia de ocupación, esta es otra licencia- o a cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular. No obstante, se­rán remitidos por el órgano competente para su autorización al ayuntamiento y cabildo insular correspondiente para que, en el plazo de un mes, informen sobre la conformidad o disconformidad de tales proyectos con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, transcurrido el cual se entenderá evacuado el trámite y continuará el procedimiento.'

'En caso de disconformidad con el planeamiento o en ausencia de este, se elevará el proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución, y en el primer caso -es decir, cuando proceda la ejecución- precisará los términos de la ejecución y ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial o urbanístico.'

'La conformidad de las administraciones públicas consultadas o, en su defecto, el acuerdo favorable del Gobierno de Canarias, al que se refiere el apartado anterior, legitimarán por sí mismos la ejecución de los actos de construcción, edificación y uso del suelo incluidos en los correspondientes proyectos de instalaciones de generación, trans­por­te y distribución, sin necesidad de ningún otro instrumento de planificación territorial o urbanística".'

'Luego hay un artículo segundo, al que me referiré posteriormente.'

'¿Es esto algo original, es algo singular, es algo diferente? No es diferente obviamente a la ley anterior, que está en vigor, y, por lo tanto, dice exactamente lo mismo, con algunas matizaciones que se quieren decir, pero tampoco es tan innovador en cuanto a los preceptos de la Ley del Territorio.'

'El procedimiento de cooperación administrativa -que antes se habló aquí de pasada respecto a la licencia de ocupación- es el precepto general que se establece en los textos refundidos, que es que, en el artículo 11, en relación a uno posterior que ya me referiré, que dice que cualquier plan, programa o proyecto de obra en municipios, que afecten, por razón de la localización o uso territoriales, a la instalación, funcionalidad o funcionamiento de otro servicio de cualquier administración, se someterá a los ayuntamientos, se hará un trámite de consulta, durante un mes; y dice al final: la conclusión del trámite de consulta, sin superación de las discrepancias -porque si se aceptan queda finalizado-, no impedirá la continuación y terminación del procedimiento, previa la adopción y notificación por la administración actuante de resolución justificada de los motivos que han impedido alcanzar, a su juicio, una definición acordada del interés público.'

'¿Cuál es la diferencia respecto a la situación actual? Que ahí se habla de obras de la Comunidad Autónoma y de los cabildos, no se habla de obras privadas. Y ese es el salto que dio precisamente la legislación del Estado, al considerar que, así como las instalaciones eléctricas pueden ser de compañías privadas, el interés general exige que sea la Administración pública la que les aplique un sistema de este tipo, porque no se puede establecer un sistema menos eficaz que impida que, ante una demanda energética importante que pueda significar el establecimiento de línea o el emplazamiento de nuevas centrales, se introduzca un proceso permanente de discrepancia que no llegue a la conclusión.'

'¿Cuál es el objetivo ideal? Que en ese procedi­miento, que es un procedimiento de cooperación administrativa, se llegue a un acuerdo. Llegado a un acuerdo, pues, se ejecuta y todos conformes. Cuando no se llega a un acuerdo, tiene que haber alguien que sea capaz de tomar las decisiones necesarias para que se pueda llevar a cabo al final. Y eso es lo que dice el proyecto de ley.'

'Yo quisiera referirme ahora a una cierta sorpresa que he tenido ante las comunicaciones, de las opiniones, ante las comunicaciones en la prensa, que se han puesto alrededor de este Pleno. En primer lugar, parece que nadie sabía que había una ley, que está en vigor, hace bastantes años, porque lo que dice es... Voy a decirles cuál es la diferencia respecto a la que hay en vigor, porque la ley está en vigor y, por lo tanto, no fue recurrida por nadie. Y no pudo ser recurrida porque... Todavía tengo aquí en mi poder, porque uno de los problemas que ahí se discuten es si es necesario... se puede prescindir de la licencia. Ese es uno de los temas que hay en vigor, es decir, oiga, parece que usted se salta el tema de la licencia municipal. Bueno, pues, voy a leerle lo que decía la Sentencia 40/98, del Tribunal Constitucional, de 19 de febrero del 98. Dice: "de todo ello -porque no voy a leérselo todo, porque no hay tiempo para ello- no puede, sin embargo, colegirse que, a la intervención del municipio en los casos de ejecución de obras que deban realizarse en su término, tenga que traducirse sin excepción alguna en el otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística". No puede considerarse que atente contra la autonomía que garantiza el artículo 137 de la Constitución el que el legislador disponga que cuando existan razones que así lo justifiquen, la intervención municipal se articule por medio de otros procedimientos adecuados para garantizar respeto a los planes. No obstante, la ley no excluye la intervención del municipio, el cual debe emitir un informe sobre la adecuación de tales obras al plan especial de ordenación del espacio. Se garantiza, por tanto, la intervención del ente local, tal y como exige la garantía institucional de la autonomía municipal. Y este precepto establece este procedimiento. Es decir, hay intervención municipal y hay opinión sobre el tema.'

