Diario de Sesiones 21, de fecha 16/2/2016
Punto 11

9L/PO/P-0347 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON IÑAKI ÁLVARO LAVANDERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE SELLO DE BUENA CONDUCTA A ENTIDADES FINANCIERAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE HACIENDA.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Siguiente pregunta, del diputado don Gustavo Matos Expósito, del Grupo Socialista Canario, sobre sello de buena conducta a entidades financieras para la contratación de servicios por la Administración pública, dirigida a la señora consejera de Hacienda.

Señor Gustavo.

El señor MATOS EXPÓSITO (Desde su escaño): Buenos días, señorías, señora consejera.

La pregunta es muy concreta: ¿qué medidas o qué perspectivas tiene el Gobierno de Canarias de instaurar un sello de buenas prácticas a las entidades financieras con las que este Gobierno y las administraciones públicas...? (Corte en el sonido).

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Señora consejera.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señoría.

Pues, efectivamente, es incuestionable la importancia y la repercusión que tienen los servicios financieros en el ámbito no solamente estrictamente de lo económico, de lo mercantil, sino la necesidad también para cubrir las necesidades del conjunto de la ciudadanía. Es prolija la legislación que hay en esta materia, pero toda esa normativa está vinculada con normativa de orden estatal. La ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito quedan atribuidas al Banco de España; la competencia para ejercer la función supervisora y sancionadora y, por ejemplo, todas aquellas relativas al control e inspección del mercado hipotecario están supervisadas, están atribuidas al Banco de España. Al mismo tiempo las competencias que tiene la Comunidad Autónoma de Canarias están vinculadas a la ordenación de la banca y del crédito y están supeditadas a la ordenación de la actividad de la economía general, a la política monetaria, crediticia y bancaria, toda esta al Estado.

La conclusión es que el margen de maniobra, de actuación de la comunidad autónoma es extraordinariamente reducido. Por lo tanto, la posibilidad de establecer un sello de buena conducta o similar es muy escaso por nuestro ámbito competencial; sin embargo, señoría, coincidimos en la necesidad de buscar mecanismos que promuevan la adecuación de las prácticas bancarias a las consideraciones éticas generales, a la aceptación universal, y le aseguro que estamos estudiando con interés la posibilidad de establecer, dentro del marco competencial que nos atribuye a la comunidad autónoma, bueno, pues, aquellos mecanismos que nos permitan el establecimiento de esos mecanismos de buenas prácticas para que sean consideradas, al objeto de que la ciudadanía se vea protegida.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señora consejera.

Señor Gustavo.

El señor MATOS EXPÓSITO (Desde su escaño): Muchas gracias.

Señora consejera, lo cierto es que sí tenemos competencias en la materia. La Ley 3/2003, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de Canarias, establece, en su artículo 26, Códigos de buenas prácticas, lo siguiente: "Las administraciones públicas de Canarias promoverán la adopción de códigos de buenas prácticas en materia de protección al consumidor con el fin de darle adecuada satisfacción, independiente de la derivada del obligado cumplimiento de la normativa vigente".

Además, la misma ley, la Ley 3/2003, que se aprobó en este Parlamento, establece en su artículo 40.2, letra g, la capacidad de sancionar que tiene la comunidad autónoma cuando las entidades financieras, en este caso, hagan uso de cláusulas abusivas contrarias a la legislación de protección de consumidores y usuarios. Por tanto, sí que tenemos competencia.

En cuanto a los códigos de buenas prácticas, quizás lo que sea necesario es regular su reglamento, pero sí tenemos competencias. De hecho, este Gobierno, en la legislatura anterior, fue el primer Gobierno de toda España que inició inspecciones a las entidades financieras y abrió los primeros expedientes sancionadores por la utilización de cláusulas abusivas por parte de las entidades financieras y que han recaído ya varias sentencias judiciales de juzgados de Canarias estableciendo que, efectivamente, tenemos la posibilidad de sancionar a las entidades financieras cuando se hace uso de esas cláusulas abusivas en los contratos que se formalizan con los consumidores y usuarios.

Por tanto, legislación perfectamente aplicable, por ejemplo a las cláusulas suelo, perfectamente aplicable al uso fraudulento de intereses moratorios en las tarjetas de crédito, en los contratos de préstamos, y al respecto recordarles varias sentencias de los tribunales de justicia de la Unión Europea, algunas sentencias del Tribunal Supremo, recientes, que establecen, en fin, la contrariedad a derecho de este tipo de cláusulas, precisamente aplicando la normativa europea y española, y por tanto también la autonómica, en relación con el uso de cláusulas abusivas.

Por lo tanto, sí tenemos competencias, sí lo podemos hacer. 15 000 canarios afectados por las irregularidades en la salida a bolsa de Bankia, los 90 000 afectados por cláusulas suelo, los miles de canarios afectados por los swaps, por las preferentes, se merecen que, además esos 108 000 millones de dinero público que se dedicaron al rescate bancario, algo hagamos para que se garantice que este Gobierno cuando contrata con una entidad financiera lo hace bajo las garantías de que respeta la legalidad y los derechos de los consumidores y usuarios.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Matos.

Señora consejera.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señoría.

Efectivamente, señor Matos, usted no se refería, o al menos así no se desprende de su intervención, sí de su intervención pero no de la pregunta, que se refiriera a que fuera uno de los criterios a la hora de seleccionar la contratación de los servicios. Efectivamente, nos tenemos que atener a lo que aparece en la Ley de Contratos del Sector Público y ahí sí es verdad que el ámbito competencial de la comunidad autónoma sí está bastante restringido.

Respecto a que podamos hacer en el ámbito de otro departamento, que usted bien conoce puesto que fue su director, sí constituiría a ámbito del consumo.

Muchísimas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Muchas gracias, señora consejera.