Diario de Sesiones 137, de fecha 24/9/2014
Punto 9

8L/PL-0023 DEBATE DE PRIMERA LECTURA. PROYECTO DE LEY SOBRE LA TRAMITACIÓN PREFERENTE DE INVERSIONES ESTRATÉGICAS PARA CANARIAS.

El señor PRESIDENTE: Proyectos de ley. Debates en primera lectura. Proyecto de ley sobre la tramitación preferente de inversiones estratégicas para Canarias.

Por el Gobierno, el señor consejero de Economía y Hacienda, don Javier González Ortiz.

El señor CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD (González Ortiz): Presidente, señorías, buenos días a todos y a todas.

Uno de los principales cometidos de las administraciones públicas es, sin duda, propiciar los marcos adecuados para el desarrollo de la actividad económica; es decir, que las condiciones para la creación de riqueza y trabajo sean las mejores posibles. Las administraciones no pueden ni deben ser nunca un obstáculo para la implantación de actividades de interés general: por el contrario, lo que deben articular son todas aquellas medidas que contribuyan a ese fin.

Partimos de la constatación de que, en ocasiones, los trámites necesarios para poner en marcha un proyecto de inversión requieren un complicado proceso burocrático en distintas administraciones que puede llegar a disuadir y a lastrar la iniciativa empresarial y, en consecuencia, el desarrollo económico. Un hecho aún más negativo cuando se trata de proyectos de especial importancia para el archipiélago, tanto por su carácter innovador como por las expectativas de creación de empleo que puedan llegar a generar o por ser de interés social.

En esa línea, la coyuntura económica de los últimos años ha hecho aún más evidente la necesidad de acometer mejoras que simplifiquen y agilicen un marco regulador que, en la práctica, evite desmotivar la actividad empresarial y obstaculizar la innovación, la productividad y el crecimiento.

Consciente de ello, el Gobierno de Canarias, mediante el Decreto 86/2012, de 11 de octubre, creó el Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos, un órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el objetivo de mejorar las condiciones que Canarias puede ofrecer a la inversión para sus proyectos en el archipiélago. Este comité prestó especial atención a las iniciativas y proyectos de inversión que, por su relevancia, incluían elementos dinamizadores de la actividad económica en las islas. En esta dirección y con estos objetivos, se marcó la meta de asegurar el seguimiento y la coordinación de la actuación administrativa en relación con aquellas iniciativas que requieren una especial atención por su relevancia económica y social, y siempre y cuando -y siempre y cuando- fueran viables económica, financiera y jurídicamente.

La labor desarrollada por el citado comité permitió constatar que la tramitación de esos grandes proyectos ante las distintas administraciones resultaba en ocasiones compleja y especialmente lenta y gravosa en lo que a los plazos se refiere. Al mismo tiempo, detectó que los esfuerzos por mejorar la eficiencia de la actuación administrativa se veían en ocasiones limitados por la existencia de unos plazos y unos cauces procedimentales establecidos por ley.

En consecuencia y ante estas evidencias, el Gobierno trae a esta Cámara una iniciativa legislativa que trata, fundamentalmente, de acortar los actuales plazos de los expedientes relacionados con estas inversiones estratégicas. Con ello, su fin último es contribuir a la dinamización de la economía de las islas. Un objetivo que se instrumenta agilizando los trámites en las administraciones públicas canarias de los expedientes relacionados con iniciativas y proyectos de inversión que sean declarados de interés estratégico por parte del Gobierno de Canarias. Y lo hace, además, regulando las circunstancias que determinan la consideración de inversiones de interés estratégico, así como el procedimiento -así como el procedimiento- para su declaración.

En definitiva, esta ley pretende abordar problemas muy relevantes que ya han sido objeto de atención por parte del Gobierno de Canarias, pero que requieren una actuación normativa de rango legal. De hecho, cabe señalar que, desde el comienzo de la actual crisis económica y financiera, hemos implementado medidas dirigidas precisamente a simplificar la tramitación administrativa de las iniciativas empresariales, con el objeto de hacer más competitiva la economía canaria; acciones que han contribuido a lograr la reducción del tiempo de tramitación para poner en marcha una actividad empresarial. Una reducción, señorías, que no es una afirmación del Gobierno de Canarias, sino que viene avalada por datos independientes.

Según la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, entre 2007 y 2011, últimos datos disponibles, España en su conjunto ha reducido la duración de los trámites administrativos vinculados a la creación de empresas. Como ejemplo, si en 2007 una empresa industrial necesitaba 201 días para ponerse en funcionamiento, en 2011 ese plazo se rebaja a 127 días.

En cuanto a Canarias, ese mismo informe de la agencia estatal asegura que el archipiélago ha contribuido de forma decisiva a la disminución de las cargas administrativas en el conjunto del Estado español; y lo acredita con cifras muy clarificadoras, ya que, para el mismo caso de las empresas industriales, el plazo en el archipiélago se situó en menos de 100 días, es decir, con un periodo inferior al conjunto del Estado español.

Y lo mismo sucede, por ejemplo, con otras sociedades, como las sociedades de las tecnologías de la información y la comunicación, para las que eran necesarios 116 días en España, mientras que en las islas se necesitaban 100.

Sin embargo, y a pesar del esfuerzo realizado tanto en el ámbito legislativo como en el reglamentario y el ejecutivo, lo cierto es que sigue siendo necesario ahondar en el proceso de depuración y simplificación de las cargas administrativas. Así lo han hecho ya algunas comunidades autónomas como Navarra, Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales; Baleares, Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears; Andalucía, Ley 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía; y, más recientemente Murcia, Murcia, repito, Ley 2/2014, de 21 de marzo -marzo del 2014, hace solo unos cuantos meses-, de proyectos estratégicos, simplificación administrativa y evaluación de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Todas esas normas autonómicas parten de la idea de permitir a los Consejos de Gobierno correspondientes declarar de interés estratégico determinados proyectos que promuevan el desarrollo económico, social y territorial, con especial incidencia en la generación de riqueza y empleo. Todas estas normas parten de la misma circunstancia.

En este mismo sentido, este proyecto de ley recoge el amplio consenso acerca de los inconvenientes que puede presentar un exceso de regulación o burocracia administrativa, en la medida en que puede llegar a desmotivar o desincentivar la inversión y, por consiguiente, la generación de riqueza y empleo.

Se trata esta, señorías, de una iniciativa que se alinea, además, con las directrices fijadas por la Unión Europea, con la legislación básica del Estado y con las estrategias de investigación e innovación para la especialización inteligente, RIS3, de Canarias. Y, ante la importancia de favorecer la implantación o localización en las islas de inversiones de especial relevancia, hemos decidido dar -por tanto- preferencia a la tramitación de este tipo de expedientes, acortando sensiblemente sus plazos.

Entendemos que una reducción de las cargas administrativas como la que contempla esta iniciativa favorece la entrada en el mercado de nuevos competidores y libera recursos, mejorando con ello la productividad y la competitividad de las empresas. El hecho de que las inversiones generadoras de empleo y riqueza que son objeto de esta norma deban efectuarse en el archipiélago hace, de uno u otro modo, que toda la población de las islas, todos los canarios y las canarias, puedan beneficiarse de esta ley; una circunstancia, por tanto, señorías, que justifica su tramitación.

Así, el texto que hoy debate este Parlamento establece que "tendrán la consideración de inversiones de interés estratégico aquellas que sean declaradas como tales por el Gobierno de Canarias, de acuerdo con el procedimiento previsto y en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las islas". Repito, "aquellas [...] de acuerdo con el procedimiento previsto y en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las islas".

En este sentido, y aunque resulte obvio, de la simple lectura del proyecto de ley -resulta obvio, pero algunos siguen sin entenderlo-, quiero subrayar que la declaración la decide el Consejo de Gobierno de Canarias y no el presidente, como algunos se han empeñado en decir. Lo decide el Consejo de Gobierno de Canarias. Los que así aseguran esto deberían saber que cualquier asunto -bueno, hay algunos que lo aseguran y lo saben, porque han tenido la experiencia, pero siguen insistiendo en el mismo error-, repito, los que así aseguran que esta es una decisión exclusiva, a dedo, por parte del presidente de Canarias, en su caso, digo que cualquier asunto que va al Consejo de Gobierno siempre lo es a propuesta de uno de sus miembros y previa tramitación del expediente por el departamento que la presenta. Y este es, por tanto, el procedimiento a seguir para el caso de la declaración de una inversión estratégica. Es decir, se trata en el Consejo de Gobierno; para elevar al Consejo de Gobierno, lo eleva alguno de sus miembros.