'Otro tema que se ha discutido, o parece que puede haber en el fondo de este asunto, es si la no exigencia de licencia plantea algún tipo de reducción en los posibles ingresos de los ayuntamientos como consecuencia de las obras fundamentalmente... estoy hablando en este caso de las instalaciones fijas, es decir, de las estaciones. Y no es el caso, porque el texto refundido establece claramente, por un lado, y ustedes lo saben, que las actuaciones, por ejemplo, cuando se trate de ejecución en suelo rústico, cuando se haga una edificación en suelo rústico, es necesario que se pague por el ejecutor -en este caso sería la empresa- un canon, cuya fijación y percepción corresponderá a los municipios por cuantía mínima del 5 y máxima del 10% del presupuesto total de las obras. Por otro lado, también -y eso se lo anuncio de antemano-, nosotros vamos a intentar durante el periodo de enmiendas que quede clarito, muy claro, clarísimamente determinado, que cuando se trata de la ejecución de una central la edificación de la central, que no el equipo, tiene que estar sometida al pago del impuesto de construcción -el impuesto municipal sobre las obras- y también al canon, en caso de que se haga en terreno rústico.'

'Por lo tanto, ¿cuál es la diferencia entre este texto y el anterior -porque esto es importante-? Pues las diferencias son poquísimas. En el anterior se decía que se aplicaba hasta las centrales que tuvieran menos de 50 MW. Nosotros entendemos que ese es un límite hoy inadecuado, porque esas centrales no son efectivas y no pueden servir y, por tanto, les quitamos ese límite.'

'No quedaba claro que también se podía aplicar a las modificaciones o la modernización de las instalaciones. Cosa que es obvia. Es decir, lo deseable no es hacer nuevas centrales; lo deseable es, si es posible, que las centrales que hay se les pueda poner una maquinaria más moderna, menos contaminante y más energéticamente efectiva, y funcionen. Eso lo hacemos.'

'El otro asunto que también se modifica, ¡hombre!, hemos introducido una matización que es, bueno, el segundo...'

'El señor presidente: Disculpe, don José Miguel, tiene usted un minuto para ir concluyendo.'

'El señor González Hernández: ¿Ahora? ¿A ver? Sí se me oye, ¿no?'

'La directriz 36, en su apartado 8, la directriz 36, que habla de los temas energéticos, en su apartado 8 dice que los planes territoriales... -esos que digo que no se pueden hacer y si se pueden hacer realmente no tienen eficacia en tanto que no existen en el plan de ordenación-, dice, esa directriz 36.8 viene a decir exactamente lo siguiente -se la voy a leer para no decirlo de memoria-: "en el caso de las centrales de producción energética de Jinámar, en Gran Canaria, y Candelaria, en Tenerife, los planes territoriales especiales correspondientes establecerán el plazo en el que dichos centros deben abandonar su función generadora". Y nosotros entendemos que eso es innecesario y contraproducente. Primero, porque los planes territoriales son recomendaciones y, por lo tanto, una recomendación de nada valdría; y, segundo -y yo creo que más importante-, parece que la razonable decisión sobre la permanencia o no permanencia de las centrales dependa de cómo se establece el sistema, de si se establecen nuevas centrales alternativas, de si es necesario para el mantenimiento de la calidad de...'

'El señor presidente: Gracias, don José Miguel.'

'Pues por los grupos, Grupo Popular. Señor Fernández González, fijación de posiciones. Diez minutos.'

'El señor Fernández González: Gracias, señor presidente. Señorías.'

'Yo creo que la explicación de la modificación puntual de la Ley del Sector Eléctrico del 2005, que a la vez modifica la del 1997, ha sido extensamente explicada, jurídicamente explicada por el portavoz de Coalición Canaria, sin lugar a dudas. Yo creo que tanta explicación incluso sobraba, pero ha sido detalladamente explicada, no deja ninguna duda.'

'Pero, por si hay algunas dudas, lo que yo tengo que añadir a lo expuesto ya son temas de orden más realista en cuanto a lo que afecta a la población en general. Yo creo que el tema de la electricidad afecta al 100% de la población. Por lo tanto, no hay nada, no hay nada que sea más de interés general que lo que es el abastecimiento de energía eléctrica. Eso es así, así de real. Por lo tanto, no podemos estar con este sector con miramientos de que puedan perjudicar a ese sector tan amplio de la población, que es el 100%.'

'Cuando se hacen las leyes, se hacen los regla­mentos, cuando legislamos aquí, normalmente creo yo que lo hacemos en bien del interés general, del interés general. Es lo que nos mueve a solucionar los problemas que van a beneficiar el interés general. Yo creo que cuando hacemos delegaciones, hacemos traspaso de facultades a distintas instituciones, no es en modo alguno para satisfacer el ego de los dirigentes de esas instituciones en determinado momento: "yo soy el alcalde, yo soy e l que mando, yo soy el presidente del cabildo, yo soy el que mando, a mí nadie me quita competencias, estas competencias son mías..".. ¡Olvídese de eso, señor alcalde, olvídese de eso, señor presidente del cabildo! Las competencias son para dar eficacia, para dar eficacia al administrado y, si esas competencias molestan al administrado, hay que quitarlas. Y ya se ha dado más de una intervención de algunos presidentes de cabildo, recabando que son competencias, que a ellos no les modifican nada porque están quitando poder a los cabildos. ¡Como si hay que quitarlo todo porque molesta a los administrados! A ver si nos convencemos de que estamos aquí para mejorar la vida y el bienestar de los administrados y no de las instituciones, y no de los que presiden las instituciones. Hemos visto, hemos visto a alcaldes que lo mejor, lo más importante es la alcaldía y el ayuntamiento; y después es presidente del cabildo, lo más importante es el cabildo, es quien gobierna; y luego pasan las veces al Gobierno, ni una cosa ni la otra, lo más importante es el Gobierno, porque lo más importante es él, es él, donde está. Y esto está pasando en las administraciones y esto, yo creo que este chip autoritarista yo creo que debe desaparecer de los que circunstancialmente optamos o tenemos, ostentamos algún puesto de responsabilidad.'

