Diario de Sesiones 75, de fecha 10/4/2013
Punto 12

· 8L/PNL-0204 Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Nacionalista Canario (CC-PNC-CCN) y Socialista Canario, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con competencias de ejecución en materia de aeropuertos de interés general.

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Pasamos al siguiente punto del orden del día: proposición no de ley de los Grupos Nacionalista Canario y Socialista Canario, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con las competencias de ejecución en materia de aeropuertos de interés general.

Para la primera aproximación, don Ignacio González tiene la palabra (El señor vicepresidente primero, Cruz Hernández, pasa a ocupar un escaño en la sala. Asume la Presidencia el señor vicepresidente segundo, Fernández González.).

El señor González Santiago: Señor presidente. Señorías.

La Constitución española de 1978 establece, en su artículo 149.1.20ª, la competencia exclusiva del Estado en los aeropuertos de interés general. El Estatuto de Autonomía dispone, en su artículo 30.22, que corresponde a la comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de aeropuertos que no tengan la calificación de interés general. Igualmente, el Estatuto de Autonomía, en su artículo 33.13, dispone que la comunidad autónoma tendrá competencias de ejecución en materia de aeropuertos de interés general cuando el Estado no se reserve la gestión directa.

El Real Decreto 1150/2011, de 29 de julio, sobre calificación de aeropuertos civiles, dispone en su artículo 1 una serie de requisitos para considerar los aeropuertos como de interés general, pero en su disposición adicional primera dice que todos los aeropuertos y helipuertos explotados por AENA Aeropuertos, Sociedad Anónima, con independencia de que los gestione la sociedad mercantil estatal, sus sociedades filiales o en régimen de concesión, cuya relación se incluye en el anexo, conservarán, a la entrada en vigor de este real decreto, su actual calificación como aeropuertos de interés general. El anexo recoge los ocho aeropuertos canarios. Y este real decreto vulnera frontalmente una ley orgánica de rango superior, la Ley Orgánica 10/82, de 10 de agosto, el Estatuto de Autonomía de Canarias, que establece, en su artículo 33.13, como decíamos, que corresponde a la comunidad autónoma la competencia exclusiva de ejecución en los puertos y aeropuertos con calificación de interés general cuando el Estado no se reserve su gestión directa.

Ya es dudoso que la explotación de los aeropuertos por una sociedad mercantil, AENA Aeropuertos, Sociedad Anónima, pueda considerarse gestión directa del Estado. Más dudoso aún sería si se explotaran, como dice el real decreto, a través de sociedades mercantiles filiales de la sociedad estatal AENA Aeropuertos, Sociedad Anónima. Lo que ya no sería nada dudoso es si la explotación se realizara en régimen de concesión, como también prevé el real decreto, que en ningún caso podría considerarse entonces gestión directa por el Estado. O, lo que es lo mismo, si el Estado privatizara AENA, total o parcialmente, o cediera en régimen de concesión la explotación de los aeropuertos, Canarias recuperaría automáticamente, en virtud del artículo 33.13 del Estatuto, las competencias de gestión de sus aeropuertos. No estaría de más, por lo tanto, y llegados a este punto, que alguien, algún compañero, le dijera al presidente del Gobierno de Canarias que fuera preparando un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional en relación al citado Real Decreto 1150/2011, porque contradice lo establecido en el artículo 33.13 del Estatuto de Autonomía.

Y una vez expuesta la razón jurídica, que en un Estado de Derecho debería ser suficiente, señorías, voy a exponer muy brevemente otras dos razones que fundan la oportunidad de esta proposición no de ley: la razón política y la razón económica.

En cuanto a la razón política, en un Estado descentralizado como el nuestro, de corte federal, las comunidades autónomas, verdaderos estados federados, deben asumir la mayoría de las competencias, y hay una que es indiscutible que debe recaer en la comunidad autónoma cuando esta comunidad autónoma es un archipiélago, como nosotros: puertos y aeropuertos.

