Diario de Sesiones 128, de fecha 11/6/2014
Punto 4

8L/PRRP-0001 DEBATE DE TOMA EN CONSIDERACIÓN. PROPUESTA DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL PARLAMENTO.

El señor PRESIDENTE: Siguiente punto del orden del día: debates en toma en consideración, propuesta de la reforma del Reglamento del Parlamento de Canarias.

La comisión hace una propuesta que la defiende, en este caso, don Julio Cruz, en calidad de miembro de la comisión, por tiempo de diez minutos.

El señor CRUZ HERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.

...(Sin micrófono.) ...de esta propuesta de reforma del Reglamento, en su toma en consideración, en nombre de la ponencia de la comisión y de los cuatro grupos parlamentarios.

De lo que se trata, señorías, es de una reforma corta, una reforma digamos que con cierta urgencia en relación a una sentencia que les quita rango de ley o considera que no tienen rango de ley las Normas de Gobierno Interior del Parlamento y, por lo tanto, había que acometer ese problema y darle una solución. Y con esta reforma rápida, urgente, lo que se intenta es buscar un cauce, establecer un procedimiento por el cual las Normas de Gobierno Interior tengan rango de ley en un futuro próximo, se establece un procedimiento legislativo, un procedimiento que va a permitir aprobar esas normas en la comisión correspondiente y por este Parlamento, cosa que no sucedía anteriormente como si fuera una proposición de ley muy similar.

Al mismo tiempo aprovechamos esta reforma para hacer otras cuestiones que tenían que ver también con esa resolución judicial. En primer lugar, decir que se adecúa toda la organización interna del Parlamento que estaba hasta en este Reglamento vigente, está en varios artículos y en varios capítulos, se constituye un título único, "Del gobierno, régimen interior y personal" que va a encuadrar y a contener en ese título todo lo relacionado con el Gobierno interior y la organización interna del Parlamento, que sería el último título del Reglamento, el XXII, y en el que en un futuro próximo estaría, pues, todo lo relacionado en esta materia.

Al mismo tiempo aprovechamos para hacer una innovación en relación al letrado-secretario general. Hasta ahora el letrado-secretario general era elegido por la Mesa entre los letrados del Parlamento, ahora se amplía el campo de elección, primero, como un órgano independiente, separado, y al mismo tiempo de elección entre los letrados del Parlamento, del Consejo Consultivo, del Servicio Jurídico del Gobierno, de las Cortes Generales o del cuerpo de Letrados de cualquier otra asamblea legislativa; por lo tanto, se separa, digamos, que la figura del letrado-secretario general de los letrados estrictamente de este Parlamento y sería una persona que teniendo esa configuración de letrado, evidentemente, pues pudiera elegirse por la Mesa libremente en razón a esos cuerpos señalados.

Al mismo tiempo, aprovechamos, como consecuencia de esta situación de la sentencia, para crear en el propio Reglamento los cuerpos de funcionarios del Parlamento, en la disposición adicional novena: los cuerpos de letrado, los cuerpos de técnicos, los de gestión, los de administración y los cuerpos de ujieres. Antes todos estos cuerpos estaban en las normas de régimen interior y la creación o la categoría de cuerpos tienen que estar en normas de rango de ley, como el Reglamento, que es una norma en rango de ley, y hasta en cuanto se tramitan las Normas de Gobierno Interior, pues, se establece esa situación en el propio Reglamento.

En definitiva, se hace, además, un artículo creo que importante que es el de las medidas organizativas y presupuestarias para el funcionamiento y las nuevas tecnologías y el conocimiento lleguen a este Parlamento de una manera mucho más clara, al objeto de dar respuesta al principio de transparencia y facilitar el acceso de la ciudadanía a este Parlamento y a lo que aquí se trabaja, lo que aquí se hace, a la información que genera el Parlamento.

Decir que en esta materia y en esta línea esta es una reforma corta, una reforma que no es la definitiva por cuanto ya en el Parlamento hay una ponencia creada, como sus señorías saben, para la reforma amplia del Reglamento, reforma amplia que tiene que contemplar claramente la regulación de los principios de la Ley de Transparencia de cara al Parlamento de Canarias, como poder distinto, que tiene que tener una normativa propia, una normativa que tiene que tener rango de ley y que, por lo tanto, tiene que estar dentro del Reglamento de la Cámara, y se traerá, pues, calculo que posiblemente a finales de este año estará a disposición o cuando la ponencia, que ya está creada, lo termine, pues esas Normas de Gobierno Interior nuevas que van también a contemplar la gestión interna del Parlamento y a dar respuesta a esos principios de transparencia, no solo vía reglamentaria, sino también por las Normas de Gobierno Interior que establece con rango de ley ese nuevo procedimiento que hoy se instituye.

En definitiva, señorías, y termino, señor presidente, lo que pretendemos y solicitamos es la toma en consideración de este Reglamento, toma en consideración que hay que decir que los grupos hemos acordado, a efectos de salvar alguna discrepancia que hubo en su momento, que la disposición transitoria tercera donde a las Normas de Gobierno Interior actuales les dábamos rango de ley en su totalidad, la vamos a suprimir, y que ya estamos trabajando, y estamos trabajando y avanzando en las Normas de Gobierno Interior. Por lo tanto, esta es la toma en consideración de esta proposición, de esta propuesta de Reglamento, para ver la posibilidad de que en el próximo pleno -en los siguientes, en todo caso-, en este periodo, antes de las vacaciones de verano, pues, este Reglamento esté aprobado y entre en vigor a efectos de poder utilizar ese procedimiento para tramitar las Normas de Gobierno Interior y el futuro Reglamento, que contemple, sobre todo, la Ley de Transparencia y el acceso de la información de los ciudadanos a lo que aquí se genera.

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Julio.

(Suena el timbre de llamada a votación.)

Señorías, vamos a proceder a la votación de la proposición de ley de todos los grupos parlamentarios sobre la reforma del Reglamento del Parlamento de Canarias, reforma, digamos, como muy bien explicó el ponente, abreviada. Comienza la votación (Pausa).

Resultado: 45 presentes, 45 a favor, ninguno en contra, ninguna abstención.

Queda aprobada por unanimidad.