'La ley que vamos a modificar solamente se va a aplicar en dos casos, solamente en dos casos. Uno, uno: cuando los que son competentes en el tema del territorio, directamente son los ayuntamientos, cuando se les pide licencia, una de dos, o no quieran darla, no doy la licencia, no la doy, porque yo quiero que esa obra me la hagan forrada en platino, y como no me la hacen forrada en platino, no la autorizo. Eso es. Claro, así tenemos alcaldes -aquí hemos tenido algunos, alguno, no vamos a decir ejemplos-, recientemente, en Cataluña, un alcalde no quiere que pase la línea de abastecimiento energético de Francia a Cataluña por su territorio y, claro, los vecinos, toda Cataluña, prácticamente han estado, no toda Cataluña, toda esta zona, diez días sin energía eléctrica, porque un alcalde dijo que no. ¡Eso es intolerable!, eso es implanteable, indiscutible, esas posturas. Alguien que discuta en esos términos. Y la otra, y la otra parte es cuando no pueda. Claro, las leyes del territorio, y sobre todo en Canarias, son tan complejas que el alcalde tampoco puede dar licencia porque está amarrado por la complejidad de las leyes. Ya lo explicó antes el portavoz de Coalición Canaria, hablando de la cúspide, que hablaba de que era la ley de los planes insulares, pero ya no es tampoco, no es la cúspide de la organización del territorio, ahora es la Ley de Directrices, la Ley de Directrices, que entra la Ley de Directrices, que está en la cúspide, a planificar detalladamente todo lo que tenemos que hacer, cómo nos movemos y qué pie ponemos primero, si el derecho o el izquierdo. Nos regula todo.'

'A ver si ya vamos reflexionando un poco más en lo que de alguna forma nosotros hemos aprobado en este Parlamento, esa Ley de Directrices, que condiciona los planes insulares, y que estos a su vez condicionan los planes generales y que estos a su vez condicionan los planes territoriales, tanto sectoriales como generales. Y cuando un plan territorial se quiere hacer, resulta que choca con una directiva determinada de las Directrices o con el plan insular y hay que modificar el plan insular para volver a hacer el plan territorial para que el alcalde pueda modificar el plan general y el alcalde pueda dar licencias. Este es el entramado que hemos fabricado en Canarias. Y aquí es donde tenemos que hacer la gran reflexión política, si queremos mejorar, si queremos mejorar a nuestros administrados. Ahí estamos enredados todos. Yo creo que alguna vez nos dejemos de tener el complejo que a veces tenemos y ostentamos por no hacer ciertas manifestaciones en ese sentido por miedo a ciertas acusaciones.'

'Y en este orden, por supuesto, esta simple ley va a resolver muchos problemas, que son fundamen­talmente que no nos falte o por lo menos tratar de que nos falte al mínimo posible el suministro eléctrico en las casas de los canarios.'

'Yo no entiendo, y por supuesto denuncio y por supuesto rechazo totalmente y frontalmente, que se hagan escritos de un determinado ayuntamiento a la Fecam, en los términos en que está escrito, lo que hace el Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, de la Villa de Agüimes, solicitando a la Fecam que ponga en marcha los mecanismos necesarios para defender, con contundencia -aquí, con contundencia, aquí con todas las armas que sean posibles-, de soberanía y las competencias del municipalismo canario -"esto está sobre todas las cosas, porque yo soy alcalde; por tanto, aquí usted no me toque, no me toque nadie, que yo soy el alcalde, y aquí Canarias a mí me importa un pepino"-, conculcadas gravemente con una propuesta que se suma al continuo desprecio -¡aquí estamos...!, ¡hombre!, esto es inadmisible que un ayuntamiento haga este escrito- y ninguneo al que se somete a las corporaciones locales. Pero ¿qué estamos haciendo aquí, este Parlamento, pero qué hace este Gobierno con ese...?'

'El señor presidente: Vaya concluyendo, señor Fernández.'

'El señor Fernández González: Gracias por el minuto, señor presidente.'

'Yo creo que ni la Fecam debió admitir este escrito y mucho menos remitirlo, como lo ha hecho, a los grupos parlamentarios y al Parlamento. Esto es intolerable, este insulto a las instituciones por parte de este alcalde, que se cree él con el poder absoluto para decir: "aquí la planificación energética es la que digo yo y no la que dicen los técnicos y los expertos; a mí, que soy un especialista en Filosofía y Letras, no me puede discutir nadie, ningún ingeniero especialista en planificación energética, porque yo lo sé todo", y eso es precisamente el mismo Ayuntamiento de Agüimes. Que se vaya ya haciendo más humilde y aceptando lo que son los términos técnicos, que no tienen discusión; se discuten entre técnicos, que saben valorarlos en cada caso, más arriba o más abajo, pero discutirlo, como se está discutiendo, lo que es la implantación del gas, por ejemplo, creo que sobra.'

'Y sí estoy de acuerdo en lo que dice -termino, señor presidente-, en lo que dice, en el mismo escrito, lo que nos pide la Fecam. Dice, bueno, notificar a los grupos parlamentarios otra serie de cosas y también "todas las medidas tendentes a impedir -escucha-, todas las medidas tendentes a impedir que esta proposición de ley no prospere". Por lo tanto, estamos de acuerdo con la Fecam.'