En cuanto a la razón económica, no es posible planificar la economía canaria, competencias de la comunidad autónoma, del Gobierno de Canarias, sin contar con nuestros puertos y aeropuertos, sin poder decidir sobre sus costes, horarios y servicios. Por ejemplo, las tasas aeroportuarias, o sea, los precios de nuestros aeropuertos, deben decidirse aquí, no en Madrid, porque, si no, pasa lo que ha pasado recientemente. No parece la mejor medida de potenciación económica en estos momentos subirles los precios a nuestros aeropuertos, al descartar la bonificación de las tasas aeroportuarias. Y la ampliación de los horarios de nuestros aeropuertos para lograr una mayor cohesión territorial entre las islas, para facilitar la llegada de los turistas, debe decidirse también aquí, no en Madrid.

Por lo tanto, porque nos amparan la razón jurídica, la razón política y la razón económica, mi grupo, y en este caso ambos grupos que apoyan al Gobierno -el Grupo Nacionalista y el Grupo Socialista-, solicitamos al resto de la Cámara el apoyo a esta proposición no de ley, que solicita al Estado la participación de la comunidad en la gestión de los aeropuertos canarios o, si los privatiza, gestionarlos nosotros.

Muchas gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Muchas gracias, señor diputado.

A esta ha habido una enmienda presentada conjuntamente por el Grupo Mixto y Partido Socialista. Tiene la palabra el Grupo Mixto.

El señor Rodríguez Rodríguez: Señor presidente. Señorías.

Nosotros no tenemos ninguna duda de la pertinencia, de lo acertado, de lo útil, que sería que las infraestructuras aeroportuarias de interés general fueran, como mínimo, participadas por las autoridades locales. Ninguna. ¿Por qué? Primero porque esto es más habitual de lo que pensamos. En el Reino Unido, que no es el paradigma de la descentralización, las autoridades locales participan; Portugal, que tampoco lo es, tienen la gestión, por ejemplo, en el archipiélago de Azores y de Madeira, la tienen las autoridades locales. De manera que tiene sentido en general pero de manera aplastante en situaciones como la nuestra, en situaciones archipielágicas, donde los aeropuertos son de este territorio y no se comparten sino cuando llegan los aviones a otro lugar. De manera que tiene un sentido aplastante que en nuestras circunstancias estas infraestructuras sean como mínimo participadas por las autoridades locales, porque se supone que la descentralización no es un capricho, es un principio de eficacia en las administraciones públicas que está claramente contrastado, y unas infraestructuras que influyen tanto en la economía, que influyen tanto en el interés general, parece razonable que como mínimo sean participadas por las autoridades locales y por las entidades locales, sean empresariales o sociales, que en su caso se decidiera. Ninguna duda en ese tema.

De lo que tampoco tenemos ninguna duda es de que la Constitución dice lo que dice y que esto es competencia exclusiva del Estado de forma categórica si los aeropuertos tienen la consideración de interés general, y esto lo decide la Administración General del Estado, y solo cabe un resquicio, no en la Constitución, en el Estatuto, que tiene relación pero que no es lo mismo, y por eso hay decenas, si no centenares, de recursos en relación a las competencias pendientes del Tribunal Constitucional. En el Estatuto hay un resquicio que dice que si la gestión de los aeropuertos de interés general no la hace directamente el Estado -y directamente es a través de la estructura administrativa o de las entidades de titularidad pública-, si esta condición no se da, cabría reclamar la ejecución de esta competencia por parte de la Comunidad Autónoma de Canarias. Ese es el marco legal.

La PNL hace una consideración que podemos compartir, pero que tiene una cierta contradicción con estos dos elementos categóricos, jurídicos, formales, y es que la competencia es exclusiva del Estado para los aeropuertos de interés general y solo cabe el resquicio de que, si la gestión no es directa, no es por parte de las autoridades estatales, cabría reclamar, conforme a nuestro Estatuto, ese tema.

