Diario de Sesiones 41, de fecha 12/6/2012
Punto 2

· 8L/DI-0004 Propuesta de declaración institucional.

El señor presidente: Pasaríamos ahora o pasamos a leer una declaración institucional sobre el comercio de armas, apoyada, lógicamente, por todos los grupos parlamentarios y promovida por Amnistía Internacional.

El secretario primero de la Mesa, don José Miguel González Hernández, tiene la palabra.

El señor secretario primero (González Hernández): "Declaración institucional sobre el Tratado del Comercio de Armas.

Ante la gravedad de un problema que afecta a numerosas naciones del planeta y al conjunto de la humanidad, el Pleno del Parlamento de Canarias hace la siguiente declaración institucional:

La ausencia de normas internacionales para hacer frente a los problemas relacionados con el comercio no regulado de armas convencionales y su desviación al mercado ilícito es un factor que contribuye a la generación de los conflictos armados, al desplazamiento de las personas, a la delincuencia organizada y al terrorismo, además de menoscabar la paz e imposibilitar la reconciliación, la seguridad, la estabilidad y el desarrollo económico y social de todos los pueblos.

El Tratado del Comercio de Armas es una iniciativa para mejorar la regulación del comercio internacional de armas convencionales y evitar las muertes de personas como consecuencia de su desviación al comercio ilícito. La negociación ha entrado en su primera fase tras la adopción de la Resolución 64/48 de Naciones Unidas, que estableció un comité preparatorio encargado de hacer recomendaciones a lo largo del 2010 y 2011 en cuatro períodos de sesiones. Estas recomendaciones serán examinadas por una Conferencia en el seno de las Naciones Unidas, que se convocará durante este año 2012 con miras a la adopción del tratado.

Por la amplitud, gravedad y crueldad del problema compete a los Estados miembro de la ONU la redacción y aprobación de las normas que lo solucionen.

El Parlamento de Canarias declara:

Uno. El Tratado internacional del Comercio de Armas debería incluir cuantas disposiciones constituyan un marco regulatorio rígido sobre este comercio y en particular: a), la prohibición de la transferencia de armas cuando exista un riesgo sustancial de que estas vayan a usarse para cometer o facilitar que se cometan violaciones graves del Derecho Internacional, de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario; b), la cobertura exhaustiva que incluya controles sobre todas las armas, municiones, armamento y materiales conexos y sobre todas las transferencias de ellas; c), regulaciones sólidas en los sistemas de concesión de licencias, transparencia y presentación de informes.

Segundo. Esta declaración se remitirá al Gobierno de Canarias para que la traslade al Ministerio de Asuntos Exteriores para su conocimiento y actuaciones pertinentes al fin pretendido en la negociación del Tratado Internacional sobre el Comercio de Armas.

En la sede del Parlamento de Canarias, a 12 de junio de 2012".

(Aplausos.)

El señor presidente: Muchas gracias, señorías.

Agradecer a todo el Pleno del Parlamento de Canarias esta declaración y deseando también que se consiga el objetivo perseguido, que no es otro objetivo que la paz entre todos los pueblos.

Muchísimas gracias.