'(El señor Hernández Spínola solicita la palabra.)'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor Fernández, muchas gracias.'

'¿Sí, señor Spínola?'

'El señor Hernández Spínola (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.'

'Quería hacer una intervención para llamar la atención de la Presidencia y del resto de grupos sobre la intervención que ha habido ahora del portavoz del Grupo Parlamentario Popular.'

'Yo creo que -y es la interpretación de mi grupo de acuerdo con lo que dispone el Reglamento-, que esa intervención que ha tenido el señor portavoz no procedía, toda vez que aquí lo que ha ocurrido es que se ha presentado una iniciativa, una proposición de ley, firmada por dos grupos parlamentarios, y que evidentemente, cuando se presenta una proposición de ley firmada por dos grupos parlamentarios, los grupos tienen el derecho, obviamente, de defenderla y presentarla ante la Cámara. Como ayer hicimos respecto de un proyecto de ley, el del juego, que el Gobierno lo presentó. Era un proyecto de ley, el Gobierno presenta el proyecto, lógico; luego intervienen los grupos parlamentarios. Pero en esta ocasión, al venir firmada esta iniciativa por dos grupos parlamentarios, Coalición Canaria y el Partido Popular, lo que procedía, a entender de este grupo, y es el criterio de este grupo parlamentario, es que el tiempo de quince minutos que tuvo el portavoz de Coalición Canaria debió haber sido compartido, para que los dos grupos, firmantes de la iniciativa, pudiesen expresar a la Cámara su criterio respecto de la iniciativa y a continuación se fijaba la posición -ahora sí-, que tiene que fijar posición el grupo no firmante, que en este caso es el Grupo Parlamentario Socialista.'

'Esto es, señor presidente, creo que lo que ha ocurrido en el día de hoy debe corregirse de cara al futuro. Ya ha intervenido el Grupo del Partido Popular, pero en lo sucesivo debemos tener esta cuestión muy presente, porque me parece que es la forma correcta de entender y de interpretar el Reglamento.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor Spínola, muchas gracias por la aclaración.'

'No obstante, señorías, yo les puedo asegurar que este formato que hemos usado hoy se ha usado varias veces, se ha usado muchas veces aquí, y que lo que dice el Reglamento es que un diputado, un diputado de los firmantes presenta el proyecto de ley. Para mí eso es una presentación como la que hace el Gobierno y luego tendrían derecho a intervenir los grupos, es decir, que en mi opinión incluso tendría que poder intervenir ahora el Grupo de Coalición Canaria como grupo parlamentario. No obstante, como eso para mí no está claro porque... El Reglamento para mí es claro, un diputado la presenta y después, dice, tiene el debate de primera lectura, y en el debate de primera lectura entra todo el mundo.'

'No obstante, yo estoy de acuerdo, si quiere, señor Hernández Spínola, lo dejamos y revisamos esto, y hoy, pues, vamos a ser flexibles con el tiempo del Grupo Parlamentario Socialista.'

'Queda claro, lo estudiaremos en...'

'El señor Hernández Spínola (Desde su escaño): Sí. No obstante, le sugiero, le sugiero a la Presidencia y a la Mesa que se evacue un informe jurídico al respecto...'

'El señor presidente: Sí, claro, es lo que había dicho, es lo que había dicho, que una vez que se estudie por los servicios de la Cámara, lo veremos en la Junta de Portavoces y lo aclararemos.'

'El señor Hernández Spínola (Desde su escaño): ...y que a partir de ahí lo tratemos en Junta de Portavoces.'

'Gracias.'

'El señor presidente: Sí, sí, correcto, en eso sí estamos de acuerdo. Pero este formato no es la primera vez que se usa aquí. Uno de los grupos presenta y el otro consume el tiempo que le corresponde a los grupos. Otra cosa es que quepan interpretaciones, que caben interpretaciones, yo en eso estoy de acuerdo.'

'Señor Fajardo Palarea, tiene usted la palabra.'

'El señor Fajardo Palarea: Buenos días, señor presidente. Buenos días, señorías.'

'Pocas cosas faltaban por oír en el Parlamento en esta legislatura. Yo creo que hemos asistido al más furibundo ataque contra todos los alcaldes de las Islas Canarias y contra los presidentes de cabildo, porque parece ser que los alcaldes no representan a los ciudadanos de sus municipios ni los presidentes de cabildo representan a los ciudadanos de sus islas. ¡Todos los días aprendemos algo nuevo en este Parlamento!'

'De todas maneras yo quisiera agradecer a mi grupo la posibilidad de intervenir en esta toma en consideración de la proposición de ley presentada por Coalición Canaria y el PP. Y lo digo porque creo que es necesario, antes de fijar nuestra posición con respecto a la toma en consideración de esta proposición de ley, hacer un recordatorio, que va a ser curioso, del arranque de la legislación del sector eléctrico en nuestra Comunidad.'

