Diario de Sesiones 124, de fecha 24/5/2022
Punto 8

10L/PO/P-2532 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON LUIS ALBERTO CAMPOS JIMÉNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA CANARIAS (NC), SOBRE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA DEL REAL DECRETO LEY 10/2022, DE 13 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE CON CARÁCTER TEMPORAL UN MECANISMO DE AJUSTE DE COSTES DE PRODUCCIÓN PARA LA REDUCCIÓN DEL PRECIO DE LA ELECTRICIDAD EN EL MERCADO MAYORISTA, Y SU REPERCUSIÓN PARA LA PLANIFICACIÓN DEL GAS EN CANARIAS, DIRIGIDA A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO.

El señor PRESIDENTE: Pregunta que formula el diputado don Luis Alberto Campos Jiménez, del Grupo Parlamentario de Nueva Canarias, sobre la disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, y su repercusión para la planificación del gas en Canarias, dirigida a la Presidencia del Gobierno.

Tiene la palabra el señor Campos.

El señor CAMPOS JIMÉNEZ (desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente. Buenos días, señorías.

Dar la bienvenida también a todas las personas que nos acompañan.

Doy por reproducida la pregunta.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Campos.

Señor presidente.

El señor PRESIDENTE DE CANARIAS (Torres Pérez) (desde su escaño): Sí, empiezo mi primera intervención situando la realidad.

Como ha dicho el consejero de Transición Ecológica, antes de cualquiera de estas dos disposiciones no estaban prohibidas las regasificadoras en Canarias; exigían una serie de informes medioambientales y de otra índole por parte del Gobierno de Canarias y estaban sometidas a una autorización previa que daba el Gobierno de España. Eso es lo que teníamos, nuestra planificación es clave y contundente, ahí no tenemos ninguna duda.

Nosotros apostamos claramente por las energías renovables, las energías limpias, no al gas ciudad, no a la entubación del gas, gas para consumo de las centrales térmicas, para autoconsumo y también para puertos y buques. Y eso es lo que teníamos.

Luego ha habido dos disposiciones y lo que hemos hecho es trabajar con el Gobierno de España para que la última de las disposiciones recoja aquello que dice el Estatuto de Autonomía.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.

Señor Campos.

El señor CAMPOS JIMÉNEZ (desde su escaño): Muchas gracias, señor presidente.

Señor presidente del Gobierno de Canarias, nosotros no compartimos esa visión que nos traslada y, como poco, la nueva redacción, reconociendo que obviamente es mejor que la del decreto del 29 de marzo, nos sigue generando serias dudas.

La posición de Nueva Canarias, por tanto, es de claro rechazo al gas, como lo hemos mantenido en los últimos años, lo mantenemos en este instante ante estos decretos y lo vamos a seguir manteniendo en los próximos años.

Decía también que vamos a presentar enmiendas a la supresión en ambos decretos en el Congreso de los Diputados.

Canarias ya tiene competencias en materia energética, recogidas en el artículo 163, en sus apartados a) y d), para la instalación y para la autorización. Por tanto, nos parece absolutamente innecesario ese matiz que se recoge, desde nuestro punto de vista creo que no aporta nada nuevo, no obstante, evidentemente, reconocemos que es una corrección mejor que la que había en su momento.

Pero a nosotros nos preocupa por distintas razones. Primero, porque no viene en un contexto absolutamente normalizado, viene en un contexto muy convulso, como hablaremos con posterioridad, pero también en un momento en el que Europa ha entrado, y España ha seguido esa directriz, una lógica que se limita no solo a establecer el gas como un mal menor, sino que se atreve Europa a blanquearlo, estableciéndolo como energía verde junto a la nuclear. Señor presidente del Gobierno, que a un barco le llamemos avión no lo va a convertir nunca en un barco, y el gas es un combustible fósil, es altamente contaminante, es escaso, además, no es nada barato y, además, nos va a seguir colocando en una situación de dependencia energética. Todo esto, como decía con anterioridad, además, en un momento de altísima incertidumbre, de alta vulnerabilidad de los mercados gasísticos a nivel internacional.

Sorprende, además, que en un decreto de medidas urgentes relacionadas con el impacto que tendrá la guerra de Ucrania aparezca una disposición final que elimina la autorización administrativa previa para las regasificadoras exclusivamente para Canarias. Puestos a desregular, nosotros entendemos que podría haberse hecho para favorecer la penetración de las renovables, cosa que tampoco compartimos, pero sí, quizás, una mayor desburocratización que facilite el autoconsumo, las comunidades energéticas y eliminar las trabas para la eólica marina.

Pero lo que más nos sorprende es que, una vez más, de manera unilateral el Gobierno ha planteado un... (Corte de sonido producido por el sistema automático de cómputo del tiempo).

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Campos.

Señor presidente.

El señor PRESIDENTE DE CANARIAS (Torres Pérez) (desde su escaño): Como dije en mi primera intervención, antes de las dos disposiciones de estos decretos leyes Canarias era consultada, pero no tenía capacidad de decisión.

El Gobierno de España aprueba un decreto ley de ayudas para Ucrania e introduce una disposición adicional para las regasificadoras en Canarias que lo que dice es que pueden ser utilizadas para centrales térmicas y, de manera complementaria, para buques y barcos. Esa redacción, indudablemente, no respeta lo que es el artículo 163.2 del nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias, que lo que dice es que Canarias, la Administración de Canarias participará en la planificación que tiene que ver con el suministro energético estatal en Canarias. Y es precisamente lo que ha trabajado la Consejería de Transición con el ministerio y por eso se hace una nueva disposición en el último decreto ley que lo que hace, justamente, es añadir que para el mecanismo de la energía, para el suministro energético cada comunidad, cada administración, en el ámbito de sus competencias, tendrá, lógicamente, la responsabilidad respectiva. Y eso, de acuerdo a lo que dice también la secretaria general técnica, máxima responsable de los servicios jurídicos de la consejería, expresa, leo textualmente: se reconoce expresamente la competencia de nuestra comunidad autónoma en la regulación y planificación estatal del sector de la energía que afecta a Canarias. Con lo que, de este modo, se preserva lo que dice el Estatuto de Autonomía.

En cualquier caso, para que no haya ninguna duda, señor Campos -y, lógicamente, cada organización política, dentro de lo que es el trámite parlamentario, hará lo que legítimamente considere-, no tenemos ninguna duda en compartir, dentro de lo que son los postulados de Nueva Canarias y el Gobierno, nuestro planteamiento...

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.