Diario de Sesiones 91, de fecha 24/10/2017
Punto 12

9L/PO/P-1677 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON GABRIEL CORUJO BOLAÑOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LAS IMPORTACIONES EFECTUADAS A TRAVÉS DE COMERCIO ELECTRÓNICO Y VENTAS A DISTANCIA, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE HACIENDA.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Tavío Ascanio): Siguiente pregunta, del señor diputado don Gabriel Corujo Bolaños, del Grupo Socialista Canario, sobre la tramitación de las importaciones efectuadas a través del comercio electrónico y ventas a distancia, dirigida, igualmente, a la consejera de Hacienda.

El señor CORUJO BOLAÑOS (Desde su escaño): Presidenta.

Buenos días, consejera.

Como no es literal la redacción que se ha hecho, básicamente, la pregunta es si cree que las demandas de consumidores y empresas se solventan con las últimas resoluciones de su departamento sobre la tramitación de las importaciones efectuadas para el comercio electrónico. Hablo, en concreto, de la dispensa sobre el DUA.

Gracias.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Tavío Ascanio): (Sin micrófono).

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señora presidenta.

Señor Corujo, efectivamente, el Gobierno de Canarias considera que el cambio normativo que pudimos introducir en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, gracias al acuerdo alcanzado con el Partido Popular, dio un salto significativo en la exención para tener que hacer el despacho aduanero para el comercio electrónico por valor inferior a los 150 euros.

Como usted sabe, se trata de una medida de un enorme calado para eliminar las trabas de la gran mayoría del comercio online, y pueden beneficiarse todos los canarios que compren a través de Internet.

Son trabas relacionadas, básicamente, sobre los sobrecostes o costes adicionales, imprevistos, que se generan en muchas ocasiones por las empresas y los ciudadanos canarios.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Tavío Ascanio): Señor diputado.

El señor CORUJO BOLAÑOS (Desde su escaño): Como le decía anteriormente, hablamos de la Orden del 29 de julio de 2016, por la cual se determinaba, se disponía, que se suprimiese la obligación de presentar el documento único administrativo, lo que es conocido como el DUA, y la gran traba administrativa que ha tenido el comercio electrónico en Canarias, pues, desde siempre, ¿no?

Yo discrepo con lo que usted acaba de decir; yo discrepo. Creía que era una buena medida, y así lo he dicho alguna vez, pero discrepo en que el alcance, como usted dice, llegue a la gran mayoría de las transacciones que se hacen desde Canarias para con el resto del territorio -voy a decir- peninsular, europeo e, incluso, global. Y le voy a decir por qué.

Su departamento, en concreto, la Agencia Tributaria Canaria, en una resolución de la directora de la Agencia Tributaria Canaria, de 2 de julio de 2017, prácticamente, deja sin efecto esa orden, la orden suya. Y le explico, le explico por qué.

Usted sabe perfectamente, además usted ha sido directora general de Transportes, sabe perfectamente cómo es la distribución de mercancías que llegan al archipiélago canario; sabe que la inmensa mayoría de las mercancías que llegan a Canarias y de las que salen de la misma salen por barco, salen por vía marítima, eso es lo que nos conecta. Aquí llevamos hablando y vendiendo una logística, una plataforma logística tricontinental desde hace más años de los que yo tengo memoria. Sin embargo, en esta resolución de su departamento, que tiene básicamente, pues, cuatro disposiciones, la segunda, que es una aclaración sobre la dispensa a la presentación de la declaración en particular, el DUA, a efectos de IGIC, en el caso de importaciones de mercancía de la Unión que estén exentas por bajo valor, entendamos esto debajo de los 150 euros. Es decir, la medida que usted ha vendido como estrella en esta legislatura dice, en el apartado segundo, que aunque el valor global de las importaciones no exceda de 150 euros -me ahorro el bla, bla, bla porque me quedan 14 segundos- dice que no aplica y habrá que presentarse en aquellas mercancías importadas por vía marítima. Yo necesito que usted me aclare esto, porque la inmensa mayoría de las mercancías a Canarias se importan por vía marítima.

Muchas gracias.

La señora VICEPRESIDENTA SEGUNDA (Tavío Ascanio): Señora consejera.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Sí, gracias.

Sí, yo creo que la aclaración, señor Corujo, es muy clara. La aplicación de la exención de los 150 euros se realiza sobre particulares. Una de las cuestiones contra la que queríamos luchar es que hubiera una competencia desleal para aquellos comerciantes que traen las mercancías agregadas y normalmente en contenedores y que después tienen que hacer el despacho aduanero. Lo que pretendíamos era evitar que hubiera una competencia desleal con el comercio tradicional en Canarias, y de ahí la importancia en que esta medida es exclusiva para particulares, y de ahí la importancia de que en la gran mayoría de la paquetería se realiza el despacho por vía aérea.

Pero, en cualquier caso, sí le digo que hemos trabajado de manera consensuada con la Agencia Estatal Tributaria, con la AET, que ha modificado la resolución del departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, de forma que se establecen normas muy específicas para el DUA, las que se refieren a aquellos que tienen que hacer despacho aduanero, de manera que se siguen simplificando, incluso, aquellos que tienen que hacer despacho aduanero de una forma telemática y, digamos, ultrasimplificada, para que no repercuta en absoluto sobre el particular que realiza la compra.

Yo creo que sí se ha avanzado, se ha llegado a un acuerdo. No se tenía que modificar con una normativa canaria, una normativa del Estado; se llegó a un acuerdo con el Partido Popular y lo que tratamos de hacer ahora es que todos los canarios sintamos que estamos en el mundo globalizado y que podemos adquirir esas mercancías y ese comercio, y que no haya esa competencia desleal que se puede dar en este caso.