'Señorías, en el año 1997 este Parlamento aprobó la Ley 11/97, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, y obviamente durante la tramitación se produjeron los correspondientes debates de toma en consideración y el debate de resolución de la comisión correspondiente, del dictamen de la comisión correspondiente. En esa ocasión, en el 97, señor González, también revistió la fórmula o la forma de proposición de ley, y la presentaron Partido Popular y Coalición Canaria, que pasó el trámite de toma en consideración con el voto de esos dos partidos, pero, curiosamente, a mí que me gusta leer, igual que a usted, me he ido al Diario de Sesiones del año 97 y ocurrió una cosa extrañísima, que es que en el debate de la comisión el PP viró, el PP viró, y decía -esto nos va a sonar a esta legislatura-, y decía el representante del PP: "con arreglo a la ley que regula el sector eléctrico de Canarias". Y decía: "de todas formas, en política yo tengo que decir que después de dos años de experiencia me cuesta no entender cómo es que hay muchos políticos profesionales que son incapaces de reconocer sus errores. Yo tengo que reconocer que, de acuerdo a como ha ido caminando la tramitación de esta ley, hemos cometido un error, y lo digo tranquilamente, sin ningún tipo de problemas, hemos cometido un error, porque nos ha sorprendido la velocidad" -me permiten, porque si no es que es imposible (Ante los rumores en la sala.)-, "hemos cometido un error porque nos ha sorprendido la velocidad con que esta ley se intenta sacar adelante". Es curioso, porque el debate de toma en consideración se hizo en un Pleno extraordinario, en julio, habilitando julio del año 97, pero esto, después, lo decía el Partido Popular. Y decía: "parece ser, como si existieran intereses personales o particulares, de personas o de grupos. Nuestro grupo lo que va sencillamente es a votar a favor de nuestras enmiendas y vamos a abstenernos en todo el resto de la ley. ¿Y por qué decimos esto? -decía el Partido Popular-. Nosotros pensamos que la ley canaria debe adaptarse a la ley nacional del sector eléctrico, que precisamente se va a publicar de un día a otro". ¿Le suena esto, señor González, le suena lo de la Ley de Costas canaria? Bien. "O sea, estamos haciendo una ley que casi con toda seguridad va a ser impugnada, y yo creo que debe adaptarse a la ley estatal. Yo lo que quería -decía el portavoz del Partido Popular- es explicar que nuestro voto, cómo va a ser y cómo corremos el riesgo de que sea impugnado y no podemos contradecir la ley nacional. Y por ello -decía- mostramos nuestro rechazo a la ley, aunque, bueno, por los votos que se vislumbran, se va a aprobar y nos vamos a abstener".'

'¿Qué le decía usted, señor González, en un periodo que yo califico de cese transitorio de la convivencia gestual? Le decía usted al señor del Partido Popular -y le va a sonar-: "a mí me parece que es un acto, yo diría, de clara sinceridad política el reconocer los errores, pero yo creo que el portavoz del Partido Popular el error lo ha cometido hoy y no precisamente antes. Es decir, a mí me resulta casi abracadante que se hable por ejemplo de que en el desarrollo nada menos que de una competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, reconocida en el Estatuto, haya que esperar a ver la ley, que, por otra parte, se conocía, porque el proyecto de ley y su tramitación, sobre todo el portavoz del Partido Popular, que tiene conexiones directas con el Gobierno en Madrid e incluso con la empresa Unelco, pues, estoy seguro de que conocía perfectamente todos los detalles del proceso evolutivo y, por lo tanto, me parece una explicación poco razonable".'

'A ver si le suena esto también, le decía usted al Partido Popular: "lo que estamos defendiendo aquí hoy es el desarrollo de una ley que desarrolla una competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, reconocida en nuestro Estatuto, y mí me parece que hay cierto partido político que no está conforme o no está contento con que la Comunidad Autónoma canaria haya aumentado sus competencias, sus competencias de autogobierno, y que precisamente cuando estamos hoy ante un proyecto de ley, que lo que hace es desarrollar una competencia reconocida en la modificación del Estatuto, pues, se siente incómodo, se siente incómodo y reconoce el error". Hay que ver, ¿eh?, con quien están ustedes gobernando después de lo que le decía usted en el año 97. Bueno, la política es así, hace a veces extraños compañeros de cama.'

'Pues bien, dicho esto -y lo he recordado porque merecía la pena-, la Ley 11/97, de 2 de diciembre, fue aprobada con los votos de Coalición Canaria y el Partido Socialista y, curiosamente, con la abstención de uno de los proponentes, cosa extrañísima también en el trámite parlamentario de la misma, el Partido Popular, por las razones ya explicitadas.'

'Pues bien, en esa Ley de Regulación del Sector Eléctrico Canario se establecían con respecto al sector -usted lo ha recordado- unas disposiciones generales, su primer título; en el II se regulaban los servicios de suministro eléctrico, con capítulos referidos a la generación, redes de transporte, distribución de energía eléctrica, suministro de energía eléctrica; un título III, de infracciones y sanciones; 5 disposiciones adicionales; 2 transitorias y 2 finales.'