Pero yo diría que esto es así y habrá que reclamarlo, si esta circunstancia se da, que está en veremos, porque una cosa es querer privatizar y otra es conseguirlo, y otra es que salga bien la jugada, porque también les tengo que decir que los ejemplos, no de descentralización, de privatización de aeropuertos relevantes en países de nuestro entorno están siendo un fracaso. Léase Reino Unido también, donde procesos de privatización han sido devueltos o procesos de privatización de infraestructuras y servicios esenciales, como el sistema ferroviario británico, además de ser uno de los estrepitosos fracasos más sonados de la historia reciente del Reino Unido... -y ni les cuento la señora que los privatizó, que desgraciadamente ha fallecido recientemente-. Un desastre absoluto, un desastre de descapitalización, de inseguridad, de encarecimiento y ahora hay un proceso de rescate después del desastre de la privatización.

De manera que el Gobierno español... ya decía yo esta mañana, entre bromas y en serio, que menos la Guardia Civil y la Policía Nacional aquí está todo, todo es posible venderlo, privatizarlo. Yo diría que si esta circunstancia se diera, es evidente que esta comunidad se tendría que organizar para reclamar, aprovechando el elemento estatutario, la gestión de estas infraestructuras, pero yo creo que esta comunidad, y ahí va el sentido de nuestra enmienda, debe reclamar la reforma del marco estatutario para posibilitar, al margen de quién lo gestione, participar o gestionar los aeropuertos.

Mi impresión, yo estuve, en mi condición de diputado en las Cortes Generales, en la ponencia del Estatuto de Cataluña, estuve en la ponencia de todos los estatutos que se reformaron en esa legislatura, y hubo una gran discusión. Saben ustedes que Cataluña tiene un Estatuto más evolucionado, un estatus político más evolucionado, y a la propuesta del Parlamento, no solo -como en nuestro caso- va una representación y la defiende en el Pleno, sino que hay una comisión bilateral de ambos parlamentos, muy interesante, donde los representantes de todos los partidos del Parlamento de Cataluña se sientan, de frente, de tú a tú, con los representantes de las Cortes Generales de todos los partidos, y allí se discuten, pues, las posiciones. Y esa fue una discusión, como se pueden imaginar, muy interesante. Entre ellas estuvo esta.

El planteamiento es que con la condición constitucional de que la competencia es exclusiva y determinante de la Administración General del Estado por parte de los aeropuertos de interés general, si esta situación no se modifica por la vía de la gestión, solo cabe un pacto, un acuerdo, que fue lo que se apuntó y luego no se ha cumplido en relación al Estatuto de Cataluña, que es la cogestión o la gestión participada, como en el caso de los aeropuertos. Por eso nosotros decimos que no sería suficiente reclamar la gestión a la comunidad autónoma si no hay gestión directa por parte del Estado sino que, al margen de eso, que evidentemente lo tendríamos que aprovechar, debiéramos reclamar, en cualquier caso, por circunstancias económicas y políticas, participar, como mínimo, de la gestión de los aeropuertos, al margen de quién los gestione, y en este sentido decimos que lo que hay que hacer es reformar el marco estatutario. Y volvemos a la necesidad y a la actualidad permanente de revisar el marco estatutario de Canarias, donde este sería un elemento importante de ese proceso negociador, aunque, insisto, la limitación constitucional está ahí, que a mí me parece muy importante, muy importante desde el punto de vista de conquistar lo que pretendemos.

En cualquier caso, no tenemos duda, ejemplos tenemos, hemos hablado del tema de las tasas, las bonificaciones, de los horarios, de la propia gestión de los aeropuertos, de sus resultados económicos. En fin, yo creo que está más que contrastado que es razonable, equilibrado, necesario, útil para el interés general, que las autoridades locales, que la sociedad local, participe en esta materia, aunque ahora las limitaciones jurídicas son las que son. Nuestra enmienda no hace sino añadir, digamos, una siguiente hipótesis de trabajo, que me parece fundamental, y es que al margen de quién gestiona los aeropuertos de interés general las autoridades y la sociedad local deben participar en ellos.

Este es el objeto de nuestra enmienda y espero que los proponentes comprendan que pretende dar un paso más, al margen de quién los gestione.

Muchísimas gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Le sobró tiempo, don Román. Por primera vez.

Muchas gracias.

