Diario de Sesiones 76, de fecha 23/4/2013
Punto 3

· 8L/PO/P-0880 Pregunta del señor diputado don Román Rodríguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre proyecto de ley análogo al Decreto-Ley de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda aprobado por la Junta de Andalucía, dirigida al señor presidente del Gobierno.

El señor presidente: Segunda pregunta, dirigida también al señor presidente del Gobierno, presentada por el señor diputado don Román Rodríguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario Mixto.

Don Román.

El señor Rodríguez Rodríguez (Desde su escaño): Señor presidente. Señor presidente del Gobierno, señorías, público presente vinculado además a este movimiento social de defensa de una vivienda digna.

Mire, señor presidente, el Gobierno de Andalucía ha abierto una brecha interesante para intervenir sobre un problema ante la inacción de las Cortes Generales. Ha dicho usted -no le dio tiempo de explicarlo- que está dispuesto a recoger esa experiencia y trasladarla a nuestra comunidad. Le he de decir que es una buena noticia en el marco de tanta desgracia que vivimos. Me parece bien que el Gobierno fomente el alquiler y el Gobierno establezca esta posibilidad de expropiación temporal.

Y le voy a decir más -para que usted tenga los dos minutos completos-, la expropiación es un concepto plenamente constitucional, habitual en el ejercicio de las funciones públicas. Hoy sin ir más lejos una gran empresa multinacional acusa al Gobierno de España, al ministro Soria, de expropiarle sus bienes y sus derechos en esta tierra, concretamente en materia de bombeo. Por lo tanto, no hay que amedrentarse, porque si las cosas se hacen bien son plenamente legales y compatibles con el interés general. Aquí, por utilidad pública, expropiamos bienes particulares para hacer una carretera, y lo aplaudimos; pues aquí, por interés social, cabe esta acción. De manera que me alegra que haya apuntado esta posibilidad, porque creo que les pone a ustedes, al Gobierno, a la altura de las circunstancias en un momento terriblemente grave.

Y añado más: no solo las expropiaciones son legales sino que recomendaría a los señores del Partido Popular que se lean el real decreto-ley de noviembre del año 12, que es de eficacia limitada, porque las condiciones son imposibles de cumplir. Pero no es que expropie, confisca, porque durante dos años los afectados no podrían, no abandonarían la vivienda sin ninguna compensación para el acreedor; es decir, si algo estaría fuera de la Constitución sería la confiscación de bienes, que es lo que hace el decreto de noviembre, no el decreto de Andalucía, que expropia por ley, indemniza y por supuesto lo hace por un bien de interés social.

Y acabo diciéndole que además no se amedrente usted con eso de que le llamen comunista, porque ayer nos enteramos de que el Partido Popular ha suscrito un hermanamiento con el mayor Partido Comunista del mundo, el Partido Comunista Chino. O sea, que, cumplan ustedes con su deber, señores del Gobierno, señor presidente, y saquen adelante de forma rápida, y contarán con nuestro apoyo, porque aquí se está para resolver los problemas de los ciudadanos y este es un problema grave que necesita respuesta.

Muchísimas gracias.

El señor presidente: Muchas gracias, don Román Rodríguez.

Señor presidente del Gobierno, don Paulino Rivero.

El señor presidente del Gobierno (Rivero Baute) (Desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente.

Efectivamente, señor diputado, las modificaciones legislativas que el Gobierno va a impulsar incluyen una segunda medida que va en la dirección de impedir los lanzamientos o desahucios de familias en emergencia social cuando haya sido adquirida una vivienda por el banco a través de un proceso judicial, ¿no? En este caso, pues, se llevará a cabo una expropiación de la ocupación de esa vivienda por un periodo de tres años, con un justiprecio que fijará el tribunal correspondiente, y ese justiprecio se hará efectivo a través de una aportación de la familia, si tiene condiciones, hasta un máximo de un 25% de la renta que tenga, y aportaciones de recursos públicos.

Está previsto cómo se financia ese, digamos, ese complemento al justiprecio, y este complemento viene, por una parte, a través del régimen sancionador de la parte de viviendas de alquiler que no hayan sido declaradas por sus propietarios, a través de la recaudación que se produzca por ahí. Esa partida irá destinada a la financiación de este justiprecio y la otra parte más importante es, apoyándolo en la Ley de Arrendamientos Urbanos, la capacidad que tienen las comunidades autónomas para que sean depositadas en las mismas aquellas fianzas que se deriven del alquiler de viviendas que se produzcan en Canarias. Con los recursos de las fianzas que en estos momentos están en manos de los propietarios de las viviendas cuando la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que son las comunidades autónomas las garantes de esas fianzas, con los intereses que generen los recursos de esas fianzas pretendemos financiar lo que es el complemento al justiprecio. Y luego en la tramitación de estas modificaciones que proponga el Gobierno incorporaremos aquellas cuestiones que puedan mejorar el proyecto de ley que presente el Gobierno, pero la esencia, los dos asuntos más importantes son trasladar las normas contempladas en el real decreto andaluz, que parece, desde el punto de vista de los Servicios Jurídicos del Gobierno, solvente, constitucional y que da respuesta fundamentalmente a un problema social que tenemos en estos momentos. Hay 9.400 expedientes en estos momentos de ejecución de desahucios en Canarias.

El señor presidente: Muchas gracias, señor presidente del Gobierno.