'¿Cuál era la razón de ser de dicha ley -que es muy importante para lo que luego diré-? Pues decía, de forma muy resumida, se exponía en su preámbulo, arrancaba diciendo que el desarrollo de una sociedad moderna ha venido solidariamente unido al del sector eléctrico -y me dirijo al autor intelectual de la ley-. Y decía más en su preámbulo, se decía: "se hace necesaria la intervención reguladora de las administraciones públicas, a las que les corresponde la capacidad de ordenación y de planificación y con sus actividades de fomento y policía debe intervenir en el mercado, evitando dificultades de oferta, abusos a los usuarios desde una posición dominante e incluso, en un papel subsidiario, intervenir directamente a través de entidades o empresas públicas en las diferentes fases productivas: generación, transporte, distribución y comercialización". Y en los párrafos finales, que son importantísimos, del citado preámbulo, de la ley del 97, que es de la que trae causa la modificación del 2005 y esta modificación que estamos viendo ahora, se decía que "la presente ley pretende el establecimiento en Canarias de un mercado competitivo en el sector eléctrico, sin perjuicio de las obligaciones de servicio público que se estimasen procedentes, dentro del marco normativo comunitario; y que el objetivo básico de la ley es regular, de acuerdo a las bases del régimen energético, el mercado canario e insular del sector eléctrico, de tal forma que se racionalicen la generación, transmisión y distribución de la electricidad, se refuerce la seguridad y la calidad del abastecimiento en las peculiaridades circunstancias que se derivan del hecho insular y que determinan que cada isla constituya un sistema independiente". Y este es el núcleo, yo creo, central de la discusión que vamos a tener hoy.'

'Señorías, esto es lo que se pretendía y, para no perder la perspectiva, hoy se hace necesario recordar qué pasos ha dado el Gobierno de Canarias para llegar hasta aquí, hasta hoy.'

'Como curiosidad, solamente comentarles una cosa: don José María Aznar López hizo uso del recurso de inconstitucionalidad y lo planteó, lo planteó. Fue, haciendo uso de lo que dispone el apartado 2 del artículo 161 de la Constitución, el presidente del Gobierno recurrió esta ley canaria y recurrió varios artículos. Recurrieron los artículos 2, 6, 9, 11, 12 y 13 y la disposición transitoria segunda. Se suspendieron todos, obviamente. Luego el Tribunal Constitucional solamente mantuvo la suspensión con respecto a dos artículos, en el apartado 2 y 3 del artículo 2 y el apartado 7 del artículo 11 (Se reincorpora a su lugar en la Mesa la señora vicepresidenta primera, Tavío Ascanio). Por cierto, han transcurrido 11 años, no hay sentencia del Tribunal Constitucional, no hay auto desistiendo del recurso y seguimos teniendo, en teoría, suspendidos tres apartados de dos artículos de la ley, pero, bueno, eso es lo que nos ha tocado, y no ha desistido el Partido Popular del recurso de inconstitucionalidad. Lo digo porque, miren, cuando el Partido Socialista, a nivel central, hace uso de un derecho reconocido constitucionalmente, no se hace un ataque a la soberanía canaria ni al desarrollo económico y social de Canarias; hace igual uso del derecho que el que hizo el Partido Popular en su día. Lo digo porque algunas saltan aquí que parece que les va a saltar la vena aorta cuando hablan de Costas y reprochan que el Gobierno central haga uso de sus derechos. Igual que hizo, en su día, uso de su derecho el Partido Popular. Por cierto, con las andanadas que acabo de recordarle que hizo.'

'Seguimos. Y debe ser frustrante para el actor intelectual de la Ley del 97: ocho años después, que tenía la criatura, o sea, la ley, resulta que ustedes nos trajeron aquí una modificación de esa ley por la que... Pero ahora bajo la fórmula del proyecto de ley. Es curioso: proposición de ley, proyecto de ley y hoy otra vez proposición de ley. En la que nosotros entendemos que el Gobierno no había hecho nada absolutamente, nada de lo que se establecía y aprobado en esa ley. Se habían aprobado el texto refundido, las directrices, y el Gobierno insta en ese momento una modificación de la ley mediante la introducción de un artículo único y nuevo, que es el artículo 6-bis, que usted ha explicado de forma muy detallada. ¿Pero qué decía el Gobierno para introducir ese artículo 6-bis? Decía: la obtención de determinadas autorizaciones y licencias para las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, dado que inciden sobre el territorio -lo que faltaba, que no incidieran- en el cual se ubican y hacen necesario el concurso de distintos títulos competenciales y en consecuencia de diversas administraciones...; entendía que para agilizar la ejecución de los proyectos era bueno establecer un procedimiento excepcional para obras de interés general, basado en razones de urgencia o excepcional interés. Y en cuatro apartados, que se mantienen, que contiene ese único artículo, establecía que la consejería competente en materia de energía podía declarar de interés general, hasta 50 MW, determinadas obras; que los proyectos de construcción, modificación y ampliación no estarían sujetos a licencia urbanística, estableciendo un régimen de consulta por el plazo de un mes; para el caso de disconformidad con el planeamiento o la ausencia de este, el Gobierno decidiría ordenando la iniciación de la modificación o revisión del planeamiento; y en cuarto lugar, y en caso de conformidad o el acuerdo favorable del Gobierno, pues, las obras se legitimarían por sí mismas.'

'El Gobierno defendió su postura, usted la defendió, el Gobierno, y usted la defendió arguyendo razones de celeridad, calidad y seguridad del servicio eléctrico. Los grupos que lo apoyaban -ya en situación ahora de cese efectivo de la convivencia política, porque se había roto el pacto del 2005- también la defendieron. Coalición Canaria alegó la transcripción de la transposición de la Ley 13/2003, de 23 mayo, Reguladora del Contrato de Concesión de Obras Públicas, y el PP porque decía que ellos legislaban para las personas -de ahí que don Paulino parece ser que le copió al señor Rodríguez lo de las personas- y porque, decía en su día el señor Rodríguez, en su día, que el PP, ni un día más sin luz en los sures de las islas, ni un día más. Poco futuro tiene como vidente el señor Rodríguez, porque después de decir eso se han producido hechos que no corroboran lo que él dijo en su día.'