Tiene la palabra, para tomar postura, el cofirmante de la PNL, el señor Cruz, por parte del Partido Socialista, que combinará su tiempo con la exposición del grupo en la misma PNL.

El señor Cruz Hernández: Gracias, señor presidente. Señorías.

El transporte aéreo juega un papel fundamental, esencial, en esta comunidad autónoma, en Canarias. Lo hemos hablado muchísimas veces, la cohesión territorial, económica, social, implica tener unos transportes aéreos adecuados. Es el único medio, prácticamente, de transporte de conexión con el exterior, de pasajeros, muy esencial en nuestra actividad económica. En definitiva, nos va la vida en nuestro desarrollo económico y social a esta tierra. Y en ese planteamiento los aeropuertos son el instrumento fundamental porque aparte son el instrumento fundamental, esencial, necesario, sin el cual el transporte aéreo sería imposible. Y en ese escenario de ocho aeropuertos, ocho aeropuertos donde tenemos algunos deficitarios pero otros que generan muchos beneficios para ese sistema aeroportuario, nosotros consideramos que en Canarias debemos siempre considerar, todos, los ocho aeropuertos, como un sistema aeroportuario integrado, como un conjunto. Un conjunto que funciona o que debe funcionar conectado, que debe funcionar teniendo en cuenta las necesidades de unos y de otros y además como instrumento, todos ellos, esencial en el desarrollo de esta comunidad autónoma.

Pero, señorías, en este escenario cada vez más vemos que las actuaciones, tristemente, del Gobierno de España en los últimos tiempos han llevado a un deterioro del sistema aeroportuario en Canarias. Un deterioro que ha implicado, pues, una pérdida de competitividad importante en los aeropuertos canarios, una subida de tasas muy alta -incluso llega al 80% en algunas de las tarifas en el último año y medio-, una supresión de rutas que viene ya en cascada -prácticamente se suprimen, se suprimen, se suprimen rutas por compañías-, desaparecen compañías aéreas que conectaban el exterior de una manera importante, como Spanair, por poner un solo ejemplo, subida de tarifas con carácter permanente, que significa un deterioro, además con una espada de Damocles permanente que tenemos encima de la cabeza de todos los canarios, de los 2 millones de canarios, en el sentido de que la supresión de las bonificaciones, siempre que gobierna el Partido Popular, se plantea como una posibilidad. En ese contexto, señorías hay que dar un paso más, hay que dar una solución a este problema, y la solución pasa por que, dado que no hay la sensibilidad suficiente del Gobierno de España con los problemas de esta tierra, donde nos va la vida desde un desarrollo económico y social, que son nuestros aeropuertos, nuestro transporte aéreo, en ese contexto tenemos que solicitar la transferencia, tenemos que solicitar la competencia en el transporte aéreo.

Miren, en la proposición no de ley se dice claramente, ya lo decía el compañero Ignacio González, en función del artículo 33.13 del Estatuto de Autonomía de Canarias, solicitamos la reunión de la Comisión Mixta de Transferencias a fin de iniciar los trámites y ejecutar el traspaso a esta comunidad autónoma de las competencias de ejecución de los aeropuertos canarios de interés general previstas en el Estatuto de Autonomía. Saben que el Estatuto de Autonomía prevé "los aeropuertos de interés general cuando no se ejerza la competencia directamente por el Estado". El señor don Román Rodríguez -y me pronuncio en relación a la enmienda- plantea una sustitución a este primer apartado y nosotros no podemos aceptar esa sustitución que él plantea, porque lo que don Román Rodríguez plantea -el Grupo Mixto-, es, dejemos sine díe esta cuestión a una reforma del Estatuto de Autonomía en el futuro próximo. Pero, claro, hoy necesitamos ya, no podemos esperar una reforma del Estatuto de Autonomía, que en lo que se tramita en este Parlamento, que se va a tramitar, en lo que va a las Cortes, se aprueba, entra en vigor, se hace la negociación con el Estado, en ese contexto lo que le puedo asegurar es que el PP ya no está gobernando, y entonces sí es posible pero es a mucha más distancia.