La razón de que sea el presidente es muy sencilla: la valoración inicial, porque hay valoración inicial, porque hay procedimiento previo, se realiza primero en el seno del Comité de Inversiones, un órgano que depende de la Presidencia, por lo que lógicamente será el departamento -es decir, la Presidencia del Gobierno- quien lo eleva a la consideración del Consejo de Gobierno. De la misma forma que es rotundamente falso que la declaración pueda ser arbitraria: ¡rotundamente falso que la declaración pueda ser arbitraria!

Bien al contrario, el proyecto de ley determina con claridad cuáles son los criterios de selección, que, además, son tratados con anterioridad por el Comité de Inversiones, en el que participan -les recuerdo- otras administraciones, como cabildos y ayuntamientos. (Abandona su lugar en la Mesa el señor presidente. Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente primero, Cruz Hernández.)

Hasta tal punto es así que los criterios incluidos en este proyecto de ley son más precisos que los que incorpora la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo acaba de leer hace unos minutos la diputada del Partido Popular. En el artículo 51, señala textualmente lo siguiente: "cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar [...] la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos por el procedimiento ordinario", "cuando razones de interés público lo aconsejen", ese es todo el requisito que se establece, "cuando razones de interés público lo aconsejen", no hay más precisión ni más ampliación. Ninguna. Por tanto, con esta literalidad de la ley actual, la pregunta es: ¿qué criterios objetivos y determinados existen aquí? Pues, exactamente, ninguno, señorías; cuando razones de interés público lo aconsejen.

Pero es que, además, por tanto, los criterios establecidos en otras leyes autonómicas coinciden en su inicio, sustancialmente, con los de este proyecto de ley; y ninguna de ellas, señorías, ha recibido reproches de ilegalidad ni ha generado ningún problema su aplicación.

Es más, son leyes tomadas en comunidades autónomas de distintos signos políticos. Por ejemplo, en Murcia, la última comunidad autónoma que ha incorporado una legislación similar, sus requisitos se refieren, al igual que en Andalucía, Navarra o Baleares, a proyectos que promuevan su desarrollo económico, social y territorial, siendo sorprendente que este sea el único, sin más añadidos que el que recoge, por ejemplo, la norma balear. Por el contrario, señorías, para diferenciar, repito, para insistir sobre aquellas cuestiones en que algunos han dicho "es que esto es arbitrario", no, no, no, están incluidos los criterios en este proyecto de ley.

Por lo tanto, se introducen criterios que son mucho más determinantes, determinados y precisos, por lo que entendemos que quedan totalmente rebatidas todas las críticas vertidas sobre una existencia de discrecionalidad en manos ni del presidente ni del Consejo de Gobierno.

Y les recuerdo, señorías, porque algunos no se los han leído, cuáles son los criterios para la evolución de los proyectos de inversión: su impacto sobre la economía insular o canaria, especialmente, en el ámbito de la generación de empleo; su relevancia en relación con áreas estratégicas como el turismo, las energías, la innovación, las nuevas tecnologías, la internacionalización de la economía canaria o el desarrollo de nuevas áreas de alto valor añadido; su capacidad para movilizar inversión privada, interna o externa; su compatibilidad con el desarrollo sostenible de las islas, repito, su compatibilidad con el desarrollo sostenible de las islas; y lo último y más importante, aquellas que estén de acuerdo con los planes y normativas aprobados por el Gobierno, el Parlamento de Canarias, así como las vinculadas a la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020.

Es decir, entre los criterios para considerar las inversiones estratégicas, están aquellas inversiones que están incluidas en los planes y programas aprobados por el Gobierno, por este Parlamento, o incluidas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias. Lo digo para seguir insistiendo en aquellos que se han empeñado una y otra vez en hablar de la discrecionalidad. Criterios objetivos frente a indeterminación en otras, legislación comparada o, incluso, en la redacción actual de la ley en el ámbito estatal.

Y, como en todo caso yo ya indiqué, la inversión deberá siempre resultar -no nos olvidemos de esto- viable desde el punto de vista jurídico. Es decir, la inversión debe resultar viable desde el punto de vista jurídico. No es una trampa, por tanto, para acceder por una vía distinta si no se cumplen los criterios jurídicos, económicos y financieros. Y esta circunstancia se debe justificar por el promotor. Es decir, la viabilidad jurídica, económica y financiera del proyecto debe ser justificada siempre, previamente, por el promotor.

Por último, esta ley será de aplicación en todas las administraciones públicas canarias y sus organismos vinculados o dependientes. Lo que supone, por tanto, que las inversiones declaradas de interés estratégico tendrán un impulso preferente y urgente, no en la Administración de la comunidad autónoma canaria o del Gobierno de Canarias, sino en todo el conjunto de administraciones públicas canarias. Precisamente por eso se hace esta norma con rango legal. Este, por tanto, es el fin último de aplicación y el fin fundamental de esta norma.

Y fue, les recuerdo, objeto de alguna observación en la tramitación de este proyecto por el Consejo Consultivo. El Consejo Consultivo estimó que el nuevo marco legal no aportaba novedad alguna, y decía en su informe: "por existir previsiones similares en la legislación del Estado o en la propia comunidad autónoma a través del decreto". Quiero recordarles que esto no es un reparo de legalidad del Consejo Consultivo; es, simplemente, una observación.

Y, además, nosotros consideramos que es inexacta. Es inexacta porque, repito, con la ley, hacemos la tramitación preferente en el conjunto de las administraciones públicas, no solo en el seno de la comunidad autónoma, que es lo que nos permite el decreto. Y, por tanto, en la declaración de una inversión estratégica, lo que se hace es operar en el conjunto de las administraciones públicas de una sola vez.

Porque los procedimientos actuales obligan -en su caso, con la normativa actual- a los promotores a solicitar esa declaración de urgencia de tramitación en cada una de las administraciones. Lo que parece, como mínimo, señorías, poco coherente con las directrices establecidas por la Unión Europea, incluso por la propia legislación básica del Estado. Esa es la novedad que introduce esta norma: la posibilidad de, una vez declarada, oída la opinión de las corporaciones locales, ayuntamientos y/o cabildos, poder tener la declaración que opere en el conjunto de las administraciones. Por aquellos que dicen que la norma era absolutamente innecesaria.

En consecuencia, señorías, este proyecto de ley recoge un avance muy importante para la promoción de las inversiones, ya que su declaración simplifica su tramitación -y lo vuelvo a subrayar-, repito, en todas y cada una de las administraciones canarias.

Al margen de esta discrepancia, hemos incorporado las observaciones y apreciaciones que realizó en su momento el Consejo Consultivo al articulado, especialmente la relativa a la participación de las administraciones locales en el procedimiento para la declaración de una inversión como estratégica. Recuerdo, señorías, si han revisado el expediente, que, en la línea de lo que apuntó en su momento el órgano consultivo, la solicitud de los informes a las corporaciones locales, a cabildos y ayuntamientos, se hará con carácter preceptivo y no facultativo, con el fin de salvaguardar la autonomía local y, por tanto, evitar esa observación que se hizo en el Consejo Consultivo. Está corregido ya, por tanto, en el proyecto de ley.

Por lo tanto, señorías, como he visto que las enmiendas a la totalidad se han basado mucho en el informe del Consejo Consultivo, permítanme recordar que se han tenido en cuenta las observaciones del Consejo Consultivo, cuyo dictamen, a nuestro juicio, en ocasiones ha sido utilizado y tergiversado para verter críticas demagógicas; a lo que se añade, señorías, les recuerdo, el poco rigor que demuestra el hecho de que se fundamente una enmienda a la totalidad sobre un documento previo al informe del Consultivo.

Les recuerdo, señorías, el proceso, porque hay algunos que parecen olvidarlo, que el Gobierno toma en consideración un proyecto de ley, se somete al informe del Consultivo, el Consultivo emite su informe y, después, con ese informe, el Gobierno adapta el proyecto de ley al informe del Consultivo y, finalmente, lo envía a esta Cámara ya como proyecto de ley. Es decir, que muchas de las observaciones que se hacen en los informes del Consejo Consultivo ya han sido superadas, porque el texto que entra en esta Cámara no incorpora aquellas cuestiones a las que el Consejo Consultivo ha hecho observaciones.

No es esta la primera vez que se produce una circunstancia de criticar una norma en función del informe del Consultivo. Yo les recomendaría, digo, que en ese aspecto fuésemos conscientes de cómo se opera en el ámbito de la tramitación de un proyecto de ley.