'¿Cuál fue nuestra postura en el 2005? Pues la misma de ahora, señor González. Pues denunciar un hecho objetivo: que lo que había pasado y sigue pasando es la muestra del fracaso más absoluto y rotundo del Gobierno de Canarias en el cumplimiento no solo de la Ley del 97 sino también de la planificación energética, en la aprobación de los planes insulares de ordenación, en los planes territoriales especiales de infraestructuras energéticas, los planes de ordenación territorial, que usted los incluyó en el artículo 7 de la Ley del 97, el no desarrollo de las Directrices en esta materia, la no elaboración de planes insulares energéticos, la apertura de una quiebra, de una quiebra, en el principio de lealtad institucional y de cooperación interadministrativa con los ayuntamientos, doble­gando o intentando doblegar a algunos ayunta­ientos, porque hay que situarse en el 2005 para ver los problemas que tenían. Y, en definitiva, parecía que se intentaba más defender la empresa privada y, en definitiva legislar a golpe de ocurrencia y siempre modificando las leyes de ordenación del territorio, que nos habíamos dado todos, y rompiendo el equilibrio, exquisito equilibrio, competencial entre Gobierno y ayuntamientos.'

'La modificación, como todos sabemos, salió adelante con los votos de Coalición y del PP y el voto en contra del Partido Socialista.'

'Este ha sido el recorrido, ha sido el recorrido hasta ahora, y cabe preguntarse, y debería preguntárselo a los proponentes: ¿ha hecho uso el Gobierno de lo que se legisló en el 97 y su posterior modificación del año 2005? La respuesta es no. Es que no ha hecho absolutamente nada. Es el mayor fracaso, acrecentado ahora con la propia presentación de esta proposición de ley.'

'Y además, señor González, reaperturamos el conflicto con los ayuntamientos y probablemente también con los cabildos. Por cierto, el señor Melchior acaba de decir hoy que él requiere del Parlamento y del Gobierno un mayor respeto; el resto de cabildos también. ¡Bueno!'

'Y se viene a modificar, esta proposición de ley viene a modificar el artículo 6-bis. Yo creo que desde un punto de vista ya de técnica legislativa, José Miguel, o don José Miguel, que realmente lo que se modifica es la ley del 2008. Y no se introduce un artículo nuevo, como se dice en el... No, porque lo que se... (Corte en el sonido producido por el sistema automático de control del tiempo.)'

'Por lo que se modifica el artículo 6-bis. Efectiva­mente, las diferencias son las que usted ha dicho. Yo todavía no entiendo cuál es la contradicción entre el Pecan y la directriz 36, en su apartado 8. Creo que también está mal planteado, porque no se modifica la directriz; en todo caso se modificaría la Ley de Directrices. Y no se deja en suspenso, no se deja sin efecto, se derogaría el apartado 89. Son cuestiones.'

'En conclusión, mire, yo no creo que se pueda tomar a cachondeo el tema de los ayuntamientos. ¡Hombre!, hay que tener un respeto por los ayuntamientos. No lo digo por usted, lo digo por otros. Incluso acogerse a que existe un "no" para decir que están de acuerdo con la proposición, cuando los ayuntamientos nos han hecho llegar su máximo rechazo a esta proposición de ley.'

'Don José Miguel, nuestro voto va a ser contrario. Mire, a mí el Gobierno de las personas, y el presidente del Gobierno de las personas, me hubiera gustado que en vez de sacarse la fotografía con Endesa, empresa privada, se la hubiera sacado con los ayuntamientos y los cabildos de las Islas Canarias. Ese es el Gobierno de las personas. A mí me hubiera gustado que hiciera caso de que la crispación -sus palabras-, la crispación no genera empleo, de que ahí tenemos que tener unidad de acción y tenemos que remar todos juntos, y no en contra de los ayuntamientos y cabildos, porque en esa extraña forma de hacer amigos que tiene el señor presidente, tiene cabreados a los interinos de educación, de sanidad, a los colegios de abogados, a los trabajadores de la televisión autonómica, a los sindicatos de justicia, a los ayuntamientos, a los cabildos, a los funcionarios, a la comunidad científica, a las organizaciones ecologistas... Tiene enfadado a todo el mundo, y esa no es forma de llevar esta Comunidad.'

'Señor González, termino diciéndole: los regíme­nes, sobre todo los autoritarios -porque ayer alguien hablaba, calificaba a los sindicatos como órga­nos fosilizados-, los regímenes fosilizados y carcomidos buscan siempre enemigos, unas veces el exterior, que es el Gobierno central, y unas veces internamente. Ahora resulta que la disidencia son los ayuntamientos.'

'Mire, señor González, dice el presidente del Gobierno que va a ir de la mano con...'

'El señor presidente: Ya tuvo tiempo de decirles a todos a los que tiene cabreados el Gobierno, ya tuvo tiempo. Concluya la frase, concluya la frase.'

'El señor Fajardo Palarea: Dijo el presidente del Gobierno ayer que iba a caminar de la mano con los ayuntamientos. Al igual es que él entiende caminar con la mano en el cuello de los ayuntamientos.'

'Y también decía el presidente del Gobierno, y no es para reírse, aunque llama a uno a la risa, que iba a intentar por todos los medios llegar a un acuerdo. Don José Miguel González, el único cero energético que tiene, el mayor cero energético que tiene esta Comunidad es el Gobierno de Canarias. ¡Eso sí que es un cero energético!...'