En todo caso, señorías, creo que... Usted planteaba, don Román, que era necesaria la reforma del Estatuto de Autonomía. No necesariamente, la competencia de los aeropuertos de interés general es competencia del Estado, el artículo 149.2 de la Constitución, pero usted sabe también que el artículo siguiente, el 150.2, de la propia Constitución española prevé que las competencias exclusivas del Estado se pueden transferir o delegar en casos excepcionales, pero se pueden también transferir o delegar, dice el artículo 150.2, no excluye, en competencias exclusivas del Estado. En este caso se puede delegar, se puede transferir a la comunidad autónoma sin esperar a la reforma del Estatuto de Autonomía por el 150.2. Pero, en todo caso, nosotros consideramos, y ahí está lo que se puede hacer ya, se puede hacer con carácter inmediato, y empezar a influir en la toma de decisiones, porque lo importante es lo que establecemos en el segundo apartado, es decir, la cogestión de los aeropuertos.

El sistema portuario está funcionando yo creo que de una manera adecuada y cuando se modificó, creo, en el año 92, se modificó toda la situación del sistema portuario en España, se permitió la cogestión de los puertos, en este caso los puertos canarios, donde interviene, pues, la Administración local, la Administración insular, la Administración autonómica, incluso la presidencia se elige por el Estado pero a propuesta del Consejo de Gobierno de Canarias. En definitiva, hay una cogestión y hay una participación directa en la toma de decisión de una materia tan importante como son los puertos.

Nosotros creemos que de manera, ya, de manera inmediata, dada la cerrazón y la situación y que nos va la vida en el desarrollo económico en los aeropuertos, el Estado pudiera y debiera articular una medida que permitiera que la comunidad autónoma participe en esos sistemas. Y ese es el modelo de los aeropuertos, la cogestión. Es un modelo perfectamente diseñado, que ha funcionado adecuadamente en el otro modo de transporte de donde en Canarias más dependemos, que es el modo marítimo, y se trata de trasladar, mientras no se transfiera esa competencia a Canarias, ese modelo a esta comunidad autónoma, de tal manera que en Canarias pudiera participar el Gobierno de Canarias, pudieran participar los ayuntamientos, los cabildos, en la cogestión de nuestros aeropuertos.

En definitiva, señorías, estamos ante una situación y un tema esencial si queremos que esta comunidad autónoma tenga un futuro más prometedor desde el punto de vista económico y desde la cohesión social y económica, que es que lo que aquí vemos, lo que aquí palpamos que necesitamos, tengamos la opción, la posibilidad de influir en la toma de decisión en esas materias.

Por lo tanto, señor Rodríguez, lo que le propongo en relación a su enmienda de sustitución, que no sea de sustitución, le propongo que se añada, pero que se añada con una corrección, en el sentido de que el Parlamento de Canarias considera que se plantee que, en el marco de la reforma estatutaria, se posibilita que la comunidad autónoma pueda asumir las competencias de ejecución en la gestión de los aeropuertos canarios de interés general y no solo cuando el Estado no se reserve la gestión directa de los mismos. Lo que le quito de la enmienda es que "se inste al Gobierno de Canarias a promover una reforma", usted sabe que está en el pacto de gobierno que va a haber una reforma, y lo que el Parlamento señala ya desde ahora es que cuando se plantee esa reforma tengamos en cuenta, ya se tuvo en cuenta en su momento, volvamos a tener en cuenta que los aeropuertos de interés general, incluso cuando la gestión directa pudiera seguir estando en el Gobierno de España, sea una competencia que se pueda transferir a esta comunidad autónoma de una manera directa en cuanto a su ejecución.

Por lo tanto, quedarían, señor presidente, tres puntos en la propuesta, que serían, el punto primero tal como viene en la proposición no de ley; el punto segundo, tal como viene en la proposición no de ley; y añadiríamos un tercer punto, que sería esa consideración de que en la posible reforma estatutaria de futuro se contemplara esta iniciativa o esta infraestructura a efectos de que fuera transferida a la comunidad autónoma, aunque el Estado tuviera el interés...