En definitiva, señorías, creemos que esta ley es importante en el momento económico en el que estamos. Estamos en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea. Necesitamos avanzar más rápido si cabe en la tramitación de los procedimientos administrativos. Esta ley lo permite. Eso sí, siempre, siempre, siempre, bajo el respeto máximo al régimen jurídico del que nos hemos dotado.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor consejero.

A este proyecto de ley se han presentado, en tiempo y forma, dos enmiendas a la totalidad.

Para la defensa de la enmienda, en primer lugar, con devolución del Grupo Parlamentario Popular, don Miguel Jorge Blanco. Por tiempo de veinte minutos, tiene usted la palabra.

El señor JORGE BLANCO: Gracias, señor presidente. Señorías.

Señor consejero, tendrá usted que aceptar que hay opiniones muy diferentes en relación con el proyecto de ley que usted ha propuesto o ha dicho en la tribuna de oradores en el día de hoy; opiniones muy diferentes que trataré, en mi intervención, de exponer a todas sus señorías.

El señor consejero se ha dedicado, más que a exponer el proyecto de ley, a hacer el turno en contra de las enmiendas a la totalidad que, en definitiva, les corresponden a los grupos parlamentarios que apoyan al Gobierno. Pero, en definitiva, señorías, con la tramitación de hoy iniciamos esta, en fin, andadura de este proyecto de ley de tramitación preferente de inversiones estratégicas para Canarias. Un proyecto que nace, que ve la luz, con la idea de mejorar y de simplificar, a la vez que de acortar los plazos de los proyectos de inversión que se proponen o que se promueven para el archipiélago canario.

El Grupo Parlamentario Popular, el Partido Popular, coincide con el análisis de la propia exposición de motivos del proyecto de ley. Existe un amplio consenso, un amplio consenso, acerca de los graves inconvenientes que representa, en cualquier economía, un exceso de regulación y burocracia administrativa, en la medida en que contribuye a retraer o a desincentivar la inversión y, por consiguiente, la generación de riqueza y de empleo.

Los perjuicios son más evidentes en circunstancias como las actuales, en las que resulta tremendamente difícil movilizar y dinamizar la economía, la iniciativa empresarial y la iniciativa inversora. De ahí que, desde todos los ámbitos políticos, desde los ámbitos económicos, sociales e institucionales, se venga insistiendo en la necesidad de acometer reformas en la estructura y el funcionamiento de las administraciones públicas y del marco que las regula en la intervención, en los proyectos y en las iniciativas empresariales.

Eso dice, señorías, la exposición de motivos del proyecto de ley. Y es verdad lo que dice, aunque algunos sigan subiendo a esta tribuna y lo sigan negando. Es verdad que los proyectos empresariales se eternizan. Se eternizaban antes, en épocas de riqueza y en época boyante; y se eternizan ahora, en periodos de recesión económica.

Me gustaría destacar -es destacable, señorías, y es importante- que una exposición de motivos de un proyecto de ley diga lo que dice este proyecto de ley: dice lo que hemos venido denunciando desde hace tiempo el Grupo Parlamentario Popular, tal como: exceso de regulación, excesivo intervencionismo, demasiada burocracia, escasa agilidad administrativa, demasiada intromisión de lo público en la esfera privada, demasiadas leyes y normas para regular nuestra vida y nuestras actividades públicas o privadas.

Lo que se denominaba antes como una ocurrencia del Partido Popular se recoge ya como una evidencia en los textos de las leyes, como algo empíricamente demostrado y como un camino -sin retorno- favorable a la reducción de la burocracia, a la simplificación y a la agilización de la tramitación de los asuntos diversos de los ciudadanos ante la Administración pública.

Hasta aquí, señorías, las coincidencias del Partido Popular. Porque las soluciones propuestas en este proyecto de ley no pueden ser más desafortunadas, por discrecionales y por arbitrarias. Con este proyecto de ley, señorías -y permítanme todos ustedes la expresión-, el dedo del presidente del Gobierno, el de este presidente y el del que venga en el futuro -sea, señorías, del color político que sea-, se convierte en el órgano decisorio acerca de qué inversiones pasan el filtro de las facilidades y cuáles permanecen en el viacrucis de la legislación actual para salir adelante, para ver la luz.

Tendremos en Canarias proyectos de primera división y otros de segunda. Tendremos empresarios elevados a los altares de los beneficios legales y otros, quizás los menos afines, que tendrán que soportar las tramitaciones engorrosas y eternas propias de la Administración canaria.

No debe de ser tan bueno este proyecto de ley cuando los propios empresarios y las asociaciones empresariales de Canarias, a los que precisamente esta ley va enfocada, han criticado con rotundidad este proyecto de ley, señor consejero; por tanto, no debe de ser tan buen proyecto de ley como usted nos ha querido vender en esta tribuna.

¿Acaso las condiciones establecidas en el artículo 3 del proyecto de ley no son lo suficientemente vagas e imprecisas, con conceptos jurídicamente indeterminados, imposibles de someter a un proceso de objetivación que pueda evitar la arbitrariedad del poder público? La impresión de mi grupo parlamentario es que, con las condiciones que se establecen en este proyecto de ley en el artículo 3, se pueden hacer una cosa y la contraria a la vez, y eso es lo peor que le puede pasar a un texto legal.

Una ley no puede ser discrecional y arbitraria, y este texto lo es; una ley debe respetar el principio de interés general y el de igualdad de oportunidades de todos ante la Administración y los poderes públicos, y este texto no respeta ni una cosa ni la otra; este texto es un proyecto de ley de otorgamiento de especiales poderes al presidente, algo más propio de regímenes muy alejados de nosotros, donde el dedo divino hace y deshace a su antojo. Estas atribuciones especiales no son propias, señoras y señores diputados, no son propias de administraciones y de sistemas democráticos avanzados como en los que estamos.

El Consejo Consultivo de Canarias se ha convertido, en los últimos tiempos, en la voz de la conciencia y de la cordura. Permítanme también la expresión: el Consejo Consultivo parece el tercer grupo de la Oposición en este Parlamento, porque con este ya son varios los dictámenes en los que se abstiene de informar favorablemente de los textos que se le presentan y a los que continuamente vapulea. El Consejo Consultivo tacha el proyecto de impreciso y de discrecional, porque generará muchos problemas en su aplicación y en su interpretación. El proyecto de ley legisla sobre materias ya previstas en otros textos legales; particularmente, como la que se ha dicho ya, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que prevé la tramitación de urgencia cuando razones de interés público así lo aconsejen.

Señorías, si antes manifestábamos que el Comité de Inversiones estratégicas era un arma que utilizaría el presidente para acelerar unos proyectos frente a otros, este proyecto, si se convierte en ley, le da falso ropaje de legalidad a la tramitación de aquellos proyectos. Desde luego, el Gobierno podía haber utilizado otra fórmula más objetiva y menos discrecional, pero ha optado por esta que al Partido Popular -desde luego- no le gusta nada. Mejor hubiera sido, probablemente, suprimir exigencias y requisitos vigentes en otras leyes de carácter sectorial, como pueden ser las leyes territoriales o las leyes turísticas, por ejemplo.

Por tanto, señorías, por ser -y con esto termino-, a nuestro juicio, un proyecto de ley innecesario; por ser un texto impreciso y vago en sus determinaciones; por ser un proyecto de ley que va en contra del interés general y contra la igualdad de oportunidades; por ser un texto que genera grandes dosis de inseguridad jurídica; y por generar discrecionalidad y, posiblemente, también, arbitrariedad en el seno del Gobierno y del presidente, solicitamos, señoras y señores diputados, la devolución del texto al Gobierno.

Muchas gracias, señor presidente.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Igualmente, a este proyecto de ley se ha presentado una segunda enmienda a la totalidad por el Grupo Parlamentario Mixto. Para la defensa de la enmienda del Grupo Parlamentario Mixto, don Román Rodríguez. Por tiempo de veinte minutos, tiene usted la palabra.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente, señorías.

No aprendemos. No aprendemos de la historia reciente, de la historia vivida. Esta ley encarna un principio que la historia reciente ha puesto en crisis, y es el de la desregulación.

Hay una cantinela que el señor representante del Partido Popular y los miembros del Gobierno asumen, que está de moda, y es culpar a la regulación, a los procedimientos administrativos, a las reglas del juego, de los males de la economía. Y, si hubiera que juzgar este tema, es justamente la desregulación, el liberalismo a ultranza, el que nos ha llevado a los desmanes, a las injusticias, a la quiebra de un sistema económico, a la quiebra de la legitimidad de los parlamentos y de las instituciones democráticas; y los datos son incontestables, y esta última crisis lo pone en evidencia.