'El señor presidente: Bueno. Ya dijo todos los enemigos; le faltaba ponerle la nota, y tuvo tiempo de ponérsela.'

'(El señor Fernández González solicita intervenir.)'

'Sí, señor Fernández, pida la palabra y explíqueme... Pulse el botón, por favor. Sí, dígame para qué pide la palabra.'

'El señor Fernández González (Desde su escaño): He sido contradicho, señor presidente, en el inicio de la intervención del señor Fajardo.'

'El señor presidente: Bueno, yo le puedo conceder un minuto por haber sido contradicho, pero reabrimos el turno, que lo sepa.'

'Por favor, desde el escaño, sí.'

'El señor Fernández González (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.'

'Simplemente, en el inicio de la intervención el señor Fajardo ha dicho que se ha hecho un ataque a los ayuntamientos y cabildos que nunca ha oído en esta Cámara. Yo quiero que ese tema quede totalmente rectificado, porque jamás se me ocurriría atacar las instituciones de ningún tipo. Me he referido a un escrito concreto de un ayuntamiento determinado, que es intolerable en los términos en que se ha hecho a la Fecam. Número uno.'

'Y número dos, he criticado ciertas actitudes personalistas de algunos dirigentes de las insti­tuciones, que ponen por encima de los intereses generales de los canarios su propio ego y su propio interés personal con sus votos. Y yo no sé si esto lo avala el señor Fajardo. Es lo único.'

'Por lo tanto, la otra referencia quiero que, si así se ha entendido, que se suprima; y si no se ha entendido así, sino que lo ha dicho el señor Fajardo, precisamente que no ha sido esa mi intención, ni muchísimo menos.'

'Muchas gracias, señor presidente.'

'El señor presidente: Gracias.'

'Señor Fajardo, igualmente un minuto.'

'Pulse, pulse, por favor, el micrófono.'

'El señor Fajardo Palarea (Desde su escaño): Sí, señor presidente.'

'Lo dicho, dicho está, consta grabado. Usted ha hablado, don Manuel -y yo lo lamento-, ha hablado de presidentes de cabildo, alcaldes y sillones. Eso es lo que ha dicho usted.'

'Y después, efectivamente, ya en el 2005 -lo recordará el señor González- también se hizo alusión al Ayuntamiento de Agüimes. Yo no sé qué fijación tiene con el ayuntamiento, con el alcalde de Agüimes.'

'Sí, sí, pero lo cierto es, don Manuel, nosotros estamos, vamos a votar que no a la toma en consideración, pero estamos por buscar una solución a este problema. Ahora, las soluciones no se buscan enfrentándose usted, su grupo, los grupos proponentes y el Gobierno contra los ayuntamientos y contra los cabildos de Canarias, porque algo tendrán que decir los ayuntamientos y los cabildos cuando el propio preámbulo de la ley del 97 habla del hecho insular. Algo tendrán que decir a la hora de la planificación eléctrica de Canarias. Yo sé que, a lo mejor, a algunos les gustaría que ni existieran ayuntamientos ni existieran... (Corte en el sonido producido por el sistema automático de control del tiempo.)'

'El señor presidente: Evidentemente... Sí, no, yo le pido al señor Fajardo que la expresión de que "no les interesa la democracia", que la retire. Se lo pide la Mesa, yo como presidente se lo pido. Eso aquí dentro de esta Cámara no cabe.'

'El señor Fajardo Palarea (Desde su escaño): Yo, como dijo el señor don Manuel Fernández, si se han interpretado mal mis palabras, las retiro.'

'(El señor González Hernández solicita la palabra.)'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor Fajardo. Queda retirada la expresión.'

'Señor González, sí, tiene usted derecho también a un minuto, por supuesto.'

'El señor González Hernández (Desde su escaño): No, simplemente decirle al señor Fajardo que en ningún caso entiendo que con este proyecto de ley se pretende ni minusvalorar ni enfrentarnos con los ayuntamientos ni con los cabildos.'

'Ya le dije que es una ley excepcional, que lo ideal es que se haga todo por acuerdo, que está dentro del proceso de cooperación administrativa, que es un principio general de las administraciones públicas, y que ahí estamos, en la cooperación y no en el enfrentamiento.'

'El señor presidente: Muchas gracias, señor González.'

'Entonces vamos a votar (El señor presidente hace sonar el timbre de llamada a la votación).'

'Vayan entrando sus señorías.'

'Bien. Pues vamos a comenzar la votación de la proposición de Ley, de los Grupos Parlamentarios de Coalición Canaria y Popular, por la que se modifica la Ley 8/2005, de 21 de diciembre, de Modificación de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario. Comienza la votación (Pausa).'

'Resultado de la votación: 28 votos a favor, 25 en contra y ninguna abstención.'

'Por lo tanto, ha sido tomada en consideración y continúa su trámite. ¿Hay algún problema con la votación? ¿No apareció el voto?'

'Bueno, la repetimos. Vamos a repetirla, es preferible.'

'Toma en consideración de la proposición de ley que hemos dicho. Comienza la votación. Es evidente que la votación anterior queda anulada (Pausa).'

'Resultado definitivo de la votación: 29 votos a favor, 25 en contra y ninguna abstención.'

'Por lo tanto, la proposición de ley es tomada en consideración y continúa su trámite, como dijimos.'

'(La señora vicepresidenta primera, Tavío Ascanio, ocupa un escaño en la sala.)'