Gracias.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Gracias, señor diputado.

Para fijar posiciones tiene la palabra el Grupo Popular.

El señor Jorge Blanco: Gracias, señor presidente.

Efectivamente, la Constitución española, en su artículo 149, establece la competencia exclusiva en materia de aeropuertos de interés general, control del espacio aéreo, transporte, tránsito aéreo, matriculación de aeronaves, etcétera. El Tribunal Constitucional también ha establecido que las competencias de titularidad estatal de competencia exclusiva tienen el carácter de necesarias, permanentes e intangibles, como parte de la materia exclusiva que el Estado proyecta al resto o al territorio nacional.

Efectivamente, también el artículo 33 del Estatuto establece la posibilidad de que la comunidad autónoma pueda ejercer las competencias de ejecución en los aeropuertos y puertos de interés general, salvo que el Estado se reserve su gestión directa.

Miren, yo desde un punto vista político puedo entender que la fuerza política de Coalición Canaria quiera la competencia de aeropuertos del Estado. Es, en definitiva, parte de la esencia de su proyecto nacionalista: "cuanto más Estado, peor; cuanto más Administración autonómica, mejor; cuanto más se difumine la autoridad del Estado en el territorio español, en concreto en Canarias, mejor les irá o nos irá a nosotros, me refiero a nosotros, no a la Comunidad Autónoma de Canarias, a los canarios en general, sino a nosotros como formación política nacionalista". En definitiva, las fuerzas nacionalistas -no sé si la de Coalición Canaria lo es, algunos sí y otros no-, en definitiva, lo que persiguen es la independencia de los territorios respectivos del Estado. Esa es la esencia de los partidos nacionalistas; otra cosa, insisto, es que por razones políticas, pues, no lo defiendan. Y por eso comprendo esta PNL en razón o en relación a esa formación política. Lo que sí no puedo llegar a entender, y mi formación política tampoco, es que el Partido Socialista, con propuestas como esta, renuncie a su carácter nacional, renuncie a la cohesión de los territorios de España a través de la defensa de la existencia de un núcleo duro de competencias que sean indelegables o intransferibles a las comunidades autónomas. Salvo que de verdad hayan renunciado a ello, a defender la España constitucional del pacto del año 78. Claro que, comprobando la deriva política de los últimos tiempos del Partido Socialista, donde las fuerzas disgregadoras de dentro le están ganando la partida a las fuerzas integradoras, cualquier cosa del Partido Socialista me puedo creer.

En definitiva, y con esto termino, señor presidente, nuestro grupo va a votar no a esta proposición no de ley; no a la transferencia a Canarias, ni a Canarias ni a ninguna comunidad autónoma, de los aeropuertos de interés general, puesto que consideramos que forman parte de esa esencia, de ese núcleo duro de competencias necesarias para mantener, para promover la cohesión territorial, la solidaridad de todos los españoles y el papel, en definitiva, del Estado en todos los territorios de España.

Gracias, señor presidente.

El señor vicepresidente segundo (Fernández González): Muchas gracias, señor diputado.

Terminadas las intervenciones, pasaremos a la votación (Suena el timbre de llamada a la votación.) (Se reincorpora a su lugar en la Mesa el señor vicepresidente primero, Cruz Hernández, y asume la Presidencia).

El señor vicepresidente primero (Cruz Hernández): Sí, señorías, quedaría la proposición no de ley que se vota con el punto 1 y 2 de la proposición no de ley y el punto 3 siguiente, que paso a leer para que sus señorías y conste en el Diario de Sesiones correspondiente: "El Parlamento de Canarias considera que, en el marco de la reforma estatutaria que se plantee, se posibilite que la comunidad autónoma pueda asumir las competencias de ejecución en la gestión de los aeropuertos canarios de interés general y no solo cuando el Estado no se reserve la gestión directa de los mismos". Ese es el punto tercero y los dos primeros... Comienza la votación (Pausa).

Queda aprobada la proposición no de ley con 26 votos a favor, 14 votos en contra y ninguna abstención.