Este proyecto de ley, como otros de este Gobierno, están inspirados en esta idea conservadora y liberal: la culpa es de la regulación, la culpa es del interés general, la culpa es de los poderes públicos, la culpa es de la Administración. Porque si no hubiera regulación, si no hubiera poderes públicos, si no hubiera intereses contrapuestos, solo funcionarían los intereses de los poderosos, de los inversores, del mercado, del dinero.

Y eso es lo que el preámbulo o la exposición de motivos de esta ley reconoce. De una manera totalmente irresponsable, le da carta de naturaleza a una idea liberal que defienden algunos empresarios, que no todos. Y dicen que este es el problema de la economía, y se olvidan de que el problema en estos momentos de la economía es la demanda, es la falta de crédito, es la falta de perspectivas de los empresarios para invertir con garantías y seguridad.

Y se olvidan de que, con estas mismas reglas no, con reglas más firmes, de mayor intervención, en esta tierra nuestra, cuando había demanda y cuando había dinero, no había barranco o playa del archipiélago en que no se encontrara uno con una selva de grúas. Es una afirmación interesada, gratuita, conservadora, liberal, de minorías, decir que el problema de la economía canaria es la regulación. No se puede demostrar, no se puede contrastar. Todo lo contrario, estuvimos veinte años creciendo de forma irracional, por encima de nuestros intereses endógenos.

Por eso este Parlamento, en un momento determinado y por unanimidad, decidió decir que el modelo de desarrollo tenía que ser sostenible y que se tenían que tomar decisiones programadas, planificadas, consensuadas, pactadas entre los distintos intereses que en una sociedad moderna colisionan.

Y por eso establecimos estrategias de crecimiento planificadas, que lo dice la Constitución, ¡que lo dice la Constitución española! Léansela, que solo se leen la parte que les conviene. El Gobierno, los gobiernos, los poderes públicos, articulan, intervienen en la planificación económica, ¿cómo que no?, pero en la norteamericana, en la española; por supuesto, en la alemana, en la sueca o la austriaca.

De manera que aquí lo que más me preocupa, en nombre de nuestro grupo, es que ustedes dan carta de naturaleza a una idea interesada, falsa y peligrosa, y es que la culpa es de la regulación; no es del capital, no es de la especulación, no es del egoísmo sin límite, no es del enriquecimiento hasta el final; no, esos son siempre buenos, esos son los que salvan a la patria, esos son los que nos hacen generar bienestar. ¡Por favor!

Pero detrás de esta filosofía no está esta sola ley. Está la Ley de medidas urgentes del 2009. En la Ley de medidas urgentes se vino con esta misma cantinela, ¿o ya se olvidaron? Y ¿qué pasó con la ley de medidas urgentes para el desarrollo sectorial, el turismo y no sé cuántas cosas más?, que pasaron siete años y aquí nadie ha venido a decirnos de qué sirvió, de qué sirvió declarar de interés general un montón de infraestructuras ganaderas, energéticas, etcétera, etcétera; y nadie ha venido aquí a decir cuál fue el impacto de aquella ley en la economía que iba a resolverlo todo, ¿no?

Y luego vino una segunda ley, la ley de medidas de renovación y modernización turística, con la misma cantinela: es que la maraña, es que la burocracia. No, no, vamos a hacer una ley, nos creamos un nuevo instrumento urbanístico de detalle, los planes de mejora y modernización, y esto lo va a resolver todo. Con dos premisas que siempre impregnan este discurso: ayuntamientos y cabildos no saben gobernar; solo nosotros sabemos gobernar, minoría de edad para ayuntamientos y cabildos. En la Ley de medidas urgentes y en la Ley de Renovación y Modernización Turística, y aquí también: no saben gobernar; los únicos que sabemos gobernar somos nosotros, los del Gobierno, que vamos a estar siempre, ¿no?

Y, entonces, despojas de competencias, intervienes en sus responsabilidades y te las quedas. Nosotros no aceptamos esta lógica, porque es un fracaso seguro. Díganme qué pasó con la Ley de medidas urgentes, díganme los resultados; y ahora la ley de modernización y renovación, porque, ¿ustedes me quieren repasar a mí las inversiones privadas en los últimos veinte años en Canarias? Yo, que tengo alguna experiencia y me muevo en esta actividad, como saben, con intensidad y pasión, hoteles y centros comerciales; alguna cosita en industria, en los polígonos regulados; hoteles y centros comerciales. Esta ley es para agilizar las inversiones estratégicas en hoteles y en centros comerciales en un 90%, en un 95%; y resulta que hicimos la Ley de medidas urgentes para esto, y resulta que hicimos la ley de turismo y de modernización para esto.

¿Saben la primera consecuencia, además de la naturaleza política que le dan a una idea conservadora y minoritaria?, es que ustedes mismos han descalificado las leyes que han hecho; han puesto en evidencia que aquellas leyes, que las hicieron con esta misma lógica, no sirvieron para nada; pero lo más grave de todo: tienen ustedes aquí una ley en tramitación que se llama de armonización y de simplificación, con lo que la descalifican de forma absoluta, armonización y simplificación.

Yo creo que ni armoniza ni simplifica, como aquí tuvimos oportunidad de defender en una enmienda a la totalidad, un batiburrillo yo creo que ingobernable, que no consigue nada de lo que pretende; pero que esta ley lo descalifica, se nota que está pensada y hecha desde ámbitos gubernamentales distintos, distintos. Allí, en el espacio del ámbito territorial, y esta, en el espacio del presidente del Gobierno, claramente; no hay sino que ver el tufo que impregna a esta ley.

Y esta ley, insisto, descalifica, deja en papel mojado a la Ley de Armonización y Simplificación, que se supone que persigue esto. Eso sí, aquella, aunque no lo consiga, lo persigue para todo el mundo; aquí, para unos sí y para otros no.

Yo creo que el informe del Consejo Consultivo es claro, está hecho en un lenguaje más tranquilo que otros; pero es, claramente lo dice el Consejo Consultivo, una ley para que el Gobierno, el presidente, decida, de las inversiones privadas, cuáles son estratégicas y cuáles no, con un nivel de indeterminación que está claramente considerado en el consejo y que habla de visos de inconstitucionalidad y vulneración del artículo 130 de la Constitución.

Pero es una ley también que invade, desde nuestro punto de vista, competencias de las corporaciones locales. Es que tienen autonomía; es que nosotros no tenemos capacidad para intervenir ahí. Lo hicieron en las leyes anteriores. Y entonces dice el consejero: "no, no es optativo el informe, ahora es un informe preceptivo", pero es que no puede ser preceptivo, ¡debe ser vinculante! ¿Por qué no se hace la declaración de interés estratégico con el acuerdo del ayuntamiento, del cabildo correspondiente y del Gobierno de Canarias? Esto se lo rechazaron a la Fecam y a la Fecai. Bueno, a los cabildos de Tenerife y Gran Canaria, que fueron los que informaron.

Esta ley es inaceptable. Esta ley da carta de naturaleza a que la culpa, a que las responsabilidades de esta crisis son del sector público, de la regulación; y la regulación en un Estado democrático es la garantía de que todos los intereses estén representados, es la garantía de los equilibrios entre los intereses confrontados, es la garantía de igualdad ante la ley de todo el mundo, es la garantía de que prevalezca el interés general. Y esta ley, desde nuestro punto de vista, quiebra el interés general, porque lo interpreta de forma coyuntural, partidista y, seguramente, equivocada, porque este es un Gobierno del que, en fin, podemos hacer aquí unas cuantas referencias a sus errores y fracasos.

Pues, esta ley le da un poder que no debe tener el Gobierno, para unos sí y para otros no. Y es una ley que descalifica, que deja como menores de edad a las otras administraciones públicas canarias. Pero ¿esto qué es?, pero ¿por qué van a ser ustedes mejores que la corporación de La Laguna?, ¿por qué? La corporación de La Laguna tiene sus competencias y las ejerce democráticamente con las mayorías democráticas elegidas, y ustedes tienen las de ustedes -mientras les dure- y ejercen las suyas; y esta ley lo que hace es quitar competencias, intervenir.

Porque la declaración estratégica todavía podría tener un pase si tuviera el compromiso, el acuerdo, del ayuntamiento de turno, del cabildo de turno y del Gobierno. Pero no: nosotros, los chachis, los buenos, los que siempre gobernamos bien, los que siempre estaremos en el poder, en la Ley de medidas urgentes, en la Ley de Renovación y Modernización, en esta, en la de armonización y simplificación, han hecho una cosa que se llama recentralizar el poder, y están sustituyendo -lo dice el Consejo Consultivo, no en este informe, en el informe de la Ley de Armonización y Simplificación-, están sustituyendo la planificación urbanística, que es elemental, una conquista de la democracia española y de la ciudadanía, por la planificación de proyectos. Ahora no tienen que estar en el planeamiento las infraestructuras que se pueden hacer, no, no, no; ahora se decide en una mesita si, de estar en el planeamiento, esto se hace.

Nosotros no aceptamos este tema, por razones ideológicas, democráticas. Y porque esta ley fomenta la arbitrariedad, fomenta la desigualdad ante la ley, porque implica y vulnera la autonomía local, y porque tiene detrás de ella una impregnación de que algunos se han creído que nacieron para esto, que son insustituibles y que van a estar siempre. Y esto no puede ser en democracia.

Imagínense por un momento lo siguiente -algo que hemos combatido y seguiremos combatiendo en común-: que el Gobierno de España, democrático, legítimo, tiene la competencia exclusiva sobre los sondeos petroleros. Imagínate que nuestro Estatuto nos diera participación en la decisión. Pues imagínense ustedes cómo se nos quedaría el cuerpo a los que estamos en contra si el Gobierno de España aprobara una ley de inversiones estratégicas, y desde luego el petróleo lo sería -esto lo dice Turcón en las alegaciones en esta ley-, y te recorta los plazos a la mitad, lo decide el Consejo de Gobierno. Y, además, si tuviéramos competencias, que no las tenemos, nos las quita y nos dice: "informe usted"; pues pónganse, pónganse en esa situación para que vean lo que pasa con leyes como esta.

Es que no se puede gobernar pensando que uno va a estar siempre, hombre. No puede uno gobernar pensando que uno es el único que hace bien las cosas, porque este Gobierno, insisto, tiene un curriculum para asustar, no para presumir, para asustar.

De manera que nosotros no aceptamos la filosofía, el preámbulo, los contenidos de esta norma. Y creemos que este Gobierno se equivoca en la interpretación de la crisis y en cómo orientar su salida, que hace un flaco favor al papel de lo público, al papel regulador, equilibrador, de defensa del interés general, porque esta ley lo que hace es decidir si el centro comercial es estratégico, porque la Ley de Administraciones Públicas habla de interés público. Los que hemos gobernado sabemos qué significa eso. Significa que, si tenemos una catástrofe natural y hay que restituir las carreteras o los centros de salud, el sistema democrático español y canario tienen un mecanismo urgente, abreviado, incluso de adjudicación directa, yo lo he hecho. ¡Y ustedes confunden el interés público con el interés estratégico privado, y es lo que hace esta ley!

Nosotros no estamos de acuerdo, porque esta ley solo va a tener en la mesa proyectos comerciales y de hoteles, y hay una ristra de normas en este tema, todas dirigidas a simplificar, a armonizar, a hacerlo más ágil, ¡cantinela, cantinela! Y ahora este tema, este tema, a dedo.

Eso no quiere decir que nosotros no reconozcamos que todo es mejorable, pues solo faltaba. La Administración pública se tiene que modernizar, tiene que simplificar los procedimientos, tiene que garantizar los derechos, tiene que ser igual para todos los ciudadanos, tiene que ser ágil, tiene que ser limpia, tiene que ser honesta, tiene que ser transparente. Totalmente de acuerdo. Para todos. Para todos. Y, si hay que hacer algún cambio, se hace.

Pero para lo que no se puede hacer cambios es para lo que a mí me interesa. Y si yo tengo un proyectito que me parece que va a crear empleo -que, por cierto, cuántas leyes hacemos aquí para atender al daño que la hiperregulación burocrática tiene sobre los derechos del ciudadano: ¿saben ustedes cuánto se tarda para hacer una PCI?, 200 días; ¿y por qué no vienen aquí a hacer leyes para quitar los 200 días?, ahora van a hacerla, tarde y mal, porque soy yo ponente y la tengo estudiada, tarde y mal, y con pocas perras, lo de la PCI; o lo de las viviendas, ocho años gobernando en las viviendas, la peor ratio; aquí la burocracia de los ciudadanos, los que están 380 días para una prueba complementaria, eso no importa, ¿no?, sino los de siempre-.

Los empresarios están contentos con el reconocimiento que ustedes han hecho de que la culpa es nuestra, es de lo público, es de la regulación, es de las leyes, es de los equilibrios. Están contentos. Lo que les parece es que esto se queda corto, digamos; esto es, ellos quieren liberalismo total, y esto se llama liberalismo a la carta. Nosotros no lo compartimos, y lo vamos a combatir, aquí y fuera de aquí. Porque así no saldremos de esta, porque así persistimos en los errores de siempre.

Esta mañana escuchaba a un importante dirigente contento con el preámbulo, ¿no? Bueno, Dios nos libre de que estos decidan aquí el futuro de la ciudadanía. Menos mal que los gobiernos cambian y puede haber otras orientaciones. Porque esta filosofía de interpretar la economía y el papel de lo público es contraria a la mayoría; contraria al interés general; contraria, desde nuestro punto de vista, a la Constitución, porque nos hace desiguales ante las normas, porque genera inseguridad para los inversores y porque, además, vulnera, desde nuestro punto de vista, las competencias de la autonomía local.

De manera, señorías, que yo creo que, en un ejercicio de responsabilidad, debieran retirar esta ley. Y venir aquí y decirnos qué pasó con la Ley de medidas urgentes; y venir aquí y decirnos qué pasó con la Ley de Modernización y Renovación Turística, que están obligados a hacerlo. ¿Para qué sirven las leyes en las que ustedes se arrogan todas las competencias, y dicen en titulares -un día sí y otro también- que aquí se acabaron los problemas y que los van a resolver? Vengan y dígannos qué pasó con la Ley de medidas urgentes y con la Ley de Modernización y Renovación; y dígannos los avances, porque esta ley descalifica a estas dos leyes, y ni les cuento, insisto, la Ley de Armonización y Simplificación, que la deja sin un solo argumento, porque ese es el objeto de la ley.

Y ahora ustedes se saltan el objeto de una ley complejísima, un lío, un lío, porque lo mezcla todo, lo confunde todo y pervierte una arquitectura razonablemente construida en materia de ordenación del territorio, del urbanismo y del medioambiente. Y ahora vienen ustedes con una ley y dicen: "bueno, no, ni las tres leyes anteriores ni la que está en tramitación: esta".

"Dígame, ¿usted qué quiere?"; "un hotel"; "ah, pues, ¿300 puestos de trabajo?, interés general, estratégico". Mire usted, esto no tiene nada que ver con el papel de los gobiernos, hombre.

Nosotros no compartimos esa manera de interpretar las cosas. Creo que debieran leerse bien el informe del Consejo Consultivo. Es verdad que tiene otro tono, porque el Consejo Consultivo les ha hecho ya unos cuantos informes a ustedes demoledores sobre leyes de esta misma naturaleza, todas fracasadas, todas fracasadas, y ahora vuelve con más suavidad a decir que es inconstitucional, porque es indeterminada, es inespecífica. Lo dice, léaselo. Yo sé leer también. Lo que pasa es que ustedes escuchan lo que les interesa, y se creen en posesión de la verdad, y no la tienen; no la tiene nadie, pero ustedes tampoco.

Y, evidentemente, hacen otra cuestión, y es volver a poner a los ayuntamientos y a los cabildos como menores de edad. Dice: "no, es que les vamos a...", primero era "les pedimos, si queremos, un informe", luego ahora se lo piden. Pero, digan lo que digan, decide el Gobierno. Oiga, si yo tengo competencias urbanísticas en mi municipio, ¿cómo viene usted a decirme que aquí va lo que usted dice, esté o no en el planeamiento, y que encima tengo que acortar yo los plazos y los procedimientos, con menos garantías de control, de participación y de seguridad jurídica, porque lo dice el Gobierno?

Mi impresión es que el Gobierno tiene una severa confusión. Me sorprende que el Partido Socialista apoye estas leyes. Sé que van a utilizar la cantinela también de Andalucía; en Andalucía, la Administración está bonita para dar lecciones en los últimos años, bonita. Es que se están dejando arrollar por las ideas de los de siempre, por aquellos a los que solo les interesa la cuenta de resultados y les importan poco la cantidad y la calidad del empleo. Esos son los que están decidiendo y son los que se van a beneficiar de esta ley.

Y, sinceramente, creo que, con todas esas leyes sin evaluar y sin medir los impactos, están ustedes obligados a venir aquí a decir para qué han servido, qué han cambiado, qué han transformado, qué avances han producido. Porque ahora solo están deteriorando las reglas, solo están deteriorando las competencias de los demás, solo están generando inseguridad jurídica y arbitrariedad.

Y digo una cuestión final: algunos creen que son los únicos capaces de gobernar, que son los únicos buenos, y por eso les quitan las competencias a los demás en todas las normas que pueden, y algunos también creían que esto era eterno. Y este Gobierno no es un buen Gobierno, este es un Gobierno malo. Y, además, es un Gobierno, afortunadamente y por razones democráticas, con fecha de caducidad.

Retiren ustedes esta norma. Evalúen las que tenemos. Y sentémonos a buscar soluciones a los problemas económicos de todos, no de unos poquitos que, habitualmente, coinciden -habitualmente, coinciden- con los de siempre.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Turno en contra de las enmiendas a la totalidad, por parte del Grupo Socialista. Don Emilio Mayoral, por tiempo de veinte minutos, tiene usted la palabra.

El señor MAYORAL FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, el Gobierno nos trae un proyecto de ley cuyo objetivo último es afianzar la recuperación económica de las islas y, por ende, acelerar la creación de empleo. Se trata de un proyecto de ley que pretende atraer inversión privada para el desarrollo de proyectos empresariales en Canarias, manteniendo inalterable el actual marco regulatorio material aplicable a los mismos. La gran novedad que introduce el proyecto afecta exclusivamente a su régimen procedimental, cuestión que nos parece importante destacar por cuanto los grupos que han formulado enmiendas a la totalidad se están dedicando a sembrar dudas, cuando no a afirmar, con total desprecio al texto del proyecto, que esta es una ley que da pie a que el Gobierno apruebe proyectos empresariales obviando la normativa vigente.

Nada más lejos de la verdad, si bien antes de entrar en el contenido de la iniciativa conviene recordar que el debate de hoy es de toma en consideración, no de aprobación final. Digo esto -y ya adelanto el voto favorable del Grupo Socialista- por cuanto nosotros estamos de acuerdo con el espíritu de la ley, con los objetivos de la misma y con las líneas básicas de su formulación. No obstante, durante su tramitación, propondremos mejoras particulares, algunas de ellas de índole técnica, y otras, precisamente, para evitar algunas de las interpretaciones políticas que se están haciendo en estos momentos y que no podemos compartir de ninguna forma.

Aunque el consejero ya se ha pronunciado, creo necesario hacer una pequeña síntesis del contenido del proyecto de ley. El artículo 1 define el objetivo de la ley de agilizar la tramitación de inversiones estratégicas; en el artículo 2, se extiende el ámbito de aplicación de ley a todas las administraciones públicas canarias; y en el artículo 3, se define qué proyectos de inversión se consideran estratégicos, que no son otros que los declarados como tales por el Gobierno de Canarias, con base en unos criterios. Criterios sobre los que intentaremos hacer un esfuerzo de concreción en el trámite de enmiendas al articulado, pues, ciertamente, y tal y como ha señalado el Consultivo, adolecen de cierta indeterminación.

No obstante, el final de este artículo contiene una previsión que desmonta muchos de los mitos que se están tratando de colgar sobre esta ley. Lo voy a leer textualmente para que no quepa duda sobre lo que dice. Cito: "En todo caso, la inversión deberá resultar viable desde el punto de vista jurídico, económico y financiero, debiéndose justificar adecuadamente tales extremos por sus promotores". Como se aprecia, no se trata de crear un ordenamiento jurídico paralelo para autorizar unos proyectos y denegar otros. Todos los proyectos deberán reunir los requisitos legales para su aprobación. Los deberán aprobar las administraciones competentes en cada ámbito: si es una licencia de obras o una de apertura, el ayuntamiento; si precisa de una modificación del planeamiento urbanístico territorial, se deben seguir sus trámites; si hay que autorizar una instalación eléctrica, de alcantarillado o de cartelería, se habrán de seguir aportando los mismos informes técnicos.

En definitiva, no se modifica en nada la regulación aplicable a los proyectos ni se afecta en nada a la autonomía del resto de administraciones. Lo que se hace es transponer un instrumento jurídico propio del ordenamiento procesal al derecho administrativo mediante la exigencia de un fumus boni iuris o apariencia de buen derecho, a los solos efectos de aplicarles un mejor tratamiento procedimental a los expedientes. Beneficio procedimental justificado en una causa de interés público como es su carácter estratégico, concretando con ello el procedimiento de urgencia e impulso que prevé la legislación básica, como explicaré a continuación.

El artículo 4, que regula el procedimiento de declaración de interés estratégico, es un procedimiento que ni contraviene ni obvia la existencia de un procedimiento de declaración de urgencia y de impulso de expediente en la legislación básica. Muy al contrario, lo que hace el proyecto de ley es desarrollar estos procedimientos, objetivarlos, dotar de mayor seguridad jurídica a los interesados.

Es cierto que el proyecto de ley adolece de una mención específica a que este artículo 4 es un desarrollo normativo de los artículos 50 y 74 de la Ley 30/1992, mención necesaria que incorporaremos al texto mediante una enmienda al articulado. Pero lo que no podemos aceptar es que el mismo los contraviene: es más, ni siquiera elimina la posibilidad de que otra administración los aplique para reducir aún más los trámites de un proyecto declarado estratégico. Si analizamos este artículo, vemos que admite la posibilidad de que promuevan la declaración estratégica tanto los promotores privados como públicos, y reserva, para los casos en que las administraciones públicas afectadas no hayan sido a su vez promotoras, un trámite de audiencia para conocer su parecer.

Por su parte, se fija el Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos, órgano de carácter público y cuyos miembros están sometidos al régimen de incompatibilidades de los funcionarios y autoridades públicas para la tramitación del expediente y evacuar informe. Dos cuestiones se plantean sobre este proceso: por un lado, si los ayuntamientos y cabildos deberían compartir la competencia con el Gobierno para autorizar la declaración de estratégico; y dos, si el informe favorable del comité de expertos debería ser preceptivo.

En cuanto a la primera de las cuestiones, aunque estamos dispuestos a escuchar argumentos, a priori, entendemos que bastaría con el visto bueno del Gobierno de Canarias, y ello por dos razones: la primera, como he dicho, los cabildos y ayuntamientos pueden ser promotores de los proyectos, y, además, se les da un trámite de audiencia. Y la segunda, estas instituciones ya cuentan con la posibilidad de acelerar los procedimientos que las atañen en el marco de sus competencias, precisamente por aplicación de los artículos 50 y 74 de la Ley 30/1992. Por lo tanto, no necesitan ir de la mano con el Gobierno para ello.

Además, como ya adelanté, si el proyecto no se ajusta a la legislación o a su planificación, siempre lo podrán denegar. Por lo tanto, a priori, mantenemos el texto en esos términos.

En cuanto a la preceptividad del informe favorable del Comité de Inversiones, es una cuestión que tendremos que analizar, porque podría dotar de mayor objetividad a todo el procedimiento.

Respecto a los artículos 5 y 6, como ya se ha dicho, no hacen sino pormenorizar las consecuencias jurídicas de la declaración de un proyecto de inversión como estratégico, que no son otras que la reducción a la mitad de determinados plazos y su tramitación preferente.

Les invito, a aquellos que dicen que el Gobierno de Canarias se dedica a invadir competencias de otras administraciones, a que me citen el artículo donde se diga que el Ejecutivo regional puede autorizar estos proyectos. Señorías, los proyectos los van a seguir autorizando las mismas administraciones de siempre: en unos casos, los cabildos; en otros, los ayuntamientos; y en otros, el Gobierno de Canarias.

Contesto a las enmiendas a la totalidad que han sido presentadas tanto por el Grupo Popular como por Nueva Canarias. En cuanto a la enmienda del Grupo Popular, presenta la misma nota caracterizadora que la labor de oposición que el Partido Popular viene realizando durante toda esta legislatura, que no es otra que la ausencia de alternativas. Vuelven a hablar del exceso de regulación y burocracia administrativas, que, a su entender, lastran la recuperación y la libertad de empresa, y nuevamente se muestran completamente incapaces de plantear una alternativa al texto remitido por el Gobierno.

Llegan a decir que el proyecto de ley es un expreso reconocimiento del fracaso del Gobierno para resolver los problemas que ha generado. Señorías, el proyecto de ley es un reconocimiento de que queda tarea por hacer, no de que no se haya hecho nada: la propia exposición de motivos cita hasta cuatro leyes dictadas desde el 2009 para agilizar los procedimientos, a las que habría que sumar la ley de armonización en cuanto esté aprobada, así como tres reglamentos orientados a este fin.

Y, en cuanto a lo de "soluciones discrecionales y arbitrarias", me gustaría que me aclararan una cosa: ¿qué es más discrecional: que un empresario se dedique a recorrer pasillos de ayuntamientos y cabildos, a veces acompañado de políticos, para que les aplique los plazos reducidos de los artículos 50 y 74 de la legislación básica; o que estos acudan a un comité independiente para que este emita un informe sobre el carácter estratégico de su inversión? Yo diría que lo segundo es menos arbitrario, pero entiendo que haya opiniones para todos los gustos.

En cualquier caso, sostener que un voto contrario a la toma en consideración por la impresión de los criterios del artículo 3 nos parece excesivo, como excesivo resulta decir que esta ley es contraria a la seguridad jurídica y al interés general. Señorías, si hay algo que trata de primar este proyecto -por encima de cualquier otro elemento de juicio- es el interés general.

En cuanto a la enmienda del Grupo Mixto, en algunos puntos adolece de los mismos errores que la enmienda del Grupo Popular, y es que justifica su rechazo a todo el proyecto de ley en la indeterminación de los criterios del artículo 3; una indeterminación que, como he dicho, nosotros nos comprometemos a superar en el trámite de enmiendas al articulado.

Pero el señor Rodríguez va mucho más allá, y habla de recentralización administrativa cuando llega a afirmar: "se han ido cediendo cada vez más competencias en las determinaciones territoriales al Ejecutivo, y complementando con ello una voluntad de poder imponer en el territorio decisiones sin estar determinadas por el planeamiento vigente". Fin de la cita. Y hay que decir que esto es totalmente falso: lo único que va a poder imponer el Gobierno de Canarias al resto de las administraciones canarias es una reducción de plazos a la mitad, simple y llanamente.

El proyecto de ley no avala ninguna imposición de planeamiento territorial ni urbanístico, no avala ningún cambio competencial en la concesión de licencias, como no avala ningún tratamiento jurídico singular sobre el objeto de los permisos que se piden. Por no afectar no afecta ni a la capacidad de los cabildos y ayuntamientos de reducir a la mitad los plazos sin necesidad de obtener la calificación de estratégica. Por lo tanto, hay que decir que esta afirmación es rotundamente falsa. Y como tal la hemos valorado a la hora de votar en contra de esta enmienda a la totalidad.

Por último, me gustaría que quedara una cosa clara, señor Rodríguez, don Román. El Partido Socialista, ni en el Gobierno ni en el grupo que represento, se une a ningún coro neoliberal, como usted viene citando en algunas ocasiones. No creemos que en el origen de esta crisis esté el exceso de burocracia: al contrario, creemos que la actual situación surge de la desregulación de los mercados secundarios, de la ausencia de una autoridad pública competente en materia de calificaciones de deuda y en la ausencia de controles efectivos de las entidades financieras.

No nos meta en el mismo saco que a otros, porque, con toda la modestia se lo digo, después de ciento treinta años de historia trabajando por los más desfavorecidos, no se lo vamos a permitir.

Gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Por parte del Grupo Nacionalista Canario, don José Miguel Barragán, por tiempo de quince minutos, tiene usted la palabra.

El señor BARRAGÁN CABRERA: Gracias, señor presidente.

He escuchado con interés al consejero en las explicaciones, aunque el expediente que forma parte de este proyecto de ley es bastante contundente. Y he escuchado las explicaciones de lo que son, cómo se sustancian, las dos enmiendas a la totalidad.

Es raro ver cómo, en algunos casos, diciendo cosas tan distintas, es posible aplaudir una bancada el discurso de don Román cuando iba terminando cuando, precisamente, iba en contra de muchos de los planteamientos que hacía el señor portavoz del Partido Popular. Usted no, pero se oyeron los aplausos, no quiero decir que aplaudieran exactamente los veintiún diputados del grupo, hay algunos que, efectivamente, se contienen y, efectivamente, no aplauden ese discurso.

Entonces, nos encontramos con la primera cuestión, el discurso del Partido Popular, que habla de la dedocracia, dice: "oiga, esta es una decisión para que el presidente decida qué es lo bueno y qué es lo malo". Si no existiera este proyecto de ley, si no existiera esta posibilidad de acortar plazos, ¿qué es lo que ocurriría en la Administración pública?, ¿alguien se ha preguntado, cuando oyen este discurso grandilocuente, qué es lo que se está decidiendo con este proyecto de ley?, simplemente, que los plazos serían los que están previstos en las leyes, no ocurriría otra cosa.

¿Y qué es lo que ocurre en el supuesto caso de que esta ley se apruebe?, que, en el caso de que se consideren de interés general, estratégicos para Canarias, hay una serie de plazos -no todos- y un impulso de la Administración para acelerar esos proyectos. Pero ¿el presidente del Gobierno, el Consejo de Gobierno, pueden decidir que donde no se puede construir se construya?, que es una idea que han dejado soltar, ¿puede decidir, como decía don Román Rodríguez, un centro comercial, "aquí se pone un centro comercial", lo puede decidir el Consejo de Gobierno?, no, es completamente falso. Todo va a seguir su trámite y, simplemente, se acortan unos trámites.

Por lo tanto, de dedos, yo sé que el Partido Popular entiende bastante de dedos. Fíjese, lo que vamos a intentar es, precisamente, señor portavoz del Grupo Popular, que alguien no se encuentre con usted por el pasillo y le diga "¿y de lo mío qué?", y usted coja un teléfono y hable con el otro, y dice: "oye, ¿lo de fulanito qué?". Eso es lo que vamos a intentar evitar, y esta ley prevé que todas las personas que crean que tienen algún problema con su proyecto y que, efectivamente, se está retrasando por alguna causa, por la Administración, o que -efectivamente- tiene un interés estratégico, puedan acortarse algunos plazos. Y entonces no lo van a tener que llamar a usted ni a ningún miembro del Partido Popular para que le digan: "oye, acelérame el proyecto".

Y eso es bueno para la democracia porque, además, va a ir a un comité donde hay representada una serie de miembros del Gobierno; donde, además, va ese empresario y explica exactamente qué es lo que quiere; y, además, van a estar las dos administraciones donde se pueda asentar esa inversión: el ayuntamiento y el cabildo. Fíjese usted la cantidad de gente para plantear si el Comité de Inversiones considera que un proyecto es de interés estratégico.

Y lo que hace el presidente es elevarlo al Consejo de Gobierno, porque, si el Comité de Inversiones decide que no tiene interés estratégico, yo no veo a un presidente -ni a este ni a ninguno- que, si hay un informe del Comité de Inversiones que dice que el proyecto no reúne las condiciones de carácter estratégico, se atreva a llevarlo al Consejo de Gobierno y dice: "sí, porque lo llevo yo". Pero para eso ya hay leyes que le permiten hacer eso en estos momentos, no necesita esta ley. Y esta ley, precisamente, lo que intenta es regularizar esa cuestión.

No compartimos, por lo tanto, que efectivamente estemos ante un problema, insisto, de discrecionalidad y arbitrariedad, de verdad. Creemos que lo que hace es introducir un elemento de rigor, de regulación, en un tema que antes sabíamos que se hace en los pasillos o en algunos despachos.

Y esa transparencia ante la opinión pública va al Comité de Inversiones, se sabe por una serie de documentos qué requisitos son los que exige para la declaración de interés estratégico. Creo que es bueno para la sociedad, es saludable que la gente sepa por qué el Gobierno decide o no impulsar un proyecto determinado, y eso se va a saber.

Y, ante esto, ustedes no quieren que se sepa, por lo visto. No quieren que la gente lo sepa, prefieren el pasillo, prefieren la llamada de teléfono, prefieren una declaración de interés general como la que está prevista en la Ley 30/1992 cuando razones de interés público lo aconsejen. Y resulta que eso les parece más democrático, más lícito, ir a un Consejo de Gobierno: "oye, el Gobierno, sin ningún otro criterio, sino porque ha considerado que hay razones de interés público, ha declarado este proyecto de interés general, sin documentos, sin argumentos, sin oír a las partes, sino simplemente porque lo decide el Gobierno", y eso les parece más democrático que lo que estamos planteando ahora.

Y, don Román, ha hecho un discurso grandilocuente para justificar que está en contra de cinco artículos; y entonces dice que hemos hecho una apuesta por el problema de que estamos coincidiendo con ese discurso neoliberal de que todo está excesivamente regularizado; y entonces entiende, precisamente, estamos haciendo una ley para regular más, ¿no?, para regular mejor esas cuestiones; y entonces nos hace un discurso a la inversa.

Mire, don Román Rodríguez, no se puede ir usted a los extremos -atienda un momentito-, no se puede ir a los extremos. No se trata de desregularizar, como quiere el Partido Popular: se trata de regularizar mejor. Y es verdad que, en algunas ocasiones, como consecuencia de nuestro exceso de celo por regularizar todo, a veces, es posible cometer errores las distintas administraciones. Y, en este caso, nos estamos encontrando con que es posible que eso ocurra. Pero no estamos desregularizando, no estamos eliminando artículos que antes existían de garantía jurídica, de temas urbanísticos; estamos planteando, estamos planteando, fíjese que hasta la ley que va a traer don Domingo Berriel, como proponente de esa ley, tampoco le gusta, y fíjese que hay gente que dice que es un exceso de regulación -conque debería usted estar contento, porque es lo que le gusta, que haya un exceso de regulación-.

Entonces, el problema de la economía no es un problema singular, no es un problema de que haya exceso o no de regulación. Es uno de los problemas. Que la Administración ayude a que la economía funcione. Por supuesto que estamos de acuerdo en que las administraciones públicas deben articular y deben intervenir en la economía, precisamente para que no sea esto Jauja, pero no confundamos el exceso de regulación -en la que nosotros también queremos combatir- con que no exista ningún tipo de regulación.

Y plantea usted, y plantea también el Partido Popular, insisto, este esquema. Y la ley está clara, insisto: si no estuviera esta ley, ¿cómo declararíamos lo que está haciendo el Comité de Inversiones? Y habla usted, don Román Rodríguez, dice: "no, es que esto es para hoteles y centros comerciales", vale. ¿Conoce usted los proyectos que han ido al Comité de Inversiones después de que está creado?, ¿cuántos hoteles y centros comerciales han ido? Porque me imagino que, si hace esa aseveración, es porque tiene conocimiento de lo que se está tramitando, de lo que se está tramitando; tiene conocimiento y habla con conocimiento de causa -como lo suele hacer usted habitualmente- y, por lo tanto, conoce los proyectos que van al Comité de Inversiones. Porque usted ha hecho una aseveración, ha hecho una afirmación y, por lo tanto, debo desprender que usted es un gran conocedor de lo que está pasando en la economía canaria y en el Comité de Inversiones.

Entonces ha llegado usted a la conclusión de lo que aquí va a pasar -y lo ha dicho con desparpajo-, "esto es para centros comerciales y hoteles", lo ha dicho así; no, lo ha dicho así -ahora, si quiere, se lee el Diario de Sesiones-, y, además, lo dijo con desparpajo: "tengo un gran conocimiento de lo que está pasando, yo conozco de esto", porque usted presume de conocer de todo, y por eso digo que el Comité de Inversiones conocerá (ante los comentarios del señor Rodríguez Rodríguez, desde su escaño). Y sabe entonces que al Comité de Inversiones han ido proyectos, por ejemplo, de energías renovables importantes, y que se han desbloqueado. No, perdón, estoy hablando en el Comité de Inversiones de lo que usted está criticando ahora, de esto.

¿De verdad que tiene usted idea de lo que está pasando en ese tema para hablar de que estos son centros comerciales y hoteles? Es decir, en el listado de inversiones que hay, fíjese que incluso, aparte del promotor, se les permite a las administraciones que tienen esa promoción, ese interés en su municipio -en ayuntamientos o el cabildo-, que sean ellas mismas las que se dirijan al Comité de Inversiones, porque tienen interés el ayuntamiento, el cabildo, para que el Gobierno de Canarias haga esa declaración de interés general.

Y le digo otra cosa: dado que ya conoce tanto cómo funciona el Comité de Inversiones, ¿sabe cuántas de las solicitudes que han venido al Comité de Inversiones corresponden al promotor directamente, sin contar con el ayuntamiento y el cabildo; cuántas han venido acompañadas del cabildo y del ayuntamiento; y cuántas han venido insistiendo, en este caso, el ayuntamiento o el cabildo, para que se agilice, para que el Gobierno participe en la coordinación, en la concurrencia de las administraciones para que salga adelante el proyecto? No, no, perdone, don Román, no se ponga nervioso, no se ponga nervioso (ante los comentarios del señor Rodríguez Rodríguez, desde su escaño).

Lo único que estamos demostrando es que usted dijo antes que era solo para centros comerciales y hoteles, lo hemos cogido en un renuncio ahora, y ahora dice: "no, es que eso lo sabe usted y no lo sabe el resto del mundo mundial". No se ponga nervioso, don Román. Simplemente, que a veces hay que saber lo que se dice con desparpajo, porque usted se puede llevar lo que se está llevando ahora, es decir, un paso por el Comité de Inversiones.

En definitiva, señores del Partido Popular y señores del Grupo Mixto, aquí lo que dice esta ley, y que lo sepa todo el mundo, es que el Gobierno, una vez que pase un informe por el Comité de Inversiones, una vez que se analice con todas las condiciones que están previstas, en este caso, en el artículo 3 -y podríamos llegar a un acuerdo de que no fuera, como dice el proyecto, alguna, en singular, o algunas; sino que fuera una ponderación de todas las que están previstas en el artículo 3 para que el Comité de Inversiones pueda considerar si un proyecto tiene las condiciones de ser declarado estratégico y, por lo tanto, elevarlo, en este caso, al Gobierno, al Consejo de Gobierno, para su declaración-.

E insisto: es muy importante, porque las consecuencias, las consecuencias de una declaración de este tipo, están en el artículo 6: "reducción de plazos administrativos". Y estamos hablando de plazos de años que están previstos en las leyes para tramitar este proyecto de ley -este centro comercial que tanto le gusta a don Román Rodríguez, o este hotel-. Pasan seis meses o diez meses, estamos hablando de eso. ¿Los plazos administrativos que existen en la Administración en estos momentos son de esas características?, no. A veces se pasan, pero los plazos son más cortos, ¿no?, treinta días, cuarenta y cinco días, quince días. Estamos hablando de acortar a la mitad esos plazos para los proyectos que están declarados de interés estratégico.

Pero tienen que seguir manteniendo todas las demás condiciones: el proyecto tiene que ser viable jurídicamente, tiene que ser viable económicamente. Por lo tanto, en nada de eso se mete el proyecto de ley. Insisto, lo único que persigue es la reducción de plazos administrativos y que haya concurrencia administrativa, que las administraciones hagan un uso preferente y urgente para que, si están de acuerdo, ese proyecto, efectivamente, salga adelante.

Estamos dispuestos, señorías, en el debate de ponencia, a poder mejorar el texto; siempre estamos dispuestos a que pueda haber alguna mejora. De hecho, los grupos que apoyan al Gobierno, después de leerla, creemos que, efectivamente, es posible presentar alguna enmienda que mejore el proyecto. Les invitamos a participar en esta cuestión, les invitamos a ver cómo se puede mejorar, que los proyectos que tengan la consideración de estratégicos en Canarias -una vez pasen por el Comité de Inversiones- tengan la mayor seguridad posible, si lo creen conveniente. Pero, insisto, no estamos hablando para no regularizar. Estamos hablando para regularizar, para mejorar un tratamiento que antes se hacía en los despachos. Lamento mucho que algunos ya no los vayan a llamar por teléfono.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (Cruz Hernández): Gracias, señor diputado.

Habiendo acabado el debate, procedemos a la votación de las enmiendas a la totalidad. (La Presidencia hace sonar el timbre de llamada a votación.)

Señorías, votamos, en primer lugar, la enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario Popular. Comienza la votación. (Pausa.)

49 presentes: 18 votos a favor, 31 votos en contra. Queda rechazada la enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

Votamos, a continuación, la enmienda del Grupo Mixto. Comienza la votación. (Pausa.)

48 presentes: 2 votos a favor, 46 votos en contra, ninguna abstención. Queda rechazada la enmienda a la totalidad del Grupo Mixto.

Por lo tanto, prosigue el trámite del proyecto de ley conforme al Reglamento. (El señor secretario primero, González Hernández, ocupa un escaño en la sala.)