Diario de Sesiones 61, de fecha 7/2/2017
Punto 2

9L/PO/P-1064 PREGUNTA DE LA SEÑORA DIPUTADA DOÑA NOEMÍ SANTANA PERERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS, SOBRE APLICACIÓN DE CLÁUSULAS SOCIALES EN LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS, DIRIGIDA AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO.

La señora PRESIDENTA: Y entramos en materia, señorías. Vamos, una vez hecha la declaración institucional, con las preguntas, la sesión de control. Empezamos, como siempre, con el presidente del Gobierno.

Comienza la señora diputada doña Noemí Santana Perera, del Grupo Parlamentario Podemos, sobre aplicación de cláusulas sociales en adjudicación de contratos públicos, dirigida al presidente del Gobierno.

Señora Santana.

La señora SANTANA PERERA (Desde su escaño): Señor presidente, ¿se están aplicando cláusulas sociales a la hora de adjudicar contratos públicos en la comunidad autónoma?

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Santana.

Señor presidente.

El señor PRESIDENTE DEL GOBIERNO (Clavijo Batlle) (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta. Muy buenos días a todos y a todas.

Sí, señora Santana.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor presidente.

Señora Santana.

La señora SANTANA PERERA (Desde su escaño): Señor Clavijo, su Gobierno tiene la obligación de mejorar las condiciones de vida de los canarios y canarias. Sin embargo, parece que ustedes prefieren presumir de la precariedad y los bajos salarios de nuestra gente frente a inversores privados. Hacen ustedes dejación de una herramienta muy poderosa, como es la aplicación de cláusulas sociales en la contratación pública. Una herramienta que permitiría premiar al tejido empresarial cumplidor con los derechos laborales, con los derechos sociales, con las condiciones medioambientales, con la igualdad entre hombres y mujeres.

Recuerdo aun cuando Podemos trajo a esta Cámara una serie de cláusulas sociales que fueron rechazadas para luego anunciar unas cláusulas sociales descafeinadas, que ni tan siquiera están cumpliendo a día de hoy.

También recuerdo, señor Clavijo, cuando usted me decía que poco o nada podían hacer ustedes para obligar a las empresas a cumplir con sus trabajadores y trabajadoras. Pues, mire, señor Clavijo, se equivocaba y la Unión Europea nos da la razón al Grupo Podemos. En la Directiva 2014/24 se establece que se puede obligar a las empresas a través de la contratación pública a cumplir con cláusulas sociales y con convenios laborales. Mire, todavía yo no entiendo cómo a día de hoy la comunidad autónoma adjudica contratos, por ejemplo, a la empresa Seguridad Integral Canaria, la seguridad del Hospital Doctor Negrín, una empresa que tiene varias sentencias del Tribunal Supremo en contra porque ha recortado más del 30 % de los salarios de los trabajadores. También cómo adjudican contratos a otra empresa, como Marsegur, cuando el Cabildo de Fuerteventura tuvo que rescindir un contrato con esta empresa por un incumplimiento reiterado y grave de las condiciones laborales de los trabajadores.

Mire, señor Clavijo, ¿sabe que a día de hoy hay más de mil trabajadores y trabajadoras de seguridad en esta tierra que no han cobrado su salario?

Y ahora permítame decirle: ¿de qué lado se va a poner usted?, ¿va a seguir premiando este tipo de prácticas o por una vez se va a poner del lado de la gente?

Muchas gracias.

(Aplausos).

La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Santana.

Por favor, el público asistente ruego que se abstenga de hacer manifestaciones a favor o en contra de los intervinientes. Así lo establece el Reglamento y así lo tengo que recordar cada vez que sucede.

Señor presidente.

El señor PRESIDENTE DEL GOBIERNO (Clavijo Batlle) (Desde su escaño): Gracias, muchas gracias, presidenta.

Confunde los términos, señora Santana. Vamos a ver, en primer lugar, el Gobierno de Canarias viene aplicando las cláusulas sociales desde el 2006, pero es precisamente el 19 de septiembre de 2016 cuando llevamos al Consejo de Gobierno unas cláusulas sociales que priman con un 15 %... -por cierto, siendo en aquel momento consejera doña Patricia Hernández y vicepresidenta del Gobierno-, donde se prima hasta con un 15 % sobre el total del baremo de los concursos a aquellas empresas que paguen el mejor salario, que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo, que contraten al mayor número de personas o que empleen a los colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado laboral y se reservará un cupo a las ONG. Eso, señora Santana, es lo que ha hecho este Gobierno y eso es lo que estamos incluyendo en esas cláusulas sociales de los pliegos.

Por otro lado, usted mezcla la directiva europea, que al final se tiene que transponer a una legislación básica del Estado y que no es responsabilidad del Gobierno de Canarias hacer esa transposición. Una vez que el derecho europeo lo haya aprobado, será el Estado el que en su legislación básica lo tendrá que incluir y a partir de ese momento será de obligado cumplimiento para el Gobierno de Canarias, para todas las administraciones públicas y para todas las empresas.

Y además, en tercer lugar -le contesté ya en su momento-, nosotros no tenemos título jurídico que nos permita, cuando una empresa no cumpla en este caso con las retribuciones, que es el ejemplo que puso usted aquí, de las empresas de seguridad, nosotros no tenemos herramientas jurídicas para poder obligar a eso.

Yo, de verdad, la invito, igual todos los servicios jurídicos de la comunidad autónoma están equivocados y usted tiene la razón, entonces yo le digo que me dé un informe jurídico -si usted lo tiene-, que yo gustosamente, gustosamente, con los servicios jurídicos de la comunidad autónoma, lo veremos, y si existe esa posibilidad y todos los servicios jurídicos de la comunidad autónoma están equivocados, pero también los de los ayuntamientos y los de los cabildos, porque esa circunstancia no es exclusiva del Gobierno de Canarias, nosotros nos pondremos manos a la obra, señora Santana, porque evidentemente, evidentemente, lo que queremos es que los trabajadores cuando trabajen cobren su salario. Si dejasen en un momento determinado de cumplir las obligaciones que están en el pliego, entonces sí podríamos intervenir directamente por incumplimiento del contrato.

Buenos días.